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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 11 de diciembre de 2009 407703 ACUERDO: Condecorar con la MEDALLA CÍVICA de la “ORDEN SANTIAGO APÓSTOL” con ocasión del 80º Aniversario de Creación de Distrito de Santiago de Surco, al joven: CÉSAR CUENCA LUCERO En reconocimiento a su destacada participación en Olimpiadas de Matemáticas a nivel mundial, obteniendo desde el año 2005 medallas de oro y plata en importantes campeonatos desarrollados en Argentina, Chile, Uruguay, Brasil, España y Alemania. Mando se registre, publique y cumpla. JUAN MANUEL DEL MAR ESTREMADOYRO Alcalde 433613-7 ACUERDO DE CONCEJO Nº 131-2009-ACSS Santiago de Surco, 9 de diciembre de 2009 EL ALCALDE DE SANTIAGO DE SURCO VISTO: En Sesión Extraordinaria de Concejo de la fecha, el Dictamen Nº 002-2009, de la Comisión Especial de la “Orden Santiago Apóstol” de la Municipalidad de Santiago de Surco; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 96-96-ACSS, del 11 de julio de 1996, se crea la Condecoración “Orden Santiago Apóstol” de la Municipalidad de Santiago de Surco; Que, mediante Decreto de Alcaldía Nº 07-2000-MSS publicado el 17 de diciembre del 2000, se aprobó el Texto Único del Reglamento de la Condecoración “Orden Santiago Apóstol” el mismo que fue modifi cado por los Decretos de Alcaldía Nºs. 07-2004 y 17-2007-MSS; Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 05-2009-ACSS se designa la Comisión Especial de la “Orden Santiago Apóstol” para el Año 2009; Estando al Dictamen Nº 002-2009, la Comisión Especial de la “Orden Santiago Apóstol” y de conformidad con lo dispuesto por Decreto de Alcaldía Nº 007-2000- MSS, modifi cado por los Decretos de Alcaldía Nºs. 07-2004 y 17-2007-MSS, el Concejo Municipal luego de evaluar las propuestas, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, adoptó el siguiente: ACUERDO: Condecorar con la MEDALLA CÍVICA de la “ORDEN SANTIAGO APÓSTOL” con ocasión del 80º Aniversario de Creación de Distrito de Santiago de Surco, a don: LUÍS FERNÁN BEDOYA REYES Fue miembro del Partido Demócrata Cristiano, que en 1963, en alianza con Acción Popular ganan las elecciones presidenciales y es nombrado Ministro de Justicia. Ese mismo año es elegido Alcalde de Lima, dedicándose a su modernización, imponiendo un nuevo concepto en la gerencia municipal. Su mayor obra fue la culminación de la Vía Expresa del Paseo de la República. Luego Funda el Partido Popular Cristiano, es miembro de la Alianza Unidad Nacional. Actualmente es Consultor del Estudio Bedoya Abogados y ejerce el cargo de Presidente Fundador del PPC. Mando se registre, publique y cumpla. JUAN MANUEL DEL MAR ESTREMADOYRO Alcalde 433613-8 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO Aprueban la creación del Fondo para la Reposición y Renovación del Parque Automotor del Servicio de Transporte Público Regular de Pasajeros de la Provincia Constitucional del Callao ORDENANZA MUNICIPAL Nº 000062 Callao, 4 de diciembre de 2009 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO POR CUANTO: El Concejo Municipal Provincial del Callao, en Sesión de fecha 4 de diciembre de 2009; aprobó la siguiente: Ordenanza Municipal: CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, en su artículo Nº 9 inciso 8) establece, que es atribución del Concejo Municipal la de aprobar, modifi car, o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos; asimismo, su artículo 81 dentro del marco de las competencias y funciones específi cas establecidas en los numerales 1.1 y 1.2 establece que el rol de las municipalidades provinciales comprende normar, regular y planifi car el transporte terrestre, fl uvial y lacustre a nivel provincial, así como también, normar y regular el servicio público de transporte terrestre urbano e interurbano de su jurisdicción, de conformidad con las leyes y reglamentos nacionales sobre la materia; Que, mediante Decreto Supremo Nº 017-2009-MTC, se aprueba el Reglamento Nacional de Administración de Transporte, cuyo artículo 11 establece que las Municipalidades Provinciales en materia de transporte terrestre cuentan con las competencias previstas en este Reglamento, encontrándose facultadas, además, para dictar normas complementarias aplicables a su jurisdicción, sujetándose a los criterios previstos en la Ley, al referido Reglamento y a los demás reglamentos nacionales; Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 000040-2009 de fecha 14 de Agosto del 2009 se aprobó el Reglamento del Servicio de Transporte Público Regular de Pasajeros en la Provincia Constitucional del Callao; Que, es propósito de la Municipalidad Provincial del Callao establecer mecanismos técnicos- legales que permitan mejorar la calidad del servicio de transporte público para la Provincia Constitucional del Callao; buscando de esta manera asegurar la renovación de las unidades de transporte público a cargo de las empresas de transporte operadoras del servicio, permitiendo así que los procesos de concesión de rutas masivas sea efi ciente y sostenible en el largo plazo; Que, en la sesión de la fecha se adoptó el Acuerdo de Concejo Nº 000285-2009, el mismo que aprobó la Ordenanza Municipal que aprueba la creación del fondo para la renovación del parque automotor del servicio de transporte público regular de pasajeros de la Provincia Constitucional del Callao, el cual tiene como antecedentes el Informe Nº 685-2009-MPC/GGTU-SGCAT, la Sub Gerencia General de Coordinación y Apoyo de Transporte, dependiente de la Gerencia General de Transporte Urbano, asimismo, el Memorando Nº 1371-2009-MPC/GGPPR de la Gerencia General de Planeamiento, Presupuesto y