Norma Legal Oficial del día 28 de agosto del año 2009 (28/08/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 46

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 28 de agosto de 2009

de Control Institucional, dentro de los plazos indicados en la citada norma. 11. Todas las demas funciones contenida en la Guia para la implementacion del Sistema de Control Interno de las Entidades del Estado, aprobada por Resolucion de Contraloria General Nº 458-2008-CG. Articulo 3º.- Disponer que el Comite de Control Interno, en coordinacion con el Organo de Control Institucional, se encarguen de verificar el cumplimiento de la presente Resolucion en el ambito de su competencia, para lo cual estan autorizados a efectuar las acciones y emitir los documentos que permitan realizar dicha verificacion. Los organos administrativos del Poder Judicial, quedan obligados a prestar las facilidades, informacion y documentacion que le MORDAZA requeridos por el Comite de Control Interno y la Oficina de Inspectoria General del Poder Judicial. Articulo 4º.- Pongase la presente Resolucion a conocimiento de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura, las Cortes Superiores de Justicia de la Republica, Oficinas Distritales de Control de la Magistratura "ODICMA" y la Gerencia General del Poder Judicial, para los fines pertinentes. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA STEIN Presidente del Poder Judicial 389635-1

De conformidad con lo establecido en el numeral 4 del articulo 76 del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, aprobado por Decreto Supremo N° 017-93-JUS y sus modificatorias, la Ley N° 28411 ­ Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; el numeral 6.1 del articulo 6° del Decreto Supremo N° 102-2007-EF ­ Reglamento de la Ley N° 27293; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Aprobar el Programa Multianual de Inversion Publica (PMIP) del Poder Judicial 2010-2012, el mismo que consta de dos (02) Secciones: Informe Sectorial y Formatos PMIP ­ 01 relacionado con los Proyectos en ejecucion y los Proyectos nuevos, que forman parte integrante de la presente Resolucion Administrativa. Articulo 2°.- Delegar en el Gerente General del Poder Judicial, para que en representacion del Organo Resolutivo del sector, apruebe las modificaciones, ampliaciones u otras relacionadas con el Programa Multianual de Inversion Publica del Poder Judicial a que se contrae el articulo primero de la presente Resolucion. Articulo 3°.- Disponer que el Programa Multianual de Inversion Publica (PMIP) del Poder Judicial 2010-2012, se registre en el MORDAZA del Poder Judicial (www.pj.gob.pe). Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA STEIN Presidente del Poder Judicial 389633-1

Aprueban el Programa Multianual de Inversion Publica (PMIP) del Poder Judicial 2010-2012
RESOLUCION ADMINISTRATIVA DE LA PRESIDENCIA DEL PODER JUDICIAL R.A. N° 252-2009-P-PJ MORDAZA, 25 de agosto de 2009 VISTO: El Oficio N° 1341-2009-GG-PJ de la Gerencia General del Poder Judicial que propone la aprobacion del Programa Multianual de Inversion Publica (PMIP) 20102012 del Poder Judicial, y, CONSIDERANDO: Que, el numeral 10.2 del articulo 10° de la Ley N° 27293, Ley del Sistema Nacional de Inversion Publica, modificado por la Ley N° 28802, establece que cada sector elabora Programas Multianuales de Proyectos de Inversion Publica, los que se desarrollan en el MORDAZA de sus correspondientes Planes Estrategicos de Desarrollo Sectorial y Planes de Desarrollo Concertado por nivel de gobierno y de caracter multianual a que se refiere el articulo 71° de la Ley N° 28411 ­ Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; Que, el numeral 6.1 del articulo 6° del Decreto Supremo N° 102-2007-EF, Reglamento de la Ley del Sistema Nacional de Inversion Publica, establece que el Organo Resolutivo es el titular del sector y le corresponde: aprobar: a) El Programa Multianual de Inversion Publica en el MORDAZA de los lineamientos de politicas del sector, entre otras funciones; Que, el Programa Multianual de Inversion Publica del Poder Judicial, es un instrumento flexible de asignacion de recursos publicos para inversion y esta constituido por el conjunto de proyectos de inversion publica (PIP) a ser ejecutados en un periodo no menor a tres anos y ordenados de acuerdo a las politicas y prioridades de la institucion; Que, por Acuerdo de la Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia de la Republica con fecha 12 de MORDAZA del 2004, se aprobaron las Politicas de Estado para el cambio estructural en el Poder Judicial, una de los cuales corresponde en el numeral 5 Presupuesto judicial la promocion de la mejora de la infraestructura de los despachos judiciales a nivel nacional; y,

CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA
Establecen conformacion de la MORDAZA Sala Penal para Procesos con Reos Libres de MORDAZA y designan Juez Supernumeraria del Primer Juzgado Penal de San MORDAZA de Lurigancho
Corte Superior de Justicia de MORDAZA Presidencia Oficina de Coordinacion Administrativa y de Asuntos Juridicos RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 520-2009-P-CSJLI/PJ MORDAZA, 26 de agosto del 2009 VISTO y CONSIDERANDO: Que, mediante ingreso Nº 59555-09, la doctora MORDAZA MORDAZA Izaga Pellegrin, Juez Superior Provisional de la MORDAZA Sala Penal para Procesos con Reos Libres de MORDAZA, solicita se le conceda licencia con goce de haber por motivo de capacitacion, del 31 de agosto al 04 de setiembre del presente ano. Que, estando a lo expuesto en el considerando anterior, resulta necesario proceder a la designacion del Magistrado que complete el Colegiado de la MORDAZA Sala Penal para Procesos con Reos Libres de MORDAZA, mientras dure el periodo de licencia de la doctora Izaga Pellegrin. Que, resulta pertinente precisar que la novisima Ley de la MORDAZA Judicial, en su articulo sesenta y cinco, define y clasifica la nomenclatura de los jueces en Titulares, Provisionales, Supernumerarios; es asi que el inciso tercero del citado articulo denomina como Jueces Supernumerarios a aquellos que "(...no habiendo obtenido la plaza de Juez Titular aceptan incorporarse al registro de jueces supernumerarios en su nivel siempre y cuando se encuentren en el cuadro de aptos elaborado por el Consejo Nacional de la Magistratura, a efectos de cubrir plazas vacantes conforme al articulo

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