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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 15 de diciembre de 2009 407877 Aprueban Ordenanza que regula la Autorización e Instalación de Módulos para la venta de productos y prestación de servicios en áreas de uso público de la Municipalidad ORDENANZA Nº 0196-2009-MDI Independencia, 30 de noviembre de 2009 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE INDEPENDENCIA POR CUANTO: EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE INDEPENDENCIA VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, el Informe Nº 117-2009-GDEL-MDI de la Gerencia de Desarrollo Económico Local y que contiene el proyecto de Ordenanza que regula la Autorización e Instalación de Módulos para la venta de Productos y Prestación de Servicios en la Vía Pública y el Dictamen Nº 04-XI-2009/CDELYC/MDI de la Comisión de Desarrollo Económico Local y Cooperación Internacional; y, CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, según Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, la Municipalidad es un Órgano de gobierno con autonomía política, económica y administrativa, en los asuntos de su competencia en concordancia con el artículo segundo del Título preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972 Que, el artículo 2º de la Constitución Política del Perú, señala que toda persona tiene derecho a trabajar libremente con sujeción a ley; asimismo el artículo 23º en su segundo párrafo señala que el Estado promueve condiciones para el progreso social y económico en especial mediante políticas de fomento del empleo productivo y de educación para el trabajo; Que, la Ley Orgánica de Municipalidades, en su artículo 83º , numeral 3, sub numeral 3.2 señala como una de las funciones específi cas exclusivas de las Municipalidades Distritales es regular y controlar el comercio ambulatorio, de acuerdo a las normas establecidas por la Municipalidad Provincial; Que, mediante informe Nº 1184-2009-DCDC/GDEL/ MDI de la División de Comercialización y Defensa del Consumidor de fecha 13 de noviembre de 2009; Con el voto aprobatorio Unánime de los señores Regidores y con la dispensa de la lectura y aprobación del Acta, con las modifi caciones expuestas, el Concejo Municipal de la Municipalidad Distrital de Independencia, en uso de las facultades conferidas por la Constitución Política del Perú; la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972 y estando a las consideraciones expuestas: APROBO LO SIGUIENTE: Artículo Primero.- Apruébese la Ordenanza que regula la Autorización e Instalación de Módulos para la venta de productos y prestación de servicios en áreas de uso público de la Municipalidad Distrital de Independencia, la misma que consta de 28 artículos, 04 disposiciones transitorias y 06 disposiciones fi nales. Artículo Segundo.- Encargar el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia de Gestión Ambiental y Servicios Públicos, Gerencia de Desarrollo Económico Local y la Gerencia de Gestión Urbana. Artículo Tercero.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y cúmplase. REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE DECLARACIONES JURADAS Se comunica a los organismos públicos que, para efecto de la publicación en la Separata Especial de Declaraciones Juradas de Funcionarios y Servidores Públicos del Estado, se deberá tomar en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicación se efectuará mediante ofi cio dirigido al Director del Diario Ofi cial El Peruano y las declaraciones juradas deberán entregarse selladas y rubricadas en original por un funcionario de la entidad solicitante. 2. La publicación se realizará de acuerdo al orden de recepción del material y la disponibilidad de espacio que hubiere en las diversas secciones del diario. 3. La documentación a publicar se enviará además en archivo electrónico (diskette o cd) y/o al correo electrónico: dj@editoraperu.com.pe, precisando en la solicitud que el contenido de la versión electrónica es idéntico al del material impreso que se adjunta; de no existir esta identidad el cliente asumirá la responsabilidad del texto publicado y del costo de la nueva publicación o de la Fe de Erratas a publicarse. 4. Las declaraciones juradas deberán trabajarse en Excel. Si se hubiere utilizado el formato de la Sección Segunda aprobada por Decreto Supremo Nº 080-2001-PCM, se presentará en dos columnas, una línea por celda. 5. La información se guardará en una sola hoja de cálculo, colocándose una declaración jurada debajo de otra. LA DIRECCIÓN DIARIO OFICIAL