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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE AGOSTO DEL AÑO 2009 (15/08/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 23

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 15 de agosto de 2009 400897 DECRETA: Artículo 1°.- Objeto Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009, hasta por la suma de OCHO MILLONES NOVECIENTOS NOVENTA Y SIETE MIL SEISCIENTOS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 8 997 600,00), para atender la contrapartida del proyecto Recuperación de la Capacidad de Transmisión de la Televisión Estatal de acuerdo al siguiente detalle: DE LA: En Nuevos Soles SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 001 : Presidencia del Consejo de Ministros UNIDAD EJECUTORA 008 : Programa de Modernización y Descentralización del Estado FUNCIÓN 03 : Planeamiento, Gestión y Reserva de Contingencia PROGRAMA FUNCIONAL 004 : Planeamiento Gubernamental SUBPROGRAMA FUNCIONAL 0005 : Planeamiento Institucional PROYECTO 015159 : Apoyo a la Modernización y Descentralización del Estado FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS DE CAPITAL 2.6. Adquisición de Activos no Financieros 8 997 600,00 ------------------ TOTAL EGRESOS 8 997 600,00 ========== A LA: En Nuevos Soles SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 116 : Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú-IRTP UNIDAD EJECUTORA 001 : Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú-IRTP FUNCIÓN 16 : Comunicaciones PROGRAMA FUNCIONAL 038 : Telecomunicaciones SUBPROGRAMA FUNCIONAL 0078 : Servicios de Telecomunicaciones PROYECTO 030196 : Recuperación de la Capacidad de Transmisión de la Televisión Estatal FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS DE CAPITAL 2.6. Adquisición de Activos no Financieros 8 997 600,00 ------------------ TOTAL EGRESOS 8 997 600,00 ========== Artículo 2°.- Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1 Los Titulares de los Pliegos habilitado y habilitador en la presente Transferencia de Partidas, aprueban mediante Resolución la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1° de la presente norma, a nivel funcional programático, dentro de los cinco (5) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución será remitida dentro de los cinco (5) días de aprobada a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23º de la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. 2.2 La Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados, solicitará a la Dirección Nacional del Presupuesto Público las codifi caciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Componentes, Finalidades de Metas y Unidades de Medida. 2.3 La Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces de los Pliegos involucrados, instruirán a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes “Notas para Modifi cación Presupuestaria” que se requieran como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 3°.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la transferencia de partidas a que hace referencia el artículo 1° del presente dispositivo no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4°.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los catorce días del mes de agosto del año dos mil nueve. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República LUIS CARRANZA UGARTE Ministro de Economía y Finanzas 384560-6 EDUCACION Aprueban Directiva “Procedimiento para la Recepción de Uniformes Escolares, Buzos, Chompas, Calzados y Carpetas, en las IIEE Beneficiarias, en el marco del Programa “Compras a MYPErú” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0216-2009-ED Lima, 10 de julio de 2009 CONSIDERANDO Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 015-2009 se autoriza excepcionalmente a FONCODES a realizar adquisiciones a la micro y pequeña empresa – MYPE, a través de la modalidad de núcleo ejecutor, de carpetas, uniformes, calzado, chompas y buzos para la población escolar y los centros educativos ubicados preferentemente en las zonas de pobreza a nivel nacional; Que, mediante Decreto Supremo Nº 001-2009- MIMDES se aprueban disposiciones para la adquisición y distribución de los bienes elaborados por las MYPE a favor de la población escolar, lo que se denominará “Compras a MYPErú”; Que, el artículo 8º del Decreto Supremo Nº 001-2009- MIMDES, establece que el Ministerio de Educación, el Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social y el Ministerio de la Producción realizarán acciones de coordinación para el seguimiento de las actividades del Núcleo Ejecutor, adoptando las medidas que correspondan; Que, el Ministerio de Educación es responsable de normar el procedimiento para la recepción y entrega de uniformes escolares, buzos, chompas, calzados y carpetas, en las instituciones educativas beneficiarias, en el marco del Programa “Compras a MYPErú”, por lo que resulta necesario aprobar la Directiva correspondiente; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25762, modifi cado por la Ley Nº 26510 y el Decreto Supremo Nº 006-2006-ED y sus modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar la Directiva Nº 056- 2009-ME/VMGI-SPE “Procedimiento para la Recepción de Uniformes Escolares, Buzos, Chompas, Calzados y Carpetas, en las IIEE benefi ciarias, en el marco del Programa “Compras a MYPErú”. Artículo Segundo.- Las unidades orgánicas involucradas del Ministerio de Educación, realizarán las