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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE AGOSTO DEL AÑO 2009 (15/08/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 26

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 15 de agosto de 2009 400900 Entrega de los Bienes, presidido por él y conformado por dos representantes de los padres de familia. b) Remitir a la UGEL la nómina de matrícula actualizada. c) Realizar reuniones de coordinación y capacitación con el cuerpo docente y la APAFA de la I.E. d) Custodiar en lugar seguro los bienes pendientes de entrega y/o sobrantes hasta su devolución o disposición fi nal. A través de los docentes de aula o Docente Coordinadora, según corresponda: e) Realizar la identifi cación de números de calzado de los alumnos benefi ciarios a su cargo y entrega la información consolidada al Director de la I.E. f) Apoyar al Comité de Recepción y Entrega en la distribución de los bienes a los alumnos benefi ciados y en la obtención de la conformidad de recepción por parte de los padres de familia o apoderados. 6.5. De las funciones del Ministerio de Educación De la Secretaría de Planifi cación Estratégica (SPE) a) Apoyar al Vice Ministerio de Gestión Institucional y las áreas involucradas, en la emisión de normas y orientaciones complementarias al proceso de recepción y entrega de bienes en el marco del Programa Compras a MYPErú. b) Realizar las coordinaciones necesarias con las Entidades participantes en el proceso (PRODUCE, MIMDES, FONCODES y los Núcleos Ejecutores) y con las áreas involucradas del Ministerio de Educación. c) A través de la Unidad de Estadística, proporcionar a los Núcleos Ejecutores la información de la matrícula 2009, al 31 de marzo. De la Ofi cina de Coordinación Regional (OCR) a) El Ministerio de Educación, a través de la Ofi cina de Coordinación Regional – OCR, supervisará el proceso general de recepción y entrega de los bienes a los benefi ciarios. b) Coordinar con los Núcleos Ejecutores, las DRE y UGEL las acciones de seguimiento y monitoreo a la recepción y entrega de los bienes en las Instituciones Educativas Públicas y PRONOEI. c) Monitorear y fiscalizar la ejecución del proceso de recepción en las Instituciones Educativas Públicas y PRONOEI, mediante visitas selectivas de inspección. d) Habilitar una línea telefónica gratuita y una cuenta de correo electrónico para absolver consultas de los Directores de I.E. y Docentes Coordinadoras de PRONOEI, los cuales serán atendidos por personal capacitado. e) Absolver las consultas de las DRE y UGEL relativas al proceso y coordinar aquellos aspectos que no se encuentren considerados en la presente Directiva. f) Elaborar informes sobre el avance en la recepción de los buzos, uniformes escolares, calzados, chompas y carpetas. g) Coordinar con las DRE los informes de recepción y entrega de los bienes y consolidarlos. h) Elaborar y presentar el Informe Final de la ejecución de las acciones de recepción de buzos, uniformes escolares, calzados, chompas y carpetas en las Instituciones Educativas Públicas y PRONOEI a la Alta Dirección. VII. PROCEDIMIENTO 7.1. Actividades preparatorias a) El Director de la Institución Educativa o Docente Coordinadora de PRONOEI verifi ca en la página web del Ministerio de Educación (www.minedu.gob.pe) o a través de la UGEL, si su Institución Educativa o PRONOEI tiene alumnos benefi ciarios en el marco del Programa Compras a MYPErú. b) En caso se cumpla lo señalado en el acápite anterior, el Director de la Institución Educativa o Docente Coordinadora procede a la conformación del Comité de Recepción y Entrega; para lo cual elabora un Acta de Constitución (Anexo 2) que debe ser suscrita por todos los miembros. El plazo para la conformación del Comité es de 10 días calendario a partir de la publicación de la presente Directiva. c) El Director de la Institución Educativa o Docente Coordinadora acondiciona un espacio físico seguro para la recepción de los bienes y su custodia temporal hasta su entrega a los benefi ciarios. d) La UGEL coordina con los Directores de las IIEE y Docentes Coordinadores de PRONOEI benefi ciarios la ejecución de las acciones preparatorias (actualización de nómina de matrícula, conformación de Comité de Recepción, coordinación con los padres de familia, consolidado de alumnos, etc.) previas a la recepción y entrega de los bienes a los alumnos benefi ciarios y verifi ca su cumplimiento. e) La UGEL coordina con los Gobiernos Locales la conformación de los Comités Veedores, los cuales deben constituirse en un plazo máximo de 10 días calendario a partir de la publicación de la presente Directiva. f) El Comité, a partir de la información contenida en la nómina de matrícula, elabora el formato “Resumen de Edades de los Alumnos Benefi ciados de la IIEE”. Dicho formato (Anexo 1), además de consignar el total de alumnos benefi ciarios1 de la Institución Educativa, debe detallar la información por turno, grado, sexo y sección. g) De igual forma, elabora el Formato Resumen de Números de Calzado (Anexo 1-A), a partir del cuadro de números de calzado proporcionado por FONCODES y de la información recogida por los docentes de aula. 7.2. Recepción de bienes de los Núcleos Ejecutores del FONCODES: a) Los Núcleos Ejecutores a cargo del FONCODES, de acuerdo a la relación de Instituciones Educativas y PRONOEI benefi ciarios proporcionada por el MED, comunican, a través de los medios que tengan disponibles (comunicación directa, medios de comunicación, página web, etc.), el procedimiento, lugar y cronograma de entrega de los bienes en el marco del programa a las Direcciones Regionales de Educación, las Unidades de Gestión Educativa Local y a las Instituciones Educativas y PRONOEI benefi ciarios. b) Los Núcleos Ejecutores, en lo posible, realizan las coordinaciones previas a la entrega (ubicación de la Institución Educativa, cantidad de alumnos benefi ciarios, alumnos por números de calzado, facilidades en la I.E, etc.) con el Director de la Institución Educativa o Docente Coordinadora de PRONOEI. c) El Director de la Institución Educativa o Docente Coordinadora de PRONOEI benefi ciario, según cronograma previamente proporcionado por los Núcleos Ejecutores, convoca con la debida anticipación, a los integrantes del Comité de Recepción y Entrega; así como, al Comité Veedor. d) El Núcleo Ejecutor, como contingencia y a efectos de cubrir variaciones en la matrícula o en las tallas estimadas a partir de la información proporcionada por el Ministerio de Educación, debe considerar una cantidad adicional de unidades por cada tipo de bien y por talla / número. e) El procedimiento se inicia con la entrega de una copia de los Anexos 1 y 1-A, debidamente suscritos por el Comité, y una de la Nómina de Matrícula, que los sustenta, a los representantes del Núcleo Ejecutor; éstos verifi can la información y proceden a entregar los bienes conforme la información contenida en dichos documentos. f) El Comité de Recepción y Entrega de la Institución Educativa y PRONOEI benefi ciario, preferentemente en presencia del Comité Veedor, verifi ca los bienes entregados por el Núcleo Ejecutor: 1 Ver literal a) del numeral 6.1 del título VI Disposiciones Generales.