Norma Legal Oficial del día 01 de diciembre del año 2009 (01/12/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 64

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, martes 1 de diciembre de 2009

previstos en el Reglamento Interno de Trabajo, en su articulo cuarenta y dos, literal c), sobre la obligacion de permanecer en su lugar de trabajo durante la jornada laboral, y el articulo cuarenta y tres, literal h), sobre la prohibicion de desatender o suspender intempestivamente sus labores para atender asuntos particulares o ajenos a su labor, y en los que evidentemente tenia un interes particular; Octavo: Que, las sanciones previstas en el citado texto legal se graduaran en atencion a la gravedad, trascendencia del hecho, antecedentes del infractor y la afectacion institucional; por ello, teniendo en cuenta que Ia conducta disfuncional deI investigado, al haber contravenido los deberes y prohibiciones establecidas por ley afecta gravemente la imagen del Poder Judicial; corresponde imponerle Ia MORDAZA sancion disciplinaria contemplada en el articulo doscientos once de la mencionada norma; por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de sus atribuciones, de conformidad con el informe de la senor Consejero MORDAZA MORDAZA MORDAZA, sin la intervencion del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA por encontrarse de vacaciones, en sesion ordinaria de la fecha, por unanimidad; RESUELVE: lmponer Ia medida disciplinaria de Destitucion a don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por su actuacion como Asistente Judicial de la Tercera Sala Penal Especial de la Corte Superior de Justicia de Lima. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. SS. MORDAZA MORDAZA STEIN MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

preside, toda vez que no se admite un MORDAZA cambio de Juez Superior integrante del Colegiado. Que, estando a lo expuesto en el considerando anterior, resulta necesario que esta Presidencia emita el pronunciamiento respectivo, estando a lo anteriormente senalado. Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia, es la MORDAZA autoridad administrativa de la sede judicial a su cargo y dirige la politica interna de su Distrito Judicial, con el objeto de brindar un eficiente servicio de administracion de justicia en beneficio de los justiciables; y en virtud a dicha atribucion, se encuentra facultado para designar, reasignar, ratificar y/o dejar sin efecto la designacion de los Magistrados Provisionales y Supernumerarios que estan en el ejercicio del cargo jurisdiccional. Y, en uso de las facultades conferidas en los incisos 3º y 9º del articulo 90° del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, SE RESUELVE: Articulo Primero.- DISPONER que la senora doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Juez Titular del Decimo Noveno Juzgado Penal de MORDAZA, en adicion a sus funciones, continue interviniendo en los procesos que mantiene pendientes en la MORDAZA Sala Penal Especial de MORDAZA, hasta su culminacion, a fin de evitar el quiebre de los mismos. Articulo Segundo.- PONER la presente Resolucion en conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial, del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la Oficina de Control de la Magistratura, Gerencia General del Poder Judicial, de la Oficina de Administracion Distrital, Oficina de Personal de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA y de los Magistrados para los fines pertinentes. Publiquese, registrese, cumplase y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA 429583-1

429053-15

CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA
Disponen que magistrada continue interviniendo en procesos pendientes en la MORDAZA Sala Penal Especial de MORDAZA hasta su culminacion
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MORDAZA Presidencia Oficina de Coordinacion Administrativa y de Asuntos Juridicos RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 809-2009-P-CSJLI/PJ MORDAZA, 27 de noviembre del 2009 VISTO y CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolucion Administrativa Nº 0022009-P-CSJL/PJ, de fecha seis de enero del presente ano, se designa a la doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Juez Superior Provisional integrante de la MORDAZA Sala Penal Especial de Lima. Que, mediante la Resolucion Administrativa Nº 5912009-P-CSJL/PJ, de fecha quince de setiembre del presente ano, se designa a la doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Juez Superior Provisional integrante de la MORDAZA Sala Penal Especial de MORDAZA, por el periodo de licencia del doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Navarro. Que, mediante el ingreso Nº 85663-09, el doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Presidente de la MORDAZA Sala Penal Especial de MORDAZA, pone en conocimiento de la posibilidad que se quiebren de las causas en la sala que

Designan Juez Supernumerario del Vigesimo MORDAZA Juzgado Civil de MORDAZA
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MORDAZA Presidencia Oficina de Coordinacion Administrativa y de Asuntos Juridicos RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 810-2009-P-CSJLI/PJ MORDAZA, 27 de noviembre del 2009 VISTO y CONSIDERANDO: Que, mediante el ingreso Nº 85226-09, la doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Juez Provisional del Vigesimo MORDAZA Juzgado Civil de MORDAZA, solicita se le conceda licencia con goce de haber por motivo de salud a partir del 25 de noviembre al 07 de diciembre del presente ano. Que, estando a lo expuesto en el considerando anterior esta Presidencia considera pertinente emitir el pronunciamiento respectivo, estando a la licencia de la doctora MORDAZA Chavez. Que, resulta pertinente precisar que la novisima Ley de la MORDAZA Judicial, en su articulo sesenta y cinco, define y clasifica la nomenclatura de los jueces en Titulares, Provisionales, Supernumerarios; es asi que el inciso tercero del citado articulo denomina como Jueces Supernumerarios a aquellos que "(...no habiendo obtenido la plaza de Juez Titular aceptan incorporarse al registro de jueces supernumerarios en su nivel siempre y cuando se encuentren en el cuadro de aptos elaborado por el Consejo Nacional de la Magistratura, a efectos de cubrir plazas vacantes conforme al articulo doscientos treinta y nueve de la Ley Organica del Poder Judicial...)".

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