Norma Legal Oficial del día 11 de diciembre del año 2009 (11/12/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 74

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 11 de diciembre de 2009

Politicas Locales, tomo 10, partida electronica numero 38, y registrese la inscripcion en el asiento numero 1. Articulo Tercero.- Tengase acreditados como personero legal titular y alterno a los ciudadanos: MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA de Pena, respectivamente. Registrese y notifiquese. MORDAZA MORDAZA PATRON Director del Registro de Organizaciones Politicas MORDAZA Nacional de Elecciones 433053-1

MINISTERIO PUBLICO
Exoneran de MORDAZA de seleccion la adquisicion de inmueble ubicado en el Cercado de MORDAZA
RESOLUCION DE LA FISCALIA DE LA NACION Nº 1789-2009-MP-FN MORDAZA, 9 de diciembre de 2009 VISTO: El Oficio Nº 1294-2009-MP-FN-GG, de la Gerencia General del Ministerio Publico, por el cual se solicita la exoneracion del MORDAZA de seleccion correspondiente a la Adquisicion de un Inmueble ubicado en MORDAZA Miro MORDAZA Nº 220, 250 y 260 Distrito de Cercado de MORDAZA, por la causal de bien que no admite sustituto, y; CONSIDERANDO: Que, para el cabal desempeno de las funciones propias que viene ejecutando el Ministerio Publico, en uso de las facultades previstas por el articulo 159° de la Constitucion Politica y su Ley Organica, aprobada por Decreto Legislativo N° 052, es necesario la adquisicion de un inmueble que pueda cubrir los requerimientos de la primera etapa de la Implementacion del MORDAZA Codigo Procesal Penal del Distrito Judicial de MORDAZA, tal como consta en el requerimiento efectuado por la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Judicial de MORDAZA, a traves del Oficio N° 11709-2009-MP-FN-PJFSL, de fecha 12 de octubre de 2009; Que, obra en autos que, la Gerencia de Operaciones de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, mediante Oficio N° 10030-2008/SBN-GO, de fecha 14 de octubre de 2008, ha informado que no ha sido posible encontrar predios de propiedad del Estado de libre disponibilidad que cumplan con las caracteristicas requeridas por el Ministerio Publico para nuevas sedes Fiscales en el distrito de Cercado de MORDAZA y Brena; Que, la Gerencia de Abastecimiento, organo de linea de la Gerencia Central de Logistica, a traves del Memorandum N° 1289-2009-MP-FN-GG-GECLOG-GEA, remite el Cuadro Comparativo para la determinacion de precios referenciales y el Resumen Ejecutivo como resultado del estudio de posibilidades que ofrece el MORDAZA, determinandose un valor referencial en S/. 11'800,000.00 (Once Millones Ochocientos Mil y 00/100 Nuevos Soles); Que, evaluadas las indagaciones de las posibilidades que ofrece el MORDAZA, por la Gerencia Central de Logistica, en lo que respecta a la provision de la mencionada adquisicion, en el MORDAZA inmobiliario correspondiente, se ha obtenido informacion en el sentido de que solamente existe en la localidad de MORDAZA, del Distrito Judicial del mismo nombre, un unico inmueble que reune las caracteristicas tecnicas minimas, previstas para el normal funcionamiento de los citados despachos fiscales, el mismo que se encuentra ubicado en MORDAZA Miro MORDAZA Nº 220, 250 y 260 Distrito del Cercado de MORDAZA, predio que es propiedad de la empresa A Y F WIESE S.A, inscrita en las partidas electronicas Nºs 40395849, 40395857; 40395865, 40395881, 40395903, 40395911, 40395946, 40395954, 40385118;

Que, la Oficina Central de Planificacion y Presupuesto con el Memorando N° 981-2009-MP-FN-GG-OCPLAP/02 de fecha 15 octubre de 2009, emite opinion favorable sobre la Factibilidad Presupuestal solicitada para la "Adquisicion de Local para la Instalacion de Fiscalias Civiles y la Implementacion del MORDAZA Codigo Procesal Penal del Distrito Judicial de Lima" por S/.14'450,000.00 con cargo a las MORDAZA de financiamiento: 1. Rubro 00: Recursos Ordinarios y Fuente de Financiamiento 2. Recursos Directamente Recaudados; Que, con el Informe Nº 146-2009-MP-FN-GECLOG, de fecha 03 de diciembre de 2009, la Gerencia Central de Logistica manifiesta que, en razon de la necesidad del Ministerio Publico de contar con un inmueble que reuna las condiciones requeridas por la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Judicial de MORDAZA, consistentes en area de terreno mayor a 2000 m2, area construida mayor a 8,000 m2, con mas de ocho pisos, que posea un area para estacionamiento mayor a los 3,400.00 m2 y que se encuentre ubicado a una distancia no mayor de 400 metros respecto de la Sede Principal del Ministerio Publico, y, al haberse agotado la busqueda de otro inmueble con similares caracteristicas, resulta necesaria la adquisicion de dicha propiedad, por ser la unica en el MORDAZA nacional, que reune los requisitos del caso, siendo su propietario el unico que puede ofertar en venta el indicado inmueble, por lo que se debe de exonerar del MORDAZA de seleccion correspondiente la mencionada adquisicion; Que, el expediente de contratacion de la referida adquisicion, fue aprobado mediante Memorando N° 910-2009-MP-FN-GG, de fecha 03 de diciembre de 2009, por un valor referencial ascendente de S/. 11'800,000.00 (Once Millones Ochocientos Mil y 00/100 Nuevos Soles); Que, los criterios basicos que permiten verificar si efectivamente el bien o servicio es insustituible son que el bien o servicio requerido ­cuyas caracteristicas han sido previamente identificadas- no encuentra ningun equivalente en el MORDAZA o, en el caso que exista un bien o servicio equivalente, la complejidad de la necesidad producida hace que dicha necesidad no pueda ser satisfecha por ningun otro bien o servicio semejante y que exista un solo proveedor que pueda ofrecer ese bien o servicio; Que, tratandose de adquisiciones de bienes que no admiten sustituto, carece de objeto la convocatoria a una pluralidad de proveedores, toda vez que solo uno podra ofertar el bien que cumpla con las especificaciones de la Entidad, tal como lo establece el articulo 131° del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado aprobado por Decreto Supremo N° 184-2008-EF; Que, mediante Ley Nº 29330 de fecha 18 de marzo de 2009, se autoriza al Ministerio Publico la adquisicion y construccion de inmuebles para sedes institucionales, exceptuandose para tal efecto de las limitaciones dispuestas por los numerales 8.1. literal c y 9.6 de los articulos 8º y 9º de la Ley 29289, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2009, con sujecion estricta a los montos autorizados en las respectivas genericas de gasto y con cargo a su propio presupuesto; Que, la Oficina de Asesoria Juridica mediante Informe N° 1802-2009-MP-FN-OAJ, de fecha 04 de diciembre de 2009 manifiesta que, teniendo en cuenta los Informes Tecnicos, se aprecia que el inmueble citado cumple con los requisitos establecidos en el articulo 20°, inciso e) de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Legislativo N° 1017 y articulo 131° de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 184-2008-EF, por lo que procede la exoneracion del MORDAZA de seleccion pertinente; Con las visaciones de la Gerencia General, de la Gerencia Central de Logistica, de la Oficina Central de Planificacion y Presupuesto y de la Oficina de Asesoria Juridica, y; De conformidad con lo dispuesto en los articulos 20°, inciso e) y 21° de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Legislativo 1017 y los articulos 131° y 135° de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 184-2008-EF; En uso de las atribuciones conferidas por el articulo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Organica del Ministerio Publico;

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