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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 16 de agosto de 2009 400958 Que, en el marco de la VI Reunión de Estados Mayores y XX Reunión Bilateral de Inteligencia realizada entre la Marina de Guerra del Perú y la Armada de Ecuador, se acordó la realización de intercambios profesionales entre ambas Instituciones Armadas; Que, el artículo 5° de la Ley N° 27856, modifi cado por Ley Nº 28899, establece que “el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confi anza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especifi car los motivos, la relación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores”; y Con la opinión favorable de la Marina de Guerra del Perú y de conformidad con la Ley N° 27856 y la Ley Nº 28899; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la República al Teniente de Fragata Juan Torres Macías y al Cabo IM. Orlando Jiménez Batioja de la Armada del Ecuador, sin armas de guerra, para que participen en un curso de Operaciones Ribereñas a desarrollarse en la Marina de Guerra del Perú, del 24 de agosto al 09 de diciembre de 2009. Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fi n que dé cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5° de la Ley N° 27856, modifi cado por Ley Nº 28899. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAFAEL REY REY Ministro de Defensa 384178-1 Designan Director General de Asesoría Jurídica del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 768-2009-DE/SG Lima, 11 de agosto de 2009 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 1479-2008- DE/SG, de fecha 12 de diciembre de 2008, se designó al Doctor Alfredo Mario Prado Ramos, en el cargo de Director General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Defensa a partir del 01 de enero de 2009; Que, el mencionado funcionario, ha presentado su renuncia al referido cargo; Que, es pertinente dictar el acto de administración que acepte la renuncia acotada, y designar al funcionario que desempeñará dicho cargo; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158 – Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, Ley Nº 27594 - Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, Ley Nº 29075 - Ley que establece la naturaleza jurídica, función, competencias y estructura orgánica básica del Ministerio de Defensa y el Decreto Supremo Nº 001- 2008-DE, mediante el cual se aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar la renuncia formulada por el Doctor Alfredo Mario Prado Ramos, al cargo de Director General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Defensa, a partir del 17 de agosto de 2009, dándosele las gracias por los servicios prestados a la Nación. Artículo 2º.- Designar al Doctor Arturo Ernesto Delgado Vizcarra, en el cargo de Director General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Defensa, a partir del 17 de agosto de 2009. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAFAEL REY REY Ministro de Defensa 384178-2 ECONOMIA Y FINANZAS Autorizan transferencia financiera del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento para proyecto de saneamiento en el distrito de Parcona de la provincia de Ica, afectado por los sismos del 15 de agosto del 2007 DECRETO SUPREMO Nº 183-2009-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante el Acuerdo de Directorio Nº 057- 08-2008-D-FORSUR de fecha 17 de abril de 2008, el Directorio del Fondo para la Reconstrucción Integral de las Zonas Afectadas por los Sismos del 15 de agosto de 2007, denominado “FORSUR”, dispone priorizar y fi nanciar, entre otros, el proyecto “Rehabilitación de las redes de agua potable y alcantarillado del distrito de Parcona afectados por el sismo del 15 de agosto de 2007”; señalándose, según la Ficha Técnica correspondiente, que la Unidad Ejecutora del referido proyecto es la Empresa Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de Ica S.A.; Que, con fecha 28 de agosto de 2008, se suscribe el Convenio de Transferencia Financiera Nº 008-2008 entre el FORSUR y la Empresa Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de Ica S.A., con el objeto de fi nanciar el proyecto “Rehabilitación de las redes de agua potable y alcantarillado del distrito de Parcona afectados por el sismo del 15 de agosto de 2007”; Que, el Artículo 6º del Decreto de Urgencia Nº 046- 2009, modifi cado por el Decreto de Urgencia Nº 059-2009 señala procedimientos para la incorporación de recursos para proyectos no indicados en el Decreto de Urgencia Nº 005-2009, estableciendo que, los recursos del Fondo para la Reconstrucción-Sismo 15 de agosto de 2007, se incorporan directamente en las entidades cuyos proyectos de inversión han sido priorizados por el Directorio del FORSUR, mediante modifi cación presupuestaria a nivel institucional aprobada mediante Decreto Supremo refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Economía y Finanzas, previo informe de la Presidencia del Consejo de Ministros que especifi que las Unidades Ejecutoras y/o Pliegos Presupuestarios a cargo de los proyectos y los montos correspondientes; Que, en el marco del procedimiento señalado en el considerando precedente, mediante Decreto Supremo Nº 125-2009-EF, se incorpora, vía crédito suplementario, en el presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009, la suma de VEINTITRÉS MILLONES TRESCIENTOS SESENTA Y UN MIL CUARENTA Y NUEVE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 23 361 049,00) destinados a fi nanciar los proyectos de inversión que se detallan en el anexo del citado dispositivo, incluyéndose recursos a favor del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, para el fi nanciamiento de proyectos de saneamiento, entre ellos, del proyecto “Rehabilitación de las redes de agua potable y alcantarillado del distrito de Parcona afectados por el sismo del 15 de agosto de 2007”, por un monto de TRES MILLONES OCHOCIENTOS NOVENTA