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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2009 (05/12/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 23

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 5 de diciembre de 2009 407337 LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA) a la Organización Internacional de Maderas Tropicales (OIMT). Artículo 2º.- Los gastos que demande lo dispuesto en el artículo precedente, serán fi nanciados con cargo al presupuesto del Ministerio de Agricultura. Artículo 3º.- La equivalencia en moneda nacional será establecida según el tipo de cambio vigente a la fecha de pago. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 432298-8 RESOLUCIÓN SUPREMA N° 399-2009-RE Lima, 4 de diciembre de 2009 VISTO: El ofi cio Nº 752-2009-MTC/09.01, de 11 de noviembre de 2009, del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, por el que solicita al Ministerio de Relaciones Exteriores la expedición de la Resolución Suprema que autorice el pago de la cuota del año 2010 a la Unión Postal Universal (UPU); CONSIDERANDO: Que el artículo 67º, numeral 67.3, de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, autoriza a las entidades del Sector Público a pagar, con cargo a sus respectivos presupuestos, las cuotas del Gobierno peruano a los organismos internacionales de los cuales el Perú es miembro; Que es obligación del Perú cumplir con el pago de las cuotas a los organismos internacionales de manera que permitan potenciar la capacidad de negociación en las gestiones diplomáticas y acrecentar el benefi cio de los fl ujos de cooperación y asistencia técnica internacional; Que, en consecuencia, es necesario autorizar el pago de la cuota 2010 a la Unión Postal Universal (UPU), con cargo al presupuesto del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Ministerio de Transportes y Comunicaciones a efectuar el pago de CHF 125,988.00 (Ciento veinticinco mil novecientos ochenta y ocho y 00/100 francos suizos) a la Unión Postal Universal (UPU), correspondiente al pago de la cuota del año 2010. Artículo 2º.- Los gastos que demande lo dispuesto en el artículo precedente, serán fi nanciados con cargo al presupuesto del Ministerio de Transportes y Comunicaciones. Artículo 3º.- La equivalencia en moneda nacional será establecida según el tipo de cambio vigente a la fecha de pago. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 432298-9 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 400-2009-RE Lima, 4 de diciembre de 2009 VISTO: El ofi cio Nº 293-2009-ME/SNJ-SN, sin fecha, de la Secretaría Nacional de la Juventud del Ministerio de Educación por el que se solicita al Ministerio de Relaciones Exteriores la expedición de la Resolución Suprema que autorice el pago de las cuotas de los años 2008 y 2009, a la Organización Iberoamericana de la Juventud (OIJ); CONSIDERANDO: Que el artículo 67º, numeral 67.3, de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, autoriza a las entidades del Sector Público a pagar, con cargo a sus respectivos presupuestos, las cuotas del Gobierno peruano a los organismos internacionales de los cuales el Perú es miembro; Que es obligación del Perú cumplir con el pago de las cuotas y adeudos a los organismos internacionales de manera que permitan potenciar la capacidad de negociación en las gestiones diplomáticas y acrecentar el benefi cio de los fl ujos de cooperación y asistencia técnica internacional; Que, en consecuencia, es necesario autorizar el pago de las cuotas de los años 2008 y 2009 al mencionado organismo internacional, con cargo al presupuesto de la Secretaría Nacional de la Juventud del Ministerio de Educación; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar a la Secretaría Nacional de la Juventud del Ministerio de Educación a efectuar el pago de las cuotas de los años 2008 y 2009 a la Organización Iberoamericana de la Juventud (OIJ), por el importe de US$ 50,000.00 (CINCUENTA MIL Y 00/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA). Artículo 2º.- Los gastos que demande lo dispuesto en el artículo precedente serán fi nanciados con cargo al presupuesto de la Secretaría Nacional de la Juventud del Ministerio de Educación. Artículo 3º.- La equivalencia en moneda nacional será establecida según el tipo de cambio vigente a la fecha de pago. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 432298-10 Autorizan viajes de funcionarios diplomáticos a Brasil y Japón, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1571/RE Lima, 18 de noviembre de 2009 CONSIDERANDO: Que, la Cumbre de Jefes de Estado y de Gobierno de los Países de América del Sur-Países Árabes (ASPA), celebrada en la ciudad de Brasilia, República Federativa de Brasil, en mayo de 2005, inició un importante proceso de aproximación birregional que tiene como objetivo desarrollar la cooperación en sus diferentes ámbitos; Que, el Perú ha ofrecido acoger la III Cumbre de Jefes de Estado y de Gobierno de los Países de América del Sur- Países Árabes (ASPA), en el primer trimestre de 2011; Que, mediante Resolución Suprema Nº 287-2009-RE, de 04 de setiembre de 2009, se declaró de interés nacional la realización en el Perú de la III Cumbre de los Países de América del Sur-Países Árabes (ASPA); Que, en el marco de la referida III Cumbre se deben llevar a cabo diversas reuniones previas temáticas y de coordinación, entre las delegaciones de América del Sur y los Países Árabes; Que, es conveniente a los intereses del país desarrollar una política de acercamiento a los países árabes, así como hacia algunos países del continente africano; Teniendo en cuenta el Memorándum de la Subsecretaría para Asuntos de Asia, Cuenca del Pacífi co, África y Medio Oriente Nº SAP0969/2009, de 12 de noviembre de 2009,