Norma Legal Oficial del día 11 de diciembre del año 2009 (11/12/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 83

El Peruano MORDAZA, viernes 11 de diciembre de 2009

NORMAS LEGALES

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una sancion pecuniaria en primer lugar, y si su conducta resulta ser reincidente sera considerada como infraccion a las condiciones de acceso y permanencia del servicio, prevista en la Ordenanza Municipal Nº 000040 de fecha 14 de Agosto del 2009 que aprueba el Reglamento del Servicio de Transporte Publico Regular de Pasajeros en la Provincia Constitucional del Callao. Articulo 14º.- Control sobre las empresas. La Municipalidad Provincial del Callao a traves de la Gerencia General de Transporte MORDAZA verificara el cumplimiento de las obligaciones segun lo dispuesto en la presente ordenanza, para lo cual podra solicitar los informes que estime pertinentes. Cada empresa certificara semestralmente los pagos efectuados al Fondo, por medio de una comunicacion escrita y dirigida a la Gerencia General de Transporte urbano. DISPOSICIONES FINALES Primera.- Publicase la presente Ordenanza Municipal en el Diario Oficial El Peruano y encargase a la Gerencia de Informatica la publicacion de la referida Ordenanza Municipal en el MORDAZA Institucional www.municallao.gob. pe. Segunda.- Encargase a la Gerencia Municipal y a la Gerencia General de Transporte MORDAZA, el cumplimiento de la presente Ordenanza. Tercera.- La presente Ordenanza Municipal entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO: Mando se publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA del Callao 433551-1

MUNICIPALIDAD DE LA PUNTA
Aprueban disposiciones para la promocion empresarial y el desarrollo economico local en el distrito de La Punta
ORDENANZA Nº 013-2009-MDLP/ALC La Punta, 26 de noviembre de 2009 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA PUNTA; EL CONCEJO DISTRITAL DE LA PUNTA VISTO: El Informe Nº 066-2009-MDLP/GCR de fecha 24/11/2009 mediante el cual la Gerencia Central de Rentas propone mecanismos para la promocion empresarial y el desarrollo economico del Distrito, el Informe Nº 380-2009MDLP/OAJ de fecha 25/11/2009; y, CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, las Municipalidades gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, precepto constitucional con el que concuerda el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; radicando dicha autonomia en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico; Que, es finalidad de los gobiernos locales representar al vecindario, promover el desarrollo integral, sostenible y armonico de su circunscripcion asi como el desarrollo economico local, con incidencia en la micro y pequena empresa; haciendo asi viable el crecimiento economico, la justicia social y la sostenibilidad ambiental, de

conformidad a lo dispuesto en los articulos IV, VI y X del Titulo Preliminar de la referida Ley; Que, en ese sentido; de conformidad a lo previsto en los articulos 73º y siguientes de la Ley 27972, dentro de las competencias y funciones especificas de los gobiernos locales se encuentra la promocion del desarrollo economico local, la misma que entre otras acciones comprende la de ejecutar actividades de apoyo directo e indirecto a la actividad empresarial en su jurisdiccion sobre informacion, capacitacion, acceso a mercados, tecnologia, financiamiento, y otros MORDAZA, a fin de mejorar la competitividad; asi como promover las condiciones favorables para la productividad y competitividad de las zonas urbanas y rurales del distrito; Que, de acuerdo a la Ley de Promocion y Formalizacion de la Micro y Pequena Empresa, Ley 28015, constituye su objeto la promocion de la competitividad, formalizacion y desarrollo de las micro y pequenas empresas a fin de incrementar el empleo sostenible, su productividad asi como su rentabilidad; asi, establece que en materia de promocion de las MYPE la accion del Estado se orienta a fomentar el MORDAZA emprendedor y creativo de la poblacion y promover la iniciativa e inversion privada a traves de su intervencion en aquellas actividades en las que resulte necesario complementar las acciones que lleva a cabo el sector privado en apoyo a las MYPE; Que, en ese sentido, la Entidad considera necesario apoyar la iniciativa empresarial en primera instancia a traves de la ubicacion de modulos en zonas estrategicas del Distrito de La Punta a fin de propiciar el desarrollo de la actividad comercial y empresarial en MORDAZA con su entorno ambiental; Que, tal como se menciono anteriormente, constituye objetivo primordial promover el desarrollo economico local del Distrito con incidencia en la micro y pequena empresa; motivo por el cual, mediante la presente ordenanza se disponen lineamientos generales que buscaran la posterior implementacion de un reglamento que impulse el desarrollo economico local del Distrito; Estando a lo expuesto, con la visacion de la Gerencia Central de Rentas, de la Oficina de Asesoria Juridica y de la Gerencia Central de Desarrollo Local; y en ejercicio de las facultades conferidas al Concejo Municipal con el MORDAZA Unanime de sus miembros se expide la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA DISPOSICIONES PARA LA PROMOCION EMPRESARIAL Y EL DESARROLLO ECONOMICO LOCAL EN EL DISTRITO DE LA PUNTA CAPITULO I GENERALIDADES Articulo 1º.- Mediante la presente Ordenanza se dictan disposiciones que crean mecanismos para el desarrollo economico local a traves de la promocion empresarial en el Distrito de La Punta, enfocado a los vecinos de este Distrito con interes en el desarrollo de la actividad comercial en zonas estrategicas de esta comunidad. Articulo 2º.- Para los efectos de la presente Ordenanza deben considerarse los siguientes conceptos: a. Promocion del desarrollo economico local: Ejecucion de actividades de apoyo directo e indirecto a la actividad empresarial, asi como la promocion de las condiciones favorables para la productividad y competitividad en el distrito. b. Emprendedor: Persona natural con residencia en el Distrito de La Punta, con interes en desarrollar una actividad economica. La condicion de residente se verifica a traves del Certificado Domiciliario otorgado por la Municipalidad. c. Modulos: Mobiliario mediante los cuales el Emprendedor desarrolla la actividad economica de su interes. Su diseno, composicion y ubicacion sera evaluado por la Comision Calificadora de Emprendedores. d. Giro: Actividad a desarrollarse por el Emprendedor en los modulos autorizados por la Municipalidad. e. Autorizacion Municipal Temporal: Acto administrativo mediante el cual se autoriza al Emprendedor a realizar la actividad de promocion y venta por un periodo MORDAZA de un (01) ano.

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