Norma Legal Oficial del día 28 de agosto del año 2009 (28/08/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 59

El Peruano MORDAZA, viernes 28 de agosto de 2009

NORMAS LEGALES

401661

asi como por los demas actores publicos y privados que desarrollan sus actividades en la Provincia Constitucional del Callao, a efecto que los mismos MORDAZA adecuados al Plan Regional Concertado de Salud. POR TANTO Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA M. KOURI BUMACHAR Presidente 389624-1

Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, el Consejo Regional ha aprobado la siguiente: ORDENANZA REGIONAL: Articulo Unico.- Elevar a rango de Ordenanza Regional, por los fundamentos expuestos, el Decreto Regional Nº 010, publicado en el Diario Oficial "El Peruano" el 1 de junio de 2009, que reconoce los derechos humanos de las trabajadoras sexuales para la eliminacion de toda manifestacion de discriminacion, estigmatizacion, exclusion social y toda forma de violencia en su contra, asi como fortalecer su dignidad, defender su MORDAZA sexual, MORDAZA de trabajo, prevenir, promover y atender el cuidado de su salud, promover la reconversion laboral y reconocerse como personas sujetas a obligaciones y derechos dentro de la sociedad, y que como Anexo Nº 1, forma parte integrante de la presente Ordenanza Regional. POR TANTO Registrese, comuniquese y cumplase MORDAZA M. KOURI BUMACHAR Presidente 389625-1

Elevan a rango de Ordenanza Regional el Decreto Regional Nº 010, que reconoce los derechos humanos de las trabajadoras sexuales
ORDENANZA REGIONAL N° 010 Callao, 24 de agosto de 2009 EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional del Callao en Sesion de 24 de Agosto de 2009, aprobo la siguiente: ORDENANZA QUE DISPONE ELEVAR A RANGO DE ORDENANZA REGIONAL EL DECRETO REGIONAL N° 010 CONSIDERANDO: Que, uno de los principios rectores de las politicas y gestion regional es el de la "inclusion" por el cual el Gobierno Regional desarrolla politicas y acciones integrales de gobierno dirigidas a promover la inclusion economica, social, politica y cultural, de jovenes, personas con discapacidad o grupos sociales tradicionalmente excluidos y marginados del Estado, buscando promover los derechos de grupos vulnerables, impidiendo la discriminacion por razones de etnia, religion o genero y toda otra forma de discriminacion; Que, la Ley Nº 27867 establece como una de las atribuciones del Presidente Regional dictar Decretos y Resoluciones Regionales y en su articulo 40º prescribe que los Decretos Regionales establecen normas reglamentarias para la ejecucion de las Ordenanzas Regionales, sancionan los procedimientos necesarios para la Administracion Regional y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interes ciudadano; Que, en el ejercicio de dichas atribuciones se expidio el Decreto Regional Nº 010, publicado en el Diario Oficial "El Peruano" con fecha 01 de junio de 2009, el mismo que reconoce los derechos humanos de las trabajadoras sexuales para la eliminacion de toda manifestacion de discriminacion, estigmatizacion, exclusion social y toda forma de violencia en su contra, asi como fortalecer su dignidad, defender su MORDAZA sexual, MORDAZA de trabajo, prevenir, promover y atender el cuidado de su salud, promover la reconversion laboral y reconocerse como personas sujetas a obligaciones y derechos dentro de la sociedad; Que, el articulo 15º inciso a) de la Ley Nº 27867, Ley Organica de los Gobiernos Regionales, establece como una de las atribuciones del Consejo Regional aprobar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencias y funciones del Gobierno Regional; Que, el indicado Decreto Regional es de interes, siendo necesario elevarlo a una MORDAZA de superior jerarquia juridica, por lo que corresponde su elevacion a Ordenanza Regional; Que, la Comision Regional de Salud, Educacion y Cultura del Gobierno Regional del Callao, a traves del Dictamen Nº 012-2009-GRC-CSEYC del 12 de Agosto de 2009, propone al Pleno del Consejo Regional elevar a rango de Ordenanza Regional el Decreto Regional Nº 010, publicado en el Diario Oficial "El Peruano" el 01 de junio de 2009;

GOBIERNO REGIONAL DE SAN MORDAZA
Precisan conformacion del Consejo Regional de Seguridad Vial de San MORDAZA CORSEV - SM
ORDENANZA REGIONAL Nº 018-2009-GRSM/CR Moyobamba, 2 de junio de 2009 POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de San MORDAZA, de conformidad con lo previsto en los articulos 191º, 192 y 193º de la Constitucion Politica del Peru; Ley Nº 27680, Ley de la Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV, sobre Descentralizacion; Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralizacion; Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, modificada por Ley Nº 27902 y Ley Nº 28013, Reglamento Interno del Consejo Regional, y demas normas complementarias; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 2º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales Nº 27867, modificada por las Leyes Nº 27902 y 28013, las cuales disponen que los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular. Son personas juridicas de derecho publico, con autonomia politica, economica y administrativa en asuntos de su competencia, constituyendo para su administracion economica y financiera un Pliego Presupuestal; Que, el inciso a) del Articulo 15º de la MORDAZA MORDAZA mencionada, senala como atribucion del Consejo Regional, el aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; Que, en la actualidad, la seguridad de los habitantes como agentes de la circulacion vial, llamense conductores, pasajeros y peatones, ocupan un lugar preferente en el desarrollo de programas dirigidos a instruir a estos en el respeto de las normas del orden publico destinados a la regulacion de materias relacionadas con el transporte y MORDAZA terrestre, con el especial objeto de prevenir los accidentes de transito;

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