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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 30 de diciembre de 2009 409402 TABLA 3 MONTO UNITARIO PARA EL CALCULO DEL ARBITRIO MENSUAL POR RECOLECCIÓN DOMICILIARIA DE RESIDUOS SÓLIDOS PARA PREDIOS DISTINTOS A CASA HABITACIÓN 2010 En Nuevos Soles por Metro Cuadrado de construcción USO DEL PREDIO FRECUENCIA 7 VECES A LA SEMANA FRECUENCIA 6 VECES A LA SEMANA FRECUENCIA 3 VECES A LA SEMANA FRECUENCIA 1 VEZ A LA SEMANA 1 Restaurante 0,233 0,200 0,100 0,033 2 Instituciones Educativas y Públicas 0,055 0,048 0,024 0,008 3 Industria 0,157 0,135 0,067 0,022 4 Bancos, Financieras y Similares 0,269 0,000 0,000 0,000 5 Comercio y Servicios No comprendidos 0,093 0,080 0,040 0,013 Artículo 15º.- DISTRIBUCIÓN DEL COSTO DEL SERVICIO DE PARQUES Y ÁREAS VERDES Y CALCULO DEL ARBITRIO El costo total del servicio de parques y áreas verdes se distribuye entre los predios y/o unidades catastrales, aplicando categorías asociadas a la cercanía del predio respecto a las áreas verdes cuya organización y mantenimiento compete a la Municipalidad. La distribución del costo del servicio a cada categoría se realiza ponderando los benefi cios reales y potenciales que ofrecen las áreas verdes a cada segmento o categoría de predios. En aplicación a este criterio, el Arbitrio de Parques y Áreas Verdes se calcula y determina aplicando la tabla siguiente: TABLA 4 ARBITRIO MENSUAL POR EL SERVICIO DE PARQUES Y ÁREAS VERDES 2010 CÓDIGO UBICACIÓN DEL PREDIO ARBITRIO MENSUAL 1 Frente a Parque, Plaza o Alameda 6,726 2 Hasta 40 mts de Parque, Plaza o Alameda 5,979 3 Frente a Boulevard o Berma 5,231 4 Cerca a Boulevard o Berma 4,484 5 Ninguna opción anterior 2,242 Artículo 16º.- DISTRIBUCIÓN DEL COSTO DEL SERVICIO DE SERENAZGO Y CALCULO DEL ARBITRIO El Arbitrio de Serenazgo se obtiene distribuyendo el costo total del servicio en función a la ubicación del predio y/o unidad catastral y el factor de ponderación de la actividad desarrollada, conforme a la tabla siguiente: TABLA 5 ARBITRIO MENSUAL DE SERENAZGO 2010 Monto en Soles Mensuales por predio USO ZONA 1 ZONA 2 ZONA 3 ZONA 4 CASA HABITACIÓN 1,75 4,55 1,81 3,09 RESTAURANTE 6,30 16,38 6,53 11,14 INSTITUCIONES EDUCATIVAS Y PUBLICAS 11,19 29,12 11,61 19,81 GRIFOS MECÁNICAS Y AFINES 13,99 36,40 14,51 24,76 INDUSTRIA 9,09 23,66 9,43 16,09 BARES, NIGHT CLUB, DISCOTECA, LICORERÍA Y AFINES 21,68 56,42 22,49 38,38 BANCOS FINANCIEROS Y SIMILARES 0,00 34,58 0,00 0,00 COMERCIO Y SERVICIOS NO COMPRENDIDOS-PEQUEÑOS 1,40 3,64 1,45 2,48 COMERCIO Y SERVICIOS NO COMPRENDIDOS-MEDIANOS 3,50 9,10 3,63 6,19 COMERCIO Y SERVICIOS NO COMPRENDIDOS-GRANDES 8,04 20,93 8,34 14,24 TERRENOS SIN CONSTRUIR 1,05 2,73 1,09 1,86 CAPÍTULO III DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES Primera.- Facúltese al Alcalde de la Municipalidad Provincial de Huaral para que mediante Decreto prorrogue los plazos establecidos y dicte las disposiciones complementarias necesarias para la adecuada aplicación de la presente Ordenanza. Segunda.- La información complementaria que comprende la descripción de los costos de los servicios públicos, el número de predios afectos y la metodología para la distribución de los costos está contenida en el Informe Técnico que se adjunta y forma parte de la presente Ordenanza. Tercera.- La presente Ordenanza entra en vigencia el 01 de Enero del 2010. Cuarta.- El Informe Técnico y la Estructura de Costos que forman parte como anexo de la presente Ordenanza, estarán a disposición de los administrados en la página web de esta Corporación Edil (www.munihuaral.gob.pe). POR TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. JAIME C. URIBE OCHOA Alcalde 439618-1 REQUISITO PARA PUBLICACIÏN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS Se comunica al Congreso de la República, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autónomos y Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para efecto de publicar sus dispositivos y sentencias en la Separata de Normas Legales y Separatas Especiales respectivamente, deberán además remitir estos documentos en disquete o al siguiente correo electrónico. normaslegales@editoraperu.com.pe LA DIRECCIÓN DIARIO OFICIAL