Norma Legal Oficial del día 11 de diciembre del año 2009 (11/12/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 82

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 11 de diciembre de 2009

Racionalizacion asi como el Memorando Nº 1986-2009MPC/GGAJC de la Gerencia General de Asesoria Juridica y Conciliacion que hace MORDAZA el Informe Nº 623-A-2009MPC-GGAJC/SGCA de la Sub Gerencia de Coordinacion y Apoyo, todos favorables a la aprobacion de la presente Ordenanza; Estando a lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto en la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, el Concejo Provincial del Callao, ha dado la siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA LA CREACION DEL FONDO PARA LA REPOSICION Y RENOVACION DEL MORDAZA AUTOMOTOR DEL SERVICIO DE TRANSPORTE PUBLICO REGULAR DE PASAJEROS DE LA PROVINCIA CONSTITUCIONAL DEL CALLAO Articulo Unico.- Apruebase para el mejoramiento de la calidad del servicio de transporte, la creacion del fondo para la reposicion y renovacion del MORDAZA automotor del Servicio de Transporte Publico Regular de Pasajeros de la Provincia Constitucional del Callao, que es parte constitutiva de la presente Ordenanza, cuyos textos son los siguientes: "CREACION DEL FONDO PARA LA REPOSICION Y RENOVACION DEL MORDAZA AUTOMOTOR DEL SERVICIO DE TRANSPORTE PUBLICO REGULAR DE PASAJEROS DE LA PROVINCIA CONSTITUCIONAL DEL CALLAO" Articulo 1º.- Creacion. Crease un Fondo de alcance provincial, denominado "Fondo para la Reposicion y Renovacion del MORDAZA Automotor del Servicio de Transporte Publico Regular de Pasajeros de la Provincia Constitucional del Callao", para atender los requerimientos de reposicion y renovacion del MORDAZA automotor de los vehiculos de transporte publico colectivo terrestre de pasajeros con radio de accion MORDAZA e interurbano. El Fondo estara conformado por los aportes provenientes de la recaudacion por cotizaciones que las empresas de transporte obtengan de cada uno de los vehiculos de transporte publico colectivo terrestre de pasajeros que conforman su flota vehicular autorizada por la Gerencia General de Transporte MORDAZA de la Municipalidad Provincial del Callao. Articulo 2º.- Renovacion y reposicion. La renovacion, consiste en la adquisicion de un MORDAZA vehiculo de transporte publico a nombre de la empresa de transporte a cambio del retiro o baja definitiva de un vehiculo de su flota que no se ajuste a las disposiciones tecnicas determinadas por la Gerencia General de Transporte Urbano. La reposicion, consiste en sustituir un vehiculo que ha alcanzado el termino legal de MORDAZA util por la adquisicion de otro MORDAZA a nombre de la empresa de transporte, y que se ajuste a las disposiciones tecnicas determinadas por la Gerencia General de Transporte Urbano. El MORDAZA de renovacion y reposicion del MORDAZA automotor en ningun caso implica un incremento de la capacidad transportadora de la empresa fijada en la ficha tecnica de la ruta. Articulo 3º.- Administracion. El Fondo sera manejado mediante una fiducia o un mecanismo bancario similar, en una entidad bancaria vigilada por la Superintendencia de Banca y Seguros. El fondo tendra una Junta administrativa integrada por tres (3) integrantes designados de la siguiente manera: 1. Un (1) representante de la Municipalidad Provincial del Callao, designado mediante resolucion, y quien la presidira. 2. Un (1) representante elegido por la Asociacion de Empresas del Sindicato de Transportistas del Callao ­ ASESTRACA. 3. Un (1) representante elegido por el Consorcio de Empresas de Transporte del Callao ­ CONECSA. Articulo 4º.- Acreditacion de la Junta Directiva. Para los efectos de la acreditacion de la Junta Directiva la eleccion de los representantes de las empresas aportantes senaladas en el articulo precedente se debera efectuar

dentro del ano siguiente a la fecha de entrada en vigencia de la presente ordenanza, y seran acreditados como tales mediante Resolucion de Alcaldia. Los representantes de la Junta Directiva seran designados por periodos de dos (2) anos. Articulo 5º.- Funciones de la Junta Directiva. Seran funciones de la Junta Directiva: 1. Trazar las orientaciones de politicas generales del Fondo. 2. Aprobar los convenios de administracion del Fondo. 3. Las demas que establezcan en su reglamentacion y que MORDAZA necesarias para el cumplimiento de sus fines, las cuales seran aprobadas mediante Decreto de Alcaldia. Articulo 6º.- Composicion del fondo. El patrimonio del Fondo estara conformado por: - Los aportes obligatorios que realice cada empresa a traves del recaudo de las cotizaciones por cada vehiculo perteneciente a la ruta que opera, conforme al siguiente detalle: Vehiculo MORDAZA camioneta rural, aporta al fondo: S/. 3.00 nuevos soles diarios por vehiculo. Vehiculo MORDAZA microbus u omnibus, aporta al fondo: S/. 5.00 nuevos soles diarios por vehiculo. - Los recursos que se obtengan producto de la celebracion de convenios. - El producto de las multas que se impongan por trasgresion a la presente ordenanza. - Los demas recursos que se obtengan bajo cualquier titulo permitido por la ley. Articulo 7º.- Cuenta. Toda empresa de transporte aportante tendra una cuenta individual en el Fondo, cuyos recursos podran ser utilizados por esta para reponer o renovar. Los recursos del Fondo estaran a disposicion de todos los aportantes para efectos del credito. Estos recursos no podran ser embargados bajo ninguna circunstancia. El fondo tambien tendra cuentas separadas correspondientes a los restantes rubros patrimoniales. Articulo 8º.- Beneficiarios. Los recursos del Fondo solo podran ser utilizados por las empresas de transportes que aporten a dicho Fondo. Articulo 9º.- Retiros. La cuenta de cada empresa de transporte solo podra ser retirada del Fondo para efectuar el MORDAZA de renovacion o reposicion. En este caso se le entregara al propietario los recursos de los que disponga en su cuenta individual, luego de que acredite ante la autoridad municipal la aprobacion financiera de adquisicion de la nueva unidad de transporte. Articulo 10º.- Obligaciones de las empresas. Las empresas de transporte que brindan servicio de transporte publico regular de pasajeros en rutas urbanas e interurbanas autorizadas por la Municipalidad Provincial del Callao estan obligadas a entregar semanalmente el aporte que le corresponde conforme a lo dispuesto en la presente Ordenanza Municipal directamente al Fondo de reposicion. Articulo 11º.- Consignacion. La empresa de transporte debera consignar el total del monto recaudado durante cada semana, en la cuenta del Fondo que se abrira para tal fin. Su incumplimiento MORDAZA lugar a la imposicion de una multa equivalente al 50% de la Unidad Impositiva Tributaria por retraso en hacer dicha consignacion. Articulo 12º.- Inscripcion para la participacion en el Fondo. Para participar en los beneficios del Fondo, la empresa de transporte debera registrarse ante la Gerencia General de Transporte MORDAZA, llenando la solicitud ­ formato, que como Anexo Nº 01 forma parte integrante de la presente Ordenanza. Articulo 13º.- Sanciones. El incumplimiento por parte de la empresa a cualquiera de las obligaciones descritas en la presente ordenanza, acarreara la aplicacion de

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