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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2009 (01/12/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 82

TEXTO PAGINA: 74

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 1 de diciembre de 2009 407096 de selección para adquisición de materiales para la obra, requiere de un periodo de 90 días, que por ese motivo las obras en ejecución estarían afectadas para su culminación por las precipitaciones pluviales que se inician a partir del mes de diciembre hasta mediados de abril, y según cronograma de ejecución, si se opta por la convocatoria normal de los procesos de selección para la adquisición de bienes y servicios, no se llegaría a concretizar la culminación de las obras en mención debido a los siguientes aspectos técnicos: Trabajos de imprimado y trabajos de la rasante, los cuales impedirán que las llunvias perjudiquen los trabajos realizados hasta la fecha, caso contrario, se estará siendo perjudicado cuando después de las lluvias nuevamente se realicen trabajos de reconformación de la base y sub base, lo cual ocasionará mayores gastos y por ende mayores presupuestos. Por lo que recomienda que se solicite al Consejo Regional se emita un Acuerdo Regional, donde se declare en emergencia, para así optar por la exoneración del proceso de selección de adquisición de bienes y servicios. Que, el Jefe de la Ofi cina Regional de Asesoría del Gobierno Regional de Puno, en la parte de conclusiones, opina que es procedente la tramitación de la exoneración de procesos de selección para la adquisición de bienes y contratación de servicios, para la ejecución de la obra Mejoramiento de la Carretera Yunguyo-Copani-Zepita, ante el Consejo Regional del Gobierno Regional de Puno y Gobierno Nacional, para efectos de la aprobación de exoneración de los procesos de selección y declaratoria de situación de emergencia; con el fi n de evitar afectación y perjuicio a la obra; informe que ha sido remitido por la Gerencia General Regional al Consejo Regional; Ofi cio Nº 464-2009- GR.PUNO/OCI, Gerencia Regional de Infraestructura emite el Informe Nº 041-2009-GRP/GRI, solicitando la declaratoria de situación de emergencia, del Proyecto Carretera Yunguyo-Copani-Zepita y la consiguiente Exoneración de procesos de selección para la adquisición de materiales y servicios, para el mencionado proyecto; asimismo el Jefe de la Ofi cina Regional de Supervisión emite el Ofi cio Nº 1083- 2009-GR-PUNO-GGR/ORSyLP, opina que es procedente la tramitación de la exoneración del proceso de selección para la adquisición de bienes y contratación de servicios para la ejecución de la obra “Mejoramiento de la Carretera Yunguyo- Copani-Zepita; que además el Consejo Regional ha emitido el Acuerdo Regional Nº 080-2009-CR PUNO, declarando en situación de emergencia de la carretera Yunguyo-Copani- Zepita. Que, en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales su modifi catoria Ley Nº 27902. ACUERDA: Artículo Primero.- APROBAR, la exoneración de los procesos de selección para la adquisición de bienes y contratación de los servicios, para la conclusión de ejecución de la obra “Mejoramiento de la Carretera Yunguyo-Copani-Zepita”, por situación de emergencia, conforme a los informes indicados en el considerando del presente Acuerdo Regional. Artículo Segundo.- AUTORIZAR, al Ejecutivo del Gobierno Regional de Puno, a través de la Ofi cina Regional de Administración y Comité Especial de Adquisiciones, realice las adquisiciones de bienes y contratación de servicios, para la obra de “Mejoramiento de la Carretera Yunguyo-Copani- Zepita”. Artículo Tercero.- ENCARGAR, a la Gerencia Regional de Infraestructura del Gobierno Regional de Puno, la presentación de los Informes Técnicos y Legales a la Contraloría General de la República, con copia al Órgano de Control Institucional de la Entidad, publicar en el Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado (SEACE) y en el Diario Ofi cial El Peruano el presente Acuerdo Regional. Artículo Cuarto.- DISPENSAR, el presente Acuerdo Regional del trámite de lectura y aprobación del Acta. POR TANTO: Regístrese, publíquese y cúmplase. ABDIAS ZELIO PONCE Consejero Delegado del Consejo Regional Puno 429572-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE CIENEGUILLA Amplían plazo de vigencia de Beneficio Especial de Regularización de Deudas Tributarias y No Tributarias establecido mediante la Ordenanza Nº 105-2009- MDC DECRETO DE ALCALDIA Nº 003-2009-A-MDC Cieneguilla, 27 de noviembre del 2009 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CIENEGUILLA. VISTO: El Informe Nº 238-2009-MDC/GR, de fecha 24 de noviembre del 2009 de la Gerencia de Rentas y el Informe Nº 285-2009-GAJ-MDC, de fecha 25 de noviembre del 2009 de la Gerencia de Asesoría Jurídica, sobre ampliación de la vigencia del Benefi cio Especial de Regularización de Deudas Tributarias y No Tributarias. CONSIDERANDO: Que, conforme al artículo 42º de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972, los Decretos de Alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y efi ciente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del Concejo Municipal. Que, mediante Ordenanza Nº 105-2009-MDC, se estableció el Benefi cio Especial de Regularización de Deudas Tributarias y No Tributarias, a favor de los contribuyentes del distrito de Cieneguilla para que regularicen sus obligaciones tributarias y no tributarias pendientes de pago, en cualquier estado que se encuentren. Que, el artículo 9º de la Ordenanza Nº 105-2009- MDC faculta al Sr. Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones complementarias necesarias para lograr la adecuada aplicación y/o ampliación de la presente Ordenanza. Estando a lo expuesto y en uso de las facultades previstas en los artículos 20º inciso 6 y 42º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA: Artículo Primero.- Ampliar el plazo de vigencia previsto en el artículo segundo de la Ordenanza Nº 105- 2009-MDC “Ordenanza que Aprueba el Benefi cio Especial de Regularización de Deudas Tributarias y No Tributarias” plazo que se prorrogará hasta el 30 de diciembre de 2009. Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia Municipal, a la Gerencia de Administración y Finanzas, Gerencia de Rentas, Jefatura de Logística e Informática y la Ofi cina de Ejecución Coactiva, el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. MONICA G. LEON CHAU Regidora encargada Despacho de Alcaldía 429352-1