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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 16 de agosto de 2009 400959 Y CUATRO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y UNO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 3 894 991,00); Que, mediante el Memorándum Nº 939-2009/ VIVIENDA/VMCS/PAPT/1.0 de fecha 5 de agosto de 2009, el Director Ejecutivo del Programa Agua para Todos, con el Informe Técnico correspondiente, emite opinión favorable y solicita la transferencia fi nanciera por un monto de TRES MILLONES OCHOCIENTOS NOVENTA Y CUATRO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y UNO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 3 894 991,00) a favor de la Empresa Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de Ica S.A., habiéndose suscrito previamente, la Addenda al Convenio Nº 008- 2008, entre el FORSUR, la Empresa Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de Ica S.A. y el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, a fi n de continuar con el fi nanciamiento del proyecto “Rehabilitación de las redes de agua potable y alcantarillado del distrito de Parcona afectados por el sismo del 15 de agosto de 2007”; Que, conforme a lo dispuesto por el Artículo 3º del Decreto de Urgencia Nº 059-2009, en las transferencias de recursos a favor de las Empresas Públicas para la ejecución de proyectos de inversión, con cargo a los recursos del Fondo para la Reconstrucción - Sismo 15 de agosto de 2007, el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento aplica el procedimiento de transferencias fi nancieras establecido en la Quinta Disposición Final de la Ley Nº 29289, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009, modifi cado por el Decreto de Urgencia Nº 035-2009; Que, la Quinta Disposición Final de la Ley Nº 29289, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009, modifi cada por el artículo 6º del Decreto de Urgencia Nº 035-2009, establece, entre otros, que excepcionalmente, en el caso que el proyecto de inversión sea ejecutado por Empresas Públicas los recursos son transferidos fi nancieramente, mediante Decreto Supremo en cualquier fuente de fi nanciamiento, previa suscripción de Convenio; los recursos con cargo a Recursos Ordinarios que se transfi eren a dichas Empresas se mantienen y administran en las cuentas del Tesoro Público, conforme a lo que disponga la Dirección Nacional del Tesoro Público y no generan saldo de balance; Que, la Ofi cina General de Planifi cación y Presupuesto del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, con el Memorándum Nº 1564-2009/VIVIENDA-OGPP, ha informado sobre la disponibilidad presupuestal para la transferencia fi nanciera a favor de la Empresa Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de Ica S.A., por un monto de TRES MILLONES OCHOCIENTOS NOVENTA Y CUATRO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y UNO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 3 894 991,00), en la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, para la continuación del fi nanciamiento del proyecto “Rehabilitación de las redes de agua potable y alcantarillado del distrito de Parcona afectados por el sismo del 15 de agosto de 2007”, conforme a lo solicitado por el Director Ejecutivo del Programa Agua para Todos; De conformidad con lo establecido por los Decretos de Urgencia Nºs. 046-2009 y 059-2009 y la Quinta Disposición Final de la Ley Nº 29289, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009, modifi cada por el artículo 6º del Decreto de Urgencia Nº 035-2009; DECRETA: Artículo 1º.- Autoriza Transferencia Financiera Autorízase una Transferencia Financiera del Pliego 037 Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Agua Para Todos, a favor de la Empresa Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de Ica S.A., hasta por la suma de TRES MILLONES OCHOCIENTOS NOVENTA Y CUATRO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y UNO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 3 894 991,00), en la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, para ser destinada exclusivamente a la continuación del fi nanciamiento del proyecto 2.091231 “Rehabilitación de las redes de agua potable y alcantarillado del distrito de Parcona afectados por el sismo del 15 de agosto de 2007”. La transferencia fi nanciera autorizada por el presente Decreto Supremo se realizará con cargo al presupuesto aprobado en el presente Año Fiscal del Pliego 037 Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Agua Para Todos, en la Actividad 1 029434: Atención de Desastres y Apoyo a la Rehabilitación y la Reconstrucción, y con la disponibilidad autorizada en el Calendario de Compromisos correspondiente. Artículo 2º.- Limitación al uso de los recursos La transferencia fi nanciera a que hace referencia el artículo 1º del presente Decreto Supremo, no podrá ser destinada, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales fue transferido. Su ejecución se sujeta al cumplimiento de las disposiciones que regulan el uso de los recursos a cargo del Fondo para la Reconstrucción Integral de las Zonas Afectadas por los Sismos del 15 de agosto de 2007. Artículo 3º.- Información La Empresa Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de Ica S.A., informará al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, los avances físicos y fi nancieros de la ejecución del proyecto a su cargo, con relación a su cronograma de ejecución y a las disposiciones contenidas en el Convenio Nº 008-2008 y Addenda correspondientes. Artículo 4º.- Del Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento y el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los quince días del mes de agosto del año dos mil nueve. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República FRANCIS ALLISON OYAGUE Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento LUIS CARRANZA UGARTE Ministro de Economía y Finanzas 384599-1 Autorizan Crédito Suplementario y Transferencia de Partidas a favor del Pliego Ministerio de Transportes y Comunicaciones en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009 DECRETO SUPREMO N° 184-2009-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 29289, se aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009; Que, por Resolución Ministerial Nº 941-2008- MTC/01 de fecha 30 de diciembre de 2008, se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura correspondiente al Año Fiscal 2009 del Pliego 036 Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, por Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 011- 2009-AATE/PE de fecha 9 de febrero de 2009, se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura correspondiente al Año Fiscal 2009 de la Autoridad Autónoma del Proyecto Especial Sistema Eléctrico de Transporte Masivo de Lima y Callao-AATE, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 8º y 9º de la Directiva Nº 010-2008-EF/76.01; Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 042-2009 se dispuso la incorporación de recursos para atender la ejecución del Proyecto Sistema Eléctrico de Transporte Masivo de Lima y Callao; Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 063-2009 se aprueba la fusión por absorción de la Autoridad Autónoma del Proyecto Especial Sistema Eléctrico de Transporte Masivo de Lima y Callao-AATE de la Municipalidad Metropolitana de Lima con el Ministerio de Transportes