Norma Legal Oficial del día 11 de diciembre del año 2009 (11/12/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 84

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CAPITULO II

NORMAS LEGALES
DESARROLLO DE LA ACTIVIDAD ECONOMICA EN LA VIA PUBLICA

El Peruano MORDAZA, viernes 11 de diciembre de 2009

de la Ley General de Salud, que otorgara la Gerencia Central de Servicios a la MORDAZA a traves de la Gerencia de Medio Ambiente. A fin de asegurar que el conductor tenga conocimiento acerca de la normatividad contenida en los dispositivos que a continuacion se detallan: a. Ley 26842, Ley General de Salud. b. Decreto Supremo Nº 007-98-SA, Reglamento sobre vigilancia y control sanitario de alimentos y bebidas. CAPITULO III DESARROLLO DE LA ACTIVIDAD ECONOMICA EN EL INMUEBLE QUE SE HABITA Articulo 7º.- Venta al por menor de ropa y articulos del hogar de MORDAZA mano. Condiciones para su desarrollo: a. De encontrarse en edificio, presentar documento que contenga el consentimiento unanime de los residentes del mismo. b. Periodo: solo siete (07) dias al ano c. Costo del tramite: Gratuito d. Ubicacion: en cualquier area de la unidad inmobiliaria Articulo 8º.- Venta Temporada de Verano. Condiciones para su desarrollo: a. Presentar documento que contenga el consentimiento unanime de los vecinos (frente y costados de toda la cuadra, de estar en esquina sera respecto a MORDAZA cuadras de ambos lados). b. Presentar el certificado de seguridad expedido por Defensa Civil. c. Giro: a ser evaluado por la Gerencia Central de Rentas. d. Periodo: de Enero a Marzo, todos los dias. e. Costo del Tramite: monto establecido en la Ordenanza Nº 001-2008-MDLP/ALC, respecto al Procedimiento Nº 7 correspondiente a la Gerencia Central de Rentas. f. Ubicacion: en areas accesorias a la unidad inmobiliaria, tales como cochera y similares. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Primera.- Comision de Regidores: Conformese la Comision de Promocion de la Actividad Economica Local, integrada por dos (02) representantes del Concejo Municipal quienes fiscalizaran las actividades desarrolladas por la Comision Calificadora de Emprendedores. Segunda.- Por razones de caso fortuito, fuerza mayor, ejecucion de obras o actividades que realice la Municipalidad, podran variar provisionalmente las ubicaciones autorizadas en virtud de la presente Ordenanza. Asimismo, mediante Decreto de Alcaldia se podran emitir las disposiciones complementarias necesarias para la implementacion de la presente norma. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Primera.- Luego de evaluada la coexistencia de los regimenes de comercio ambulatorio y de promocion y venta de productos, la Comision Calificadora de Emprendedores propondra en el plazo de ciento ochenta (180) dias el respectivo Reglamento. Segunda.- A los montos fijados por concepto de Autorizaciones y aquellos que correspondan al Desarrollo de la Actividad Economica en la Via Publica, se les aplicara un descuento del treinta por ciento (30%), exonerandoseles del derecho de pago para la obtencion del certificado domiciliario, como medio de promocion al desarrollo de la actividad economica dispuesta en la presente Ordenanza. Tercera.- En virtud a lo dispuesto en la Primera Disposicion Complementaria de la Ordenanza 012-2008 MDLP/ALC y considerando los alcances de la presente ordenanza, queda suspendido el plazo de atencion previsto en el MORDAZA vigente para la evaluacion de la solicitud sobre autorizacion temporal para uso de la via publica por comercio ambulatorio. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. MORDAZA DUHARTE GADEA MORDAZA 433252-1

Articulo 3º.- Requisitos: para obtener la Autorizacion Municipal Temporal para la actividad de Promocion y Venta se debera presentar: a. Solicitud dirigida al Gerente Central de Rentas, precisando: giro, horario y periodo de duracion. b. Toma fotografica o dibujo que muestre el diseno y dimensiones del modulo que se propone. c. Detalle de la composicion del modulo (tipo de material). d. Croquis de ubicacion. e. Foto del emprendedor. f. Comprobante de pago, segun el monto establecido en la Ordenanza Nº 001-2008-MDLP/ALC, respecto al procedimiento denominado "Autorizacion Temporal para Uso de la Via Publica por Comercio Ambulatorio". Articulo 4º.- Procedimiento 4.1 El emprendedor debera presentar ante el Area de Tramite Documentario la solicitud con los requisitos indicados en el articulo precedente, cuyo personal la derivara a la Gerencia Central de Rentas quien emitira un informe precisando la situacion comercial de la MORDAZA involucrada. 4.2 La referida solicitud conjuntamente con el informe son derivados a la Comision Calificadora de Emprendedores quien evaluara los siguientes aspectos: - Giro, horario y periodo de duracion. - Diseno y dimensiones del modulo que se propone - Detalle de la composicion del modulo (tipo de material). - Croquis de ubicacion. 4.3 De formularse alguna observacion, la Comision requerira por escrito al Emprendedor su subsanacion en un plazo de tres (03) dias habiles. 4.4 La Comision emitira, en un plazo que no excedera los ocho (08) dias, un Dictamen determinando la procedencia o improcedencia de la solicitud presentada, remitiendo el Acta de Sesion y los actuados a la Gerencia Central de Rentas quien emitira la autorizacion municipal temporal correspondiente con MORDAZA a la Gerencia Central de Servicios a la MORDAZA y a la Gerencia Central de Desarrollo Local. Articulo 5º.Comision Calificadora de Emprendedores: es la encargada de decidir la procedencia o no de la solicitud. Dicha Comision se encuentra integrada por: - 01 Representante de la Gerencia Central de Desarrollo Local ­ Presidente. - 01 Representante de la Gerencia Central de Rentas ­ Secretario Tecnico. - 05 Representantes del Directorio Punteno Miembro. Articulo 6º.- Obligaciones de los Emprendedores: 6.1 Obtener la respectiva autorizacion municipal temporal valida por un ano. 6.2 Mantener el mobiliario en adecuadas y optimas condiciones de higiene. 6.3 Desarrollar unica y exclusivamente la actividad asignada. 6.4 Mantener en estrictas condiciones de higiene las zonas aledanas al local que se conduce. 6.5 Usar la indumentaria segun las caracteristicas establecidas por la Municipalidad, de acuerdo a la actividad a desarrollar. 6.6 Pagar puntualmente la mensualidad correspondiente a la actividad de promocion y venta de sus productos en la via publica, considerando para tales efectos el asignado al Giro Nº 1 de la Ordenanza Nº 0252006-MDLP/ALC y sus modificatorias. 6.7 De ser el caso, retirar el modulo al termino de la jornada y/o al vencimiento de la autorizacion. En los casos que corresponda, el Emprendedor debera obtener el Certificado de Asistencia a las charlas sobre control sanitario de alimentos y bebidas, y sobre los alcances

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