Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2009 (10/12/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 29

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 10 de diciembre de 2009 407579 proceso de selección, con la invitación de un mínimo de tres (3) propuestas. Asimismo, se establece que la relación de bienes, servicios y obras a ser efectuadas mediante el referido procedimiento excepcional será aprobada mediante resolución del titular de la entidad o la máxima autoridad administrativa, la misma que debe ser publicada en el Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado (SEACE), el diario ofi cial El Peruano y los respectivos portales electrónicos de las entidades señaladas en el artículo 1º; Que, estando a lo informado por el Director Ejecutivo de la Ofi cina de Logística de la Ofi cina General de Administración mediante el documento del visto; Con el visado de la Directora General de la Ofi cina General de Administración, el Director General de Infraestructura, Equipamiento y Mantenimiento, la Directora General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Salud, la Secretaría General y el Viceministro de Salud; y, De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29405, así como en el literal l) del artículo 8º de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la relación de bienes, servicios y obras, cuyas contrataciones se realizarán mediante el procedimiento excepcional regulado en el artículo 2º de la Ley Nº 29405, las mismas que se detallan en el Anexo Nº 01 que como anexo forma parte de la presente Resolución. Artículo 2º.- Disponer que la presente Resolución y los contratos derivados del presente procedimiento excepcional sean publicados en el Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado (SEACE), el Diario Ofi cial El Peruano y el portal electrónico del MINSA. Regístrese, comuníquese y publíquese. OSCAR UGARTE UBILLUZ Ministro de Salud 433561-1 ORGANISMOS EJECUTORES INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO Declaran al Establecimiento Penitenciario de Sentenciados de Camaná dentro de los alcances del D.S. Nº 15-94-JUS y su modificatoria D.S. Nº 002-99-JUS RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO Nº 856-2009-INPE/P Lima, 7 de diciembre de 2009 Vistos, el Decreto Supremo Nº 15-94-JUS, su modifi catoria el D.S Nº 002-99-JUS, y el Informe Nº 0349- 2009-INPE/08-AEVV de fecha 01 de Noviembre del 2009, de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Supremo Nº 15-94-JUS modifi cado por el Decreto Supremo Nº 002-99-JUS, se declaró como Zona Reservada las áreas donde funcionan los Establecimientos Penitenciarios y sus Dependencias conexas; comprendiendo un área territorial intangible paralela al límite del terreno donde se encuentran ubicados en una extensión de 200 metros a su alrededor con prohibición expresa de construir viviendas u otro tipo de edifi caciones dentro de ese perímetro; debiendo el Instituto Nacional Penitenciario determinar los Establecimientos Penitenciarios para tal fi n; Que, el Establecimiento Penitenciario de Sentenciados de Camaná, alberga a internos, de Máxima Peligrosidad, por los delitos considerandos por el Decreto Supremo Nº 002-99-JUS, para los efectos de su aplicación; Que, es necesario declarar al Establecimiento Penitenciario de Sentenciados de Camaná, como Zona de Reserva, a efectos de que cuente con las condiciones mínimas de seguridad que garantice el normal desarrollo del régimen penitenciario; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 654, Decreto Supremo Nº 15-94-JUS modifi cado por el Decreto Supremo Nº 002-99-JUS, y en uso de las facultades conferidas por la Resolución Suprema Nº 064 -2009- JUS; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar al Establecimiento Penitenciario de Sentenciados de Camaná, dentro de los alcances del Decreto Supremo Nº 15-94-JUS y su modifi catoria el Decreto Supremo Nº 002-99-JUS de fecha 27 de Enero de 1999. Artículo 2º.- Comprender un área territorial intangible paralela al límite del terreno del Establecimiento Penitenciario en una extensión de 200 metros a su alrededor, con prohibición expresa de construir viviendas u otro tipo de edificaciones dentro de ese perímetro. Artículo 3º.- Remitir copia de la presente Resolución a las instancias pertinentes para su conocimiento y fi nes. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE ALEJANDRO LEÓN BALLÉN Presidente Consejo Nacional Penitenciario 433233-1 SEGURO INTEGRAL DE SALUD Aprueban Directiva “Procedimientos para las contrataciones de bienes y servicios del Seguro Integral de Salud” RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 205-2009/SIS Lima, 3 de diciembre de 2009 VISTOS: El Memorando N° 362-2009/SIS-OPyD de la Ofi cina de Planeamiento y Desarrollo, el Memorando Nº 1469-2009-SIS-OA de la Ofi cina de Administración y el Informe Nº 261-2009-SIS/OAJ de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, el artículo 6° de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado mediante el Decreto Legislativo Nº 1017, dispone que cada Entidad establecerá en su Reglamento de Organización y Funciones y otros instrumentos de organización, los órganos responsables de programar, preparar, ejecutar y supervisar los procesos de contratación hasta su culminación, debiendo señalarse las actividades que competen a cada funcionario, con la fi nalidad de establecer las responsabilidades que le son inherentes; Que, el numeral 1. del artículo 5° del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 184-2008-EF, señala que el Titular de la Entidad es la más alta autoridad ejecutiva, de conformidad con sus normas de organización, que ejerce las funciones previstas en la Ley y su Reglamento, para la