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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE AGOSTO DEL AÑO 2009 (16/08/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 7

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 16 de agosto de 2009 400961 ACTIVIDAD 1 018066 : MANTENIMIENTO Y APOYO FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : RECURSOS ORDINARIOS GASTO CORRIENTE 2.1. Personal y Obligaciones Sociales 1 867 592,00 2.2. Pensiones y Otras Prestaciones Sociales 3 600,00 2.3. Bienes y Servicios 794 004,00 2.5. Otros Gastos 500,00 SUBTOTAL 2 665 696,00 TOTAL EGRESOS 3 550 320,00 ========== Artículo 3º.- Procedimiento para la aprobación Institucional 3.1 El Titular del Pliego habilitado en el presente dispositivo, aprueba mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados por los artículos 1º y 2º de la presente norma, a nivel funcional programático, dentro de los (5) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución será remitida dentro de los cinco (5) días de aprobada a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. 3.2 La Ofi cina de Presupuesto, solicitará a la Dirección Nacional del Presupuesto Público las codifi caciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Componentes, Finalidades de Metas y Unidades de Medida. 3.3 Ofi cina de Presupuesto, instruirá a la(s) Unidad(es) Ejecutora(s) para que elaboren las correspondientes “Notas para Modifi cación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 4º.- Limitación al Uso de Recursos Los recursos del Crédito Suplementario y de la Transferencia de Partidas a que hacen referencia los artículos 1º y 2º del presente dispositivo no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son reincorporados y transferidos. Artículo 5º.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Economía y Finanzas y el Ministro de Transportes y Comunicaciones. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los quince días del mes de agosto del año dos mil nueve. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JAVIER VELÁSQUEZ QUESQUÉN Presidente del Consejo de Ministros LUIS CARRANZA UGARTE Ministro de Economía y Finanzas ENRIQUE CORNEJO RAMÍREZ Ministro de Transportes y Comunicaciones 384599-2 Autorizan Transferencia de Partidas a favor de las Municipalidades Distritales de Chiguata, Santa Rita de Siguas, Quequeña y de Vitor, en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009 DECRETO SUPREMO N° 185-2009-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Descentralizado – PROVIAS DESCENTRALIZADO es una Unidad Ejecutora del Ministerio de Transportes y Comunicaciones encargada de las actividades de preparación, gestión, administración, y de ser el caso la ejecución de proyectos y programas de infraestructura de transporte departamental y rural en sus distintos modos, así como del desarrollo y fortalecimiento de capacidades institucionales para la gestión descentralizada del transporte departamental y rural; Que, PROVIAS DESCENTRALIZADO, el Instituto Vial Provincial de la Municipalidad Provincial de Arequipa y las Municipalidades Distritales de Chiguata, Santa Rita de Siguas, Quequeña y de Vitor suscribieron con fecha 15 de marzo de 2009, los Convenios Marco de Cooperación Interinstitucional para la ejecución de los Proyectos de Inversión Rehabilitación de la Carretera Santo Domingo – San Bernardo – Pampa Huajari, Distrito de Chiguata – Arequipa –Arequipa; Mejoramiento de la Carretera Lateral 01 – Lateral 10, Distrito de Santa Rita de Siguas –Arequipa – Arequipa; Mejoramiento Carretera Ingreso al Distrito Quequeña, Belaunde – Sogay, Distrito de Quequeña – Arequipa – Arequipa y Mejoramiento de la Carretera Pie de la Cuesta – La Joya – Arequipa – Arequipa, Distrito de Vitor, localizados en la provincia y departamento de Arequipa. Que, PROVIAS DESCENTRALIZADO, el Instituto Vial Provincial de la Municipalidad Provincial de Arequipa y las Municipalidades Distritales mencionadas suscribieron los Convenios Específi cos de Transferencia de Recursos, con fecha 27 de mayo de 2009, dentro del marco de lo dispuesto por el Decreto de Urgencia Nº 035-2009, correspondiendo a la Municipalidad Distrital de Chiguata la suma de Dos Millones Ochocientos Ochenta y Tres Mil Novecientos Ochenta y Cuatro y 00/100 Nuevos Soles (S/. 2 883 984,00), a la Municipalidad Distrital de Santa Rita de Siguas la suma de Cinco Millones Ochocientos Veinte Mil Novecientos Cuarenta y Nueve y 00/100 Nuevos Soles (S/. 5 820 949,00), a la Municipalidad Distrital de Quequeña la suma de Dos Millones Noventa y Un Mil Ciento Setenta y Nueve y 00/100 Nuevos Soles (S/. 2 091 179,00), y a la Municipalidad Distrital de Vitor la suma de Cinco Millones Quinientos Cincuenta Mil Novecientos Cincuenta y Nueve y 00/100 Nuevos Soles (S/. 5 550 959,00) para la ejecución de los indicados proyectos de rehabilitación y/o mejoramiento; Que, en el Presupuesto Institucional del Pliego 036 Ministerio de Transportes y Comunicaciones para el Año Fiscal 2009, se cuenta con créditos presupuestarios para el fi nanciamiento de los mencionados proyectos de rehabilitación y/o mejoramiento de carretera; Que, la Quinta Disposición Final de la Ley Nº 29289, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009, modifi cada por el Decreto de Urgencia Nº 035-2009, establece que los recursos asignados en los presupuestos institucionales de los Pliegos del Gobierno Nacional, para la ejecución de proyectos de inversión en los Gobiernos Regionales o los Gobiernos Locales, se transfi eren bajo la modalidad de modifi cación presupuestaria a nivel institucional, aprobada mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro del Sector correspondiente y el Ministro de Economía y Finanzas, previa suscripción de convenio; Que, asimismo, la citada Disposición Final establece que cada Pliego del Gobierno Nacional es responsable de la verifi cación y seguimiento del cumplimiento de las acciones contenidas en el convenio y el cronograma de ejecución del proyecto de inversión pública, para lo cual realiza el monitoreo correspondiente; Que, en consecuencia, corresponde autorizar la transferencia de partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009, para los fi nes señalados precedentemente; De conformidad con lo dispuesto en la Quinta Disposición Final de la Ley Nº 29289 modifi cada por el Decreto de Urgencia Nº 035-2009; DECRETA: Artículo 1º.- Objeto Autorizar una transferencia de partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009 a favor de la Municipalidad Distrital de Chiguata, Municipalidad Distrital de Santa Rita de Siguas, Municipalidad Distrital de Quequeña y Municipalidad