Norma Legal Oficial del día 01 de diciembre del año 2009 (01/12/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 77

El Peruano MORDAZA, martes 1 de diciembre de 2009

NORMAS LEGALES

407099

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA
Amplian plazo de vigencia de la Ordenanza Nº 155-MDPP que establecio el Sinceramiento y Beneficios Tributarios y no Tributarios
DECRETO DE ALCALDIA Nº 040-2009-MDPP MORDAZA MORDAZA, 27 de noviembre de 2009 VISTO: El Memorandum Nº 207-2009-GAT/MDPP del Gerente de Administracion Tributaria que sustenta la necesidad de ampliar el plazo de vigencia de la Ordenanza Nº 155-2009-MDPP que establece el Sinceramiento y Beneficios Tributarios y no Tributarios a favor de los contribuyentes del distrito. CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Locales gozan de autonomia politica, economia y administrativa en los asuntos de su competencia, conforme lo establece el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, modificado por el articulo unico de la Ley Nº 27680, Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV sobre Descentralizacion, concordante con el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades; Que, el articulo 41º del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 13599-EF y sus modificatorias, establece que los Gobiernos Locales podran condonar, con caracter general el interes moratorio y las sanciones respecto a los tributos que administra; Que, el articulo 60º del Decreto Supremo Nº 156-2004-EF que aprobo el Texto Unico de la Ley de Tributacion Municipal, establece que las municipalidades crean, modifican, suprimen tasas y contribuciones, y otorgan exoneraciones dentro de los limites que fija la Ley. Estableciendose entre sus normas generales que la creacion de tasas y contribuciones se aprueban por ordenanza y para la supresion de tasas y contribuciones las municipalidades no tienen ningun limite legal; Que, mediante Ordenanza Nº 155-2009-MDPP de fecha 11 de noviembre de 2009 publicado en el Diario Oficial El Peruano el 12 de noviembre de 2009 se establece el "Sinceramiento y Beneficios Tributarios y no Tributarios", cuyo plazo de vigencia vence el 30 de noviembre de 2009 y en su Primera Disposicion Transitoria precisa que el MORDAZA queda facultado para que mediante Decreto de Alcaldia dicte las medidas necesarias y/o reglamentarias, incluyendo la ampliacion de su vigencia de ser necesaria la misma; Que, a traves del Memorandum de vistos el Gerente de Administracion Tributaria sustenta la necesidad de ampliar el plazo de vigencia de la Ordenanza Nº 155-MDPP, a fin de incorporar un mayor numero de contribuyentes a la politica de Sinceramiento Tributario efectuada por esta corporacion edil; Estando a las facultades conferidas en el inciso 6) del articulo 20º y 42º de la Ley Nº 27972 ­Ley Organica de Municipalidades; SE DECRETA: Articulo Primero.- Ampliar el plazo de vigencia de la Ordenanza Nº 155- MDPP que establece el Sinceramiento y Beneficios Tributarios y no Tributarios, hasta el 31 de diciembre del ano en curso, con todos sus considerandos, alcances y beneficios en MORDAZA establecidos. Articulo Segundo.- Ampliar como plazos limites para las deudas generadas en el caso de arbitrios municipales, impuesto predial y multas administrativas hasta el 30 de noviembre de 2009, para el acogimiento a los alcances del presente dispositivo.

Articulo Tercero.- Encargar el cumplimiento del presente dispositivo a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administracion Tributaria, Gerencia de Planeamiento y Administracion Financiera, Sub Gerencia de Tesoreria y la Gerencia de Tecnologias de la Informacion. Articulo Cuarto.- Encargar a la Secretaria General la publicacion en el Diario Oficial El Peruano del presente Decreto de Alcaldia. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. RENNAN S. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 429754-1

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA
Prorrogan plazo para el pago de la cuarta cuota del Impuesto Predial y Arbitrios del Ejercicio Fiscal 2009
DECRETO DE ALCALDIA Nº 011-2009-MSB-A San MORDAZA, 27 de noviembre de 2009 EL MORDAZA DISTRITAL DE SAN MORDAZA VISTO, el Memorandum Nº 1245-2009-MSB-GM de fecha 27.11.2009 y el Informe Nº 046-2009-MSB-GR, de fecha de 27.11.2009 de la Gerencia de Rentas. CONSIDERANDO: Que, el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru; concordante con el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales son organos de gobierno local con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, el Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributacion Municipal aprobado por Decreto Supremo Nº 156-2004EF, establece en su articulo 15º, que el impuesto predial podra cancelarse, entre otros, en forma fraccionada, hasta en cuatro cuotas trimestrales, correspondiendo pagarse la cuarta cuota hasta el ultimo dia habil del mes de noviembre. Que, mediante Ordenanza Nº 418-MSB, se aprobo los arbitrios de limpieza publica, parques y jardines y seguridad ciudadana para el ano 2009, MORDAZA que dispone en su articulo 6º, que el plazo para el pago de la cuarta cuota de los arbitrios, vence el ultimo dia habil del mes de noviembre. Que, asimismo, acorde a lo normado en la Primera Disposicion Final, de la Ordenanza Nº 418-MSB, se faculto al MORDAZA para que mediante decreto de alcaldia dicte medidas complementarias necesarias para la adecuada aplicacion de la misma. Que, acorde a las normas precitadas y siendo politica de gestion de la administracion, respecto a dar facilidades a los vecinos del Distrito de San MORDAZA, a efecto que cumplan con el pago puntual de sus tributos, se hace necesario prorrogar el plazo de vencimiento de la Cuarta Cuota del Impuesto Predial y Arbitrios 2009. Estando a lo expuesto, con el visto de la Gerencia Municipal, de la Gerencia de Rentas y de la Gerencia de Asesoria Juridica y conforme a lo establecido en el inciso 6) del articulo 20º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades. DECRETA: Articulo Primero.- PRORROGAR, el vencimiento del plazo para el pago de la Cuarta Cuota del Impuesto Predial y Arbitrios del Ejercicio Fiscal 2009, hasta el 30 de diciembre del ano en curso. Articulo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldia a la Gerencia de Rentas, Gerencia de Tecnologias de la Informacion, Gerencia de Imagen Institucional, Gerencia de Administracion y

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