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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE AGOSTO DEL AÑO 2009 (28/08/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 52

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 28 de agosto de 2009 401654 Autorizan al Banco Falabella Perú el cierre de oficina especial ubicada en el Cercado de Ica RESOLUCIÓN SBS Nº 11354-2009 Lima, 20 de agosto de 2009 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE BANCA Y MICROFINANZAS VISTA: La solicitud presentada por Banco Falabella Perú para que se le autorice el cierre de una ofi cina especial, de acuerdo con el detalle descrito en la parte resolutiva; y, CONSIDERANDO: Que, Banco Falabella Perú ha cumplido con presentar la documentación pertinente que justifi ca el cierre solicitado; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 32º de la Ley Nº 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, con la Circular Nº B-2147-2005; y en virtud de las facultades delegadas mediante la Resolución SBS Nº 1096-2005; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar al Banco Falabella Perú el cierre de la ofi cina especial ubicada en: - Av. Nicolás de Rivera El Viejo Nº 1105, Urb. Santo Domingo - distrito del Cercado de Ica, provincia y departamento de Ica. Artículo Segundo.- Dejar sin efecto la Resolución SBS Nº 1875-2007 de fecha 20 de diciembre de 2007, por la cual se autorizó la apertura de la oficina precitada. Regístrese, comuníquese y publíquese. DIEGO CISNEROS SALAS Superintendente Adjunto de Banca y Microfi nanzas 389031-1 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE ANCASH Aprueban Cuadro de Asignación de Personal - CAP de la Dirección Regional de Vivienda, Construcción y Saneamiento de Ancash ORDENANZA REGIONAL Nº 002-2009-REGIÓN ANCASH/CR. El Consejo Regional del Gobierno Regional de Ancash, ha aprobado la siguiente Ordenanza Regional; CONSIDERANDO: Que, el Consejo Regional tiene la atribución de normar asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional reglamentando las materias de su competencia, conforme se establece en el literal a) del artículo 15º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales, modifi cada por la Ley Nº 27902, que señala, que es atribución del Consejo Regional la de aprobar, modifi car o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; Que, mediante Ofi cio Nº 064-2007-REGION ANCASH/ DRVCS, la Dirección Regional de Vivienda, Construcción y Saneamiento de Ancash, presenta a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Gobierno Regional de Ancash, la propuesta de aprobación de su Cuadro para Asignación de Personal – CAP; Que, mediante Decreto Supremo Nº 043- 2004- PCM, se aprueban los Lineamientos para la Elaboración y Aprobación del Cuadro para Asignación de Personal – CAP de las Entidades de la Administración Pública, estableciendo los criterios básicos para la elaboración de este documento; Que, mediante Informe Nº 015-2007-REGION ANCASH/GRPPAT/SGDI-IN.015.TE de fecha 17 de marzo del presente año, la Sub Gerencia de Desarrollo Institucional, luego del proceso de revisión del referido documento de gestión y encontrándola conforme a los alcances del Decreto Supremo Nº 043-2004-PCM, otorga opinión favorable para la aprobación del Cuadro para Asignación de Personal – CAP de la Dirección Regional de Vivienda, Construcción y Saneamiento de Ancash; En uso de las atribuciones establecidas en la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modifi catorias Leyes Nos. 27902, 28961, 28968 y 29053; y, de conformidad con el Dictamen Nº 005- 2008 –GRA/ CR/CPPAT. de la Comisión de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial; y estando a lo acordado por mayoría en la sesión ordinaria llevada a cabo el día 05 del mes de febrero del año dos mil nueve; ORDENA: Artículo Primero.- APROBAR, el Cuadro de Asignación de Personal – CAP de la Dirección Regional de Vivienda, Construcción y Saneamiento de Ancash, el mismo que como anexo forma parte de la presente Ordenanza Regional. Artículo Segundo.- La presente Ordenanza Regional entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional de Ancash para su promulgación. Huaraz, a los diez días del mes de marzo de 2009. HERNAN J. MORENO LÁZARO Presidente Consejo Regional de Ancash POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la casa del Gobierno Regional de Ancash a los dieciséis días del mes de marzo de 2009. CESAR J. ALVAREZ AGUILAR Presidente Gobierno Regional de Ancash 389005-1 Incorporan Disposición Transitoria al Reglamento para la Elección de los Representantes de las Organizaciones de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Regional ORDENANZA REGIONAL Nº 014 -2009-REGIÓN ANCASH/CR. El Consejo Regional del Gobierno Regional de Ancash, ha aprobado la siguiente Ordenanza Regional; CONSIDERANDO: El Consejo de Coordinación Regional forma parte de la estructura básica del Gobierno Regional y constituye un órgano consultivo y de coordinación entre la autoridad