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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 11 de diciembre de 2009 407690 Declaran que la Universidad Católica San Pablo ha cumplido con lo previsto en el inciso e) del artículo 92º de la Ley Universitaria Nº 23733, respecto a la creación y organización de la Maestría en Administración del Turismo COMISIÓN DE COORDINACIÓN INTERUNIVERSITARIA RESOLUCIÓN Nº 1277-2009-ANR Lima, 23 de noviembre de 2009 EL PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES VISTOS: La carta Nº 277-2009.R.UCSP de fecha 4 de junio de 2009, del Rector de la Universidad Católica San Pablo, informe Nº 102-2009-DGDAC de fecha 21 de septiembre de 2009 y memorando Nº 990-2009-SE de fecha 30 de octubre de 2009; y, CONSIDERANDO: Que, con Resolución Nº 126-2008-ANR de fecha 15 de febrero de 2008, la Asamblea Nacional de Rectores autoriza el funcionamiento de la Escuela de Posgrado en la Universidad Católica San Pablo, con sede en la ciudad de Arequipa, precisando que la creación de nuevos programas de maestrías y doctorado, requieren la coordinación previa e indispensable con los órganos técnicos de la Asamblea Nacional de Rectores; Que, mediante carta Nº 277-2009.R.UCSP de fecha 4 de junio de 2009, el Rector de la Universidad Católica San Pablo, hace de conocimiento que en Sesión de Consejo Superior de fecha 19 de mayo del año en curso, se aprobó la creación de la Maestría en Administración del Turismo en la Escuela de Posgrado, a propuesta del Consejo Universitario de dicha universidad, remitiendo copia notarial del acta de sesión de Consejo Superior, así como el Plan Curricular de la citada maestría, dando cumplimiento a lo previsto en el primer considerando; Que, del informe Nº 102-2009-DGDAC de la Dirección General de Desarrollo Académico y Capacitación de la Institución, se desprende que la creación de la Maestría en Administración del Turismo de la Universidad Católica San Pablo y currículo respectivo, cumplen con los requisitos académicos y formales para su desarrollo, conforme a la Ley Universitaria Nº 23733, proponiendo expedir la correspondiente resolución; Que, mediante memorando de vistos, el Secretario Ejecutivo dispone la elaboración de una resolución, de acuerdo al anteproyecto presentado por la Dirección General de Desarrollo Académico, sobre la creación y organización de la Maestría en Administración del Turismo de la Universidad Católica San Pablo, Arequipa, en aplicación de lo previsto en el inciso e) del artículo 92º de la Ley Universitaria; Estando a la autorización de la Alta Dirección; En uso de las atribuciones conferidas al Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores, en virtud de la Ley Universitaria Nº 23733 y del Reglamento General de la Comisión de Coordinación Interuniversitaria; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar que la Universidad Católica San Pablo, ha cumplido con lo previsto en el inciso e) del artículo 92º de la Ley Universitaria Nº 23733, respecto a la creación y organización de la Maestría en Administración del Turismo, en su Escuela de Posgrado, quedando en consecuencia aprobada para su funcionamiento. Artículo 2º.- Publíquese la presente resolución en el Diario Ofi cial El Peruano y en la página Web de la Asamblea Nacional de Rectores. Regístrese y comuníquese. ELIO IVÁN RODRÍGUEZ CHÁVEZ Rector de la Universidad Ricardo Palma y Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores RAÚL MARTÍN VIDAL CORONADO Secretario General de la Asamblea Nacional de Rectores 433372-2 Declaran que la Universidad Tecnológica del Perú ha cumplido con lo previsto en el inciso e) del artículo 92º de la Ley Universitaria Nº 23733, respecto a la creación y organización de programas de maestría COMISIÓN DE COORDINACIÓN INTERUNIVERSITARIA RESOLUCIÓN Nº 1279-2009-ANR Lima, 23 de noviembre de 2009 EL PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES VISTOS: La carta Nº 133/FITT/2009-II de fecha 19 de octubre de 2009 del Rector de la Universidad Tecnológica del Perú, informe Nº 110-2009-DGDAC de fecha 28 de octubre de 2009 y memorando Nº 1021-2009-SE de fecha 05 de noviembre de 2009, y; CONSIDERANDO: Que, con Resolución Nº 1080-2008-ANR de fecha 5 de diciembre del año 2008, se aprueba la creación y funcionamiento de la Escuela de Posgrado de la Universidad Tecnológica del Perú, con sede en la ciudad de Lima, precisando en su artículo segundo, que la creación y funcionamiento de nuevos programas de maestrías y doctorado en la citada Escuela de Posgrado, requieren de la coordinación previa e indispensable con la Asamblea Nacional de Rectores; Que, el Rector de la Universidad Tecnológica del Perú, mediante carta de vistos, hace llegar los proyectos de creación y organización de los siguientes Programas de Maestría, dando cumplimiento a lo previsto en el considerando anterior: • Maestría en Ingeniería de Seguridad Informática • Maestría en Ingeniería de Telecomunicaciones y Networking • Maestría en Edumática y Docencia Universitaria Que, mediante el informe de vistos, la Dirección General de Desarrollo Académico, luego de haber examinado la documentación sobre el estudio de factibilidad, objetivos, así como el plan de estudios, sumillas de las asignaturas, personal docente, descripción y proceso de implementación de la respectiva infraestructura a los requerimientos tecnológicos: biblioteca, hemeroteca, laboratorios básicos y especializados de la Escuela de Posgrado de la Universidad Tecnológica del Perú; expresa que las maestrías propuestas por la Escuela de Posgrado de la citada universidad, cumplen con los requisitos académicos necesarios para su funcionamiento, y propone expedir la resolución correspondiente; Que, mediante memorando de vistos, el Secretario Ejecutivo dispone la elaboración de una resolución, de acuerdo al anteproyecto presentado por la Dirección General de Desarrollo Académico, sobre la creación de los programas de Maestría en la Escuela de Posgrado de la Universidad Tecnológica del Perú, con sede en la ciudad de Lima, en aplicación de lo previsto en el inciso e) del artículo 92º de la Ley Universitaria Nº 23733; Estando a lo autorizado por la Alta Dirección; y En uso de las atribuciones conferidas al Presidente