Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE AGOSTO DEL AÑO 2009 (28/08/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 44

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 28 de agosto de 2009 401646 Superior de Justicia del Callao; el Informe Nº 125-2009- SEP-GP-GGPJ, remitido por la Gerencia General del Poder Judicial; y, CONSIDERANDO: Primero: Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia del Callao solicita a este Órgano de Gobierno, la creación de una Sala Superior Mixta en el Distrito de Ventanilla, en mérito a lo acordado por el Consejo Ejecutivo Distrital en sesión ordinaria de fecha 03 de junio del año en curso; Segundo: Al respecto, se tiene que el Distrito de Ventanilla cuenta con tres Juzgados Mixtos, un (01) Juzgado Especializado Penal transitorio y tres (03) Juzgados de Paz Letrado, uno de los cuales es transitorio; Tercero: Que, para evaluar la petición formulada, es del caso tener en consideración que mediante Resolución Administrativa Nº 192-2009-CE-PJ se dispuso, entre otros, prorrogar el funcionamiento de la Primera y Segunda Salas Mixtas Transitorias del Callao hasta el 30 de setiembre y 31 de diciembre del presente año, respectivamente; Cuarto: De la información estadística obrante en autos, se desprende que el mencionado distrito representa el 35 % del total de la población del Distrito Judicial del Callao, por lo que aplicando dicho criterio se podría estimar que al 31 de diciembre de 2007 y 31 de diciembre de 2008, las Salas Especializadas Civiles y Penales tenían aproximadamente 770 y 734 expedientes pendientes, respectivamente, provenientes del Distrito de Ventanilla; Quinto: De acuerdo a lo expuesto precedentemente y conforme a previsto en el artículo 82º, inciso 26, del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, es facultad del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial adoptar acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y efi ciencia; El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de sus atribuciones, de conformidad con el informe del señor Consejero Wálter Cotrina Miñano, en sesión ordinaria de la fecha, por unanimidad, RESUELVE: Artículo Primero.- Convertir y reubicar la Primera Sala Mixta Transitoria de la Corte Superior de Justicia del Callao, en Sala Mixta Transitoria con sede en el Distrito de Ventanilla, del mismo Distrito Judicial. El referido órgano jurisdiccional resolverá los expedientes que tienen las Salas Superiores Permanentes ubicadas en la sede de la Corte Superior, cuyo origen es el referido distrito; y excepcionalmente se le faculta para recibir nuevos expedientes que provengan de los Juzgados Especializados y Mixto del Distrito de Ventanilla. Artículo Segundo.- Disponer que la Segunda Sala Mixta Transitoria del Callao, se denominará Sala Mixta Transitoria. Artículo Tercero.- Facultar a la Presidencia de Ia Corte Superior de Justicia del Callao, a adoptar las medidas pertinentes para el adecuado cumplimiento de la presente resolución. Artículo Cuarto.- Transcríbase Ia presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Ministerio de Justicia, Fiscalía de la Nación, Comisión Nacional de Descarga Procesal, Ofi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Corte Superior de Justicia del Callao y a Ia Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes consiguientes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. SS. JAVIER VILLA STEIN ANTONIO PAJARES PAREDES SONIA TORRE MUÑOZ WÁLTER COTRINA MIÑANO ENRIQUE RODAS RAMÍREZ 389826-4 Incorporan el distrito de La Unión a la competencia territorial de los órganos jurisdiccionales ubicados en el distrito de Catacaos, Distrito Judicial de Piura RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 251-2009-CE-PJ Lima, 3 de agosto de 2009 VISTOS: Los Ofi cios Nros. 3096 y 4956-2009-P-CSJPI/PJ, cursados por el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Piura, y el Informe Nº 100-2009-SEP-GP- GG-PJ, remitido por la Gerencia General del Poder Judicial; y, CONSIDERANDO: Primero: Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Piura, en atención al requerimiento formulado por parte del Comisario PNP del Distrito de La Unión, solicita a este Órgano de Gobierno se precise el ámbito de competencia territorial del Juzgado de Paz Letrado del Distrito de La Unión, Provincia de Piura, teniendo en cuenta que mediante Resolución Administración Nº 341-2008-CE-PJ se dispuso por baja carga procesal la reubicación del Juzgado de Paz Letrado de ese distrito, como Juzgado de Paz Letrado de Sechura; Segundo: Del análisis de los presentes actuados, se evidencia que si bien los pobladores del Distrito de La Unión deberían acudir a los Juzgados de Paz Letrados de la Provincia de Piura; no obstante ello, necesariamente deben transitar por la circunscripción de Catacaos, distrito de la misma competencia de dicha provincia, lo cual como resulta evidente les implica menor tiempo y distancia, así como hacer el recorrido de 28 kilómetros por carretera asfaltada, lo que a su vez les signifi ca un signifi cativo ahorro en tanto acudan a los servicios de administración de justicia de Catacaos; Tercero: Que, en el Distrito de Catacaos funcionan dentro del Modulo Básico de Justicia tres órganos jurisdiccionales: un Juzgado Mixto, un Juzgado de la Investigación Preparatoria y un Juzgado de Paz Letrado, que pueden atender a la población del Distrito de La Unión en la solución de sus conflictos judiciales; Cuarto: Al respecto, de conformidad con el Informe Nº 100-2009-SEP-GP-GG-PJ, elaborado por la Supervisión de Estudios y Proyectos de la Gerencia de Planifi cación, fl uye que es factible la incorporación del Distrito de La Unión a la competencia territorial de los órganos jurisdiccionales del Módulo Básico de Justicia de Catacaos, ambos de la Provincia, Departamento y Distrito Judicial de Piura; El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de sus atribuciones, de conformidad con el artículo 82º, inciso 26, del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en sesión ordinaria de la fecha, de conformidad con el informe del señor Consejero Wálter Cotrina Miñano, por unanimidad; RESUELVE: Artículo Primero.- Incorporar el Distrito de La Unión, a la competencia territorial de los órganos jurisdiccionales ubicados en el Distrito de Catacaos, ambos de la Provincia, Departamento y Distrito Judicial de Piura. Artículo Segundo.- Disponer que el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Piura, adopte las medidas administrativas que sean necesarias para el adecuado cumplimiento de la presente resolución. Artículo Tercero.- Transcríbase la presente resolución al Presidente del Poder Judicial, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Piura, Ministerio Público, Ministerio de Justicia, Ministerio del Interior, y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes pertinentes.