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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE AGOSTO DEL AÑO 2009 (29/08/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 54

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 29 de agosto de 2009 401724 Que, mediante Memorando Nº 945-2009-MPC/ GGPPR, la Gerencia General de Planeamiento, Presupuesto y Racionalización opina que el requerimiento presupuestal para atender el viaje del señor Regidor Daniel Juan Malpartida Filio, a la ciudad de Mazatlán, Estado de Sinaloa – México, del 1 al 3 de octubre de 2009, cuenta con disponibilidad presupuestaria en el Presupuesto Institucional Modifi cado 2009, por cuanto en la Meta Presupuestaria: 01 Normar y Fiscalizar, se dispone de crédito presupuestal en la Fuente de Financiamiento 5, Recursos Determinados, Rubro 08 Otros Impuestos Municipales; Que, mediante Memorando Nº 1195-A-2009-MPC/ GGAJC, la Gerencia General de Asesoría Jurídica y Conciliación hace suyo el Informe Nº 371-A-2009-MPC- GGAJC-SGCA de la Sub Gerencia de Coordinación y Apoyo, el cual opina que resulta procedente el pedido de autorización de viaje del señor Regidor Daniel Juan Malpartida Filio a la ciudad de Mazatlán, Estado de Sinaloa – México, los días del 1 al 3 de octubre de 2009, para su participación en el VI Congreso de la Red de Investigadores en Gobiernos Locales de México (IGLOM); Que, en la Sesión de Concejo, los señores regidores debatieron y analizaron la importancia de enviar al señor Regidor Provincial Daniel Juan Malpartida Filio, a la ciudad de Mazatlán, Estado de Sinaloa – México en comisión de servicios y en representación de la Municipalidad Provincial del Callao, a fi n de participar en el VI Congreso de la Red de Investigadores en Gobiernos Locales de México, a realizarse los días 1, 2 y 3 de octubre de 2009, organizado por la Red de Investigadores en Gobiernos Locales de México (IGLOM) y la Universidad Autónoma de Sinaloa, Mazatlán – México, toda vez que servirá para establecer contactos con representantes de otros países en vías de desarrollo y altamente desarrollados y así poder establecer en el futuro inmediato una comunicación más continúa y fl uida sobre nuevas técnicas y métodos en materia de experiencias municipales de gestiones exitosas, lo cual favorecerá a la Municipalidad Provincial del Callao al elaborar métodos más sofi sticados y efi caces de intercomunicación mundial para benefi cio directo de las comunidades ubicadas en su jurisdicción, justifi cándose la inversión del gasto que irroga el presente viaje; Que, estando a las consideraciones antes señaladas y de conformidad a las facultades estipuladas en la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, el Concejo Provincial del Callao: ACUERDA: 1. Autorizar el viaje del señor Regidor Provincial Daniel Juan Malpartida Filio a la ciudad de Mazatlán, Estado de Sinaloa – México, en comisión de servicios y representación de la Municipalidad Provincial del Callao, a fi n de participar en el VI Congreso de la Red de Investigadores en Gobiernos Locales de México, a realizarse los días 1, 2 y 3 de octubre de 2009, evento organizado por la Red de Investigadores en Gobiernos Locales de México (IGLOM) y la Universidad Autónoma de Sinaloa, otorgándose el benefi cio contenido en el artículo 8 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM. 2. Autorizar el egreso de US $ 2,182.00 dólares americanos para los gastos que irrogue el cumplimiento del presente Acuerdo, el mismo que estará a cargo de la Municipalidad Provincial del Callao, conforme se detalla: Pasaje : US$ 1,271.00 Viáticos (US $ 220 x 4 días) : US$ 880.00 Tarifa CORPAC : US$ 31.00 3. Dentro de los quince días calendario, posteriores a su retorno al país, el señor Regidor cuyo viaje se autoriza en el presente Acuerdo, deberá presentar a la Municipalidad Provincial del Callao un informe detallado sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos en las reuniones a las que asistirá; asimismo, deberá presentar rendición de cuentas de acuerdo a Ley. 4. Encargar a la Gerencia General Administración y Gerencia General de Planeamiento, Presupuesto y Racionalización, el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Acuerdo. 5. Dispensar el presente Acuerdo del trámite de lectura y aprobación del Acta. POR TANTO: Mando se registre, comunique y cumpla. FELIX MORENO CABALLERO Alcalde de Callao 389973-1 Aprueban modificación del TUPA de la Municipalidad DECRETO DE ALCALDÍA N° 000012 Callao, 26 de agosto de 2009 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú establece que las municipalidades como órganos de gobierno local tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, en su artículo Nº 9, inciso 8), establece, que es atribución del Concejo Municipal la de aprobar, modifi car, o derogar las Ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos; Que, la Ordenanza Municipal Nº 000037 publicada el 25 de julio de 2008 aprobó los procedimientos, requisitos y costos administrativos de la Municipalidad Provincial del Callao; Que, la Ordenanza Municipal Nº 000038 publicada el 25 de julio de 2008 y modifi catorias aprobó el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA de la Municipalidad Provincial del Callao; Que, de acuerdo con el artículo 117º numeral 117.1 de la Ley del Procedimiento Administrativo General Nº 27444, cada entidad tiene su unidad general de recepción documental, trámite documentado o mesa de partes, salvo cuando la entidad brinde servicios en varios inmuebles ubicados en zonas distintas, en cuyo caso corresponde abrir en cada local registros auxiliares al principal, al cual reportan todo registro que realicen; Que, conforme al artículo 38º numeral 38.5 de la misma Ley, toda modifi cación que no implique la creación de nuevos procedimientos, incremento de derechos de tramitación o requisitos, se debe realizar por Decreto de Alcaldía; Que, las ofi cinas administrativas de la Gerencia General de Transporte Urbano estarán ubicadas en la Av. Elmer Faucett (frente al puente peatonal Ex. Convial), siendo éste el nuevo lugar de recepción de las solicitudes correspondientes a los procedimientos administrativos Nº 1 al 13 y del 15 al 26 y servicios prestados en exclusividad Nº 1, 2, 4, 7, 8, 9 y 10, a cargo de la Gerencia General de Transporte Urbano, por lo tanto es necesaria la modifi cación del TUPA de la Municipalidad Provincial del Callao, en cuanto a la Dependencia donde se inicia el Trámite, de dichos procedimientos y servicios; Estando a lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto por la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972, el Alcalde de la Municipalidad Provincial del Callao: DECRETA: Artículo Primero.- Apruébase la modifi cación del Texto Único de Procedimientos Administrativos,