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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2009 (10/12/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 13

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 10 de diciembre de 2009 407563 EDUCACION Autorizan transferencia financiera a favor de las Unidades Ejecutoras de los Pliegos de los Gobiernos Regionales para pago de Asignación Económica Excepcional a docentes del Programa Nacional de Formación y Capacitación Permanente RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0359-2009-ED Lima, 30 de noviembre de 2009 Vistos, los Memoranda Nºs 570, 1448, 1565 y 1566- 2009-DESP, de la Dirección de Educación Superior Pedagógica, los Memoranda Nºs 659 y 1575 -2009- ME/SG/OGA, de la Ofi cina General de Administración; y demás documentos que acompañan; y, CONSIDERANDO: Que, la Trigésima Primera Disposición Final de la Ley Nº 29289, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009, prorroga la vigencia de la Quincuagésima Primera Disposición Final de la Ley Nº 29142, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008, que autoriza al Ministerio de Educación a otorgar una Asignación Económica Excepcional, por los montos de S/. 150.00 y S/. 250.00, a favor de los docentes que, en el Programa Nacional de Formación y Capacitación Permanente, logren el nivel de sufi ciencia o destacado, respectivamente, para cuyo efecto el Ministerio de Educación realizará las transferencias fi nancieras a favor de los Gobiernos Regionales mediante resolución del Titular del Pliego; Que, la Dirección de Educación Superior Pedagógica solicitó se autorice una transferencia de partidas para fi nanciar la asignación económica excepcional, por el concepto de logros, en el nivel de sufi ciencia o destacado, a favor de los docentes que han participado en el Programa Nacional de Formación y Capacitación Permanente durante el año 2008, y que cumplen con los requisitos mínimos para el pago de la citada asignación, respecto de los cuales, está pendiente la transferencia de recursos a las correspondientes unidades ejecutoras de los Gobiernos Regionales; Que, mediante el Ofi cio Nº 389-2009/GOB.REG.HVCA/ GRPPyAT el Gobierno Regional de Huancavelica recomendó a la Ofi cina General de Administración del Ministerio de Educación, que las transferencias fi nancieras se efectúen a la Unidad Ejecutora 001: Región Huancavelica – Sede Central, con el objetivo de agilizar los pagos a los docentes, y por otro lado el Gobierno Regional de Huánuco por medio de la Dirección Regional de Educación Huánuco realizó las acciones administrativas para que la Unidad de Gestión Educativa Local (UGEL) Puerto Inca, pase a depender de la Unidad Ejecutora 300: Educación Huánuco, en lo administrativo y presupuestal, de acuerdo a lo autorizado en la Resolución Ejecutiva Regional Nº 490-2008-GRH/PR; Que, por lo expuesto, la Unidad de Presupuesto del Ministerio de Educación mediante el Informe Nº 504- 2009-ME/SPE-UP considera que es técnicamente factible autorizar una transferencia fi nanciera a favor de las Unidades Ejecutoras de los Pliegos de los Gobiernos Regionales, para el pago de las Asignaciones Económicas Excepcionales por el concepto de logros, en el nivel de sufi ciencia o destacado, de los docentes que participaron en el Programa Nacional de Formación y Capacitación Permanente durante el año 2008, por las fuentes de fi nanciamiento 1: Recursos Ordinarios y 4: Donaciones y Transferencias, con cargo a la Unidad Ejecutora 112: Programa Nacional de Formación y Capacitación Permanente del Pliego 010: Ministerio de Educación; correspondiendo a la Dirección de Educación Superior Pedagógica hacer las coordinaciones y brindar los detalles a los Pliegos y Unidades Ejecutoras para la ejecución de los pagos correspondientes; y, De conformidad con la Ley N° 29289, la Ley Nº 29142, el Decreto Ley Nº 25762, modifi cado por la Ley Nº 26510, el Decreto Supremo N° 006-2006-ED y sus modifi catorias, y la Directiva Nº 003-2007-EF/76.01 y sus modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar una transferencia fi nanciera del Pliego 010: Ministerio de Educación a favor de las Unidades Ejecutoras de los Pliegos de los Gobiernos Regionales, hasta por la suma de DOSCIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL QUINIENTOS y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 299,500.00) por la Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios y DIECISIETE MIL CIENTO CINCUENTA y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 17,150.00) por la Fuente de Financiamiento 4: Donaciones y Transferencias, según el detalle del Anexo adjunto, que forma parte integrante de la presente Resolución. Los recursos serán destinados exclusivamente para el fi nanciamiento de la Asignación Económica Excepcional por concepto de Logros en el nivel de sufi ciencia o destacado, a favor de los docentes que han participado en el Programa Nacional de Formación y Capacitación Permanente del año 2008, de acuerdo a lo señalado en los considerandos de la presente Resolución. Artículo 2º.- El egreso que demande el cumplimiento de la presente Resolución, se realizará con cargo al Presupuesto Institucional de la Unidad Ejecutora 112: Programa Nacional de Formación y Capacitación Permanente del Pliego 010: Ministerio de Educación, y con la disponibilidad autorizada en el Calendario de Compromisos correspondiente. Artículo 3º.- Los Pliegos de los Gobiernos Regionales, emitirán la Resolución de incorporación de los recursos transferidos en los Presupuestos Institucionales de las correspondientes Unidades Ejecutoras, y remitirán copia de la misma a la Unidad de Presupuesto del Ministerio de Educación, dentro de los cinco (05) días de haberse efectivizado la transferencia fi nanciera. Artículo 4º.- La Ofi cina General de Administración del Ministerio de Educación y las Ofi cinas de Administración o las que hagan sus veces en los Pliegos y Unidades Ejecutoras de los Gobiernos Regionales, velarán por el control y estricto cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución, de acuerdo a lo detallado en el Anexo adjunto. Artículo 5º.- La Dirección de Educación Superior Pedagógica remitirá a los Pliegos de los Gobiernos Regionales y a las correspondientes Unidades Ejecutoras la relación de los docentes a los que deberá pagarse la Asignación Económica Excepcional por el logro, del nivel de sufi ciencia o destacado, referidos en los considerandos de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ ANTONIO CHANG ESCOBEDO Ministro de Educación Anexo ASIGNACION ECONÓMICA EXCEPCIONAL POR EL CONCEPTO DE LOGROS EL NIVEL DE SUFICIENTE O DESTACADO TRANSFERENCIA FINANCIERA A FAVOR DE LOS GOBIERNOS REGIONALES PARA EL PAGO DE LA ASIGNACION ECONÓMICA EXCEPCIONAL POR EL CONCEPTO DE LOGROS (EN LOS NIVELES DE SUFICIENTE O DESTACADO), DE LOS DOCENTES DEL PROGRAMA NACIONAL DE FORMACION Y CAPACITACION PERMANENTE, 2008, (LEY Nº 29289-Trigésima Primera Disposición Final) ( En Nuevos Soles) Fuente de Financiamiento 1 : Recursos Ordinarios PLIEGO MONTO POR PLIEGO S/. UNIDAD EJECUTORA MONTO POR UNIDAD EJECUTORA S/. UGEL/ÁMBITO MONTO POR UGEL S/. ASIGNACIÓN POR LOGROS EN LOS NIVELES TOTAL DESTACADO (S/.250.00) SUFICIENTE (S/.150.00) Gobierno Regional del Departamento de Arequipa 63,950 302 EDUCACIÓN AREQUIPA NORTE 63,950 UGEL Arequipa Norte 63,950 369 86 283 Gobierno Regional del Departamento de Ayacucho 61,600 302 EDUCACIÓN LUCANAS 29,250 UGEL Lucanas 29,250 185 15 170 303 EDUCACIÓN SARA SARA 32,350 UGEL Parinacochas 17,650 105 19 86