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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2009 (05/12/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 6

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 5 de diciembre de 2009 407320 extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confi anza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especifi car los motivos, la relación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores”; y Con la opinión favorable de la Marina de Guerra del Perú y de conformidad con la Ley N° 27856 y la Ley Nº 28899; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la República, a los siguientes Ofi ciales de Infantería de Marina de los Estados Unidos de América, sin armas de guerra, del 06 al 12 de diciembre de 2009, para realizar una visita a los lugares donde se desarrollará el Ejercicio LASO el año 2010: 1. TENIENTE CORONEL USMC JOHN ROBINSON 2. CAPITAN USMC KEVIN KIMENER 3. CAPITAN USMC JASON WETHERINGTON 4. CAPITAN DE CORBETA USN ROBERT HOCHSTEDLER 5. CAPITAN DE CORBETA USN EMMANUEL ARCELONA 6. TECNICO KELLY SMITH Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fi n que dé cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5° de la Ley N° 27856, modifi cado por Ley Nº 28899. Regístrese, comuníquese y publíquese. AURELIO PASTOR VALDIVIESO Ministro de Justicia Encargado del Despacho de Defensa 431894-1 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1298-2009-DE/SG Lima, 4 de diciembre de 2009 CONSIDERANDO: Que, con Facsímil (DGS) Nº 1144 de fecha 18 de noviembre de 2009, el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de los Estados Unidos de América, sin armas de guerra; Que, un Ofi cial del “Centro Médico Naval de San Diego”, realizará una visita a las instalaciones del Centro de Investigación de Enfermedades Tropicales – NMRCD; Que, el artículo 5° de la Ley N° 27856, modifi cado por Ley Nº 28899, establece que “el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confi anza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especifi car los motivos, la relación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores”; y Con la opinión favorable de la Marina de Guerra del Perú y de conformidad con la Ley N° 27856 y la Ley Nº 28899; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la República, al TENIENTE 1RO USN CHARLES EISENBERG, de la Marina de los Estados Unidos de América, sin armas de guerra, para realizar una visita a las instalaciones del Centro de Investigación de Enfermedades Tropicales – NMRCD, del 06 al 24 de diciembre de 2009. Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fi n que dé cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5° de la Ley N° 27856, modifi cado por Ley Nº 28899. Regístrese, comuníquese y publíquese. AURELIO PASTOR VALDIVIESO Ministro de Justicia Encargado del Despacho de Defensa 431894-2 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1299-2009-DE/SG Lima, 4 de diciembre de 2009 CONSIDERANDO: Que, con Facsímil (DGS) Nº 1157 de fecha 24 de noviembre de 2009, el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de la República Federativa de Brasil, sin armas de guerra; Que, en el Plan de Intercambio de Ofi ciales entre el Ejército de Perú y el Ejército del Brasil, se ha considerado la participación de un Ofi cial del Ejército del Brasil en el curso de Estado Mayor y como Instructor en la Escuela de Guerra del Ejército del Perú; Que, el artículo 5° de la Ley N° 27856, modifi cado por Ley Nº 28899, establece que “el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confi anza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especifi car los motivos, la relación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores”; y Con la opinión favorable del Ejército del Perú y de conformidad con la Ley N° 27856 y la Ley Nº 28899; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la República al MAYOR JOSE FERNANDO CHAGAS MEDIRA, del Ejército de la República Federativa de Brasil, sin armas de guerra, para realizar el Curso de Estado Mayor y desempeñarse como instructor en la Escuela de Guerra del Ejército del Perú, del 07 de diciembre de 2009 al 07 de diciembre de 2011. Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fi n que dé cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5° de la Ley N° 27856, modifi cado por Ley Nº 28899. Regístrese, comuníquese y publíquese. AURELIO PASTOR VALDIVIESO Ministro de Justicia Encargado del Despacho de Defensa 431894-3 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1300-2009-DE/SG Lima, 4 de diciembre de 2009 CONSIDERANDO: Que, con Facsímil (DGS) Nº 1170 de fecha 30 de noviembre de 2009, el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de la República Federativa de Brasil, sin armas de guerra; Que, en el marco de la VII Reunión de Estados Mayores y de Inteligencia entre la Marina del Brasil y la Marina de