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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 30 de diciembre de 2009 409392 el año 2010, con respecto al presente año, por tal motivo se prorroga para el año 2010 la Ordenanza Nº 00033/MDSA. Estando a lo dispuesto en el Artículo 9° numerales 8) y 9) y el Artículo 40° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, con dispensa del trámite de lectura y Aprobación del acta POR MAYORIA, se aprobó la siguiente ORDENANZA: ORDENANZA QUE PRORROGA PARA EL EJERCICIO 2010 LA VIGENCIA DE LA ORDENANZA 00033/MDSA QUE APRUEBA LOS COSTOS Y ESTIMACION DE INGRESOS DEL SERVICIO DE EMISION MECANIZADA, DETERMINACION, ACTUALIZACION DE VALORES Y DISTRIBUCION CORRESPONDIENTE AL IMPUESTO PREDIAL Y ARBITRIOS MUNICIPALES Artículo Unico.- Prorrogar la vigencia de la Ordenanza Nº 00033/MDSA de la Municipalidad Distrital de Santa Anita, ratifi cada por la Municipalidad Metropolitana de Lima mediante Acuerdo de Concejo Nº 179, publicado en el Diario Ofi cial El Peruano con fecha 25 de Abril del 2009, a efectos de que se establezcan para el ejercicio 2010, los mismos montos por concepto de Emisión, determinación, actualización de valores y distribución correspondientes al Impuesto Predial y Arbitrios Municipales. DISPOSICIONES FINALES Primero.- Encargar a Secretaría General y Gerencia de Rentas el cumplimiento de la presente Ordenanza. Segundo.- Facúltese a la Alcaldesa para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones complementarias, para la adecuada aplicación de la presente Ordenanza. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase LEONOR CHUMBIMUNE CAJAHUARINGA Alcaldesa 440397-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO Aprueban cambio de zonificación de predios ubicados en la Av. Elmer Faucett del Cercado del Callao ORDENANZA MUNICIPAL Nº 000063 Callao, 16 de diciembre de 2009 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO: POR CUANTO: El Concejo Municipal Provincial del Callao, en Sesión fecha 16 de diciembre de 2009; Aprobó la siguiente; Ordenanza Municipal: CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú, en el artículo 194, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, en el artículo 9 inciso 5 faculta al Concejo Municipal aprobar el Plan de Desarrollo Urbano, el Plan de Desarrollo Rural, el Esquema de Zonifi cación de áreas urbanas, el Plan de Desarrollo de Asentamiento Humano y demás planes específi cos sobre la base del Plan de Acondicionamiento Territorial; asimismo, en el artículo 73 apartado 1 señala que las municipalidades, tomando en cuenta su condición de municipalidad provincial o distrital, asumen las competencias y ejercen las funciones específi cas señaladas en el Capítulo II del presente Título, con carácter exclusivo o compartido, en la organización del espacio físico-Uso del suelo: Zonifi cación, y en el artículo 79 inciso 1 apartado 2 señala que las municipalidades, en materia de organización del espacio físico y uso del suelo, ejercen la función de aprobar el Plan de Desarrollo Urbano, el Plan de Desarrollo Rural, el Esquema de Zonifi cación de áreas urbanas, el Plan de Desarrollo de Asentamientos Humanos y demás planes específi cos de acuerdo con el Plan de Acondicionamiento Territorial; Que, mediante Decreto Supremo Nº 027-2003- VIVIENDA, modifi cado por el Decreto Supremo Nº 012- 2004-VIVIENDA publicado el 18 de junio de 2004, se aprobó el Reglamento de Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Urbano, cuyo artículo 38 señala que la municipalidad provincial remitirá el expediente de cambio de zonifi cación a la municipalidad distrital, en cuya jurisdicción se encuentre ubicado el inmueble, la que en un plazo de treinta 30 días calendario emitirá opinión técnica fundamentada; dentro del plazo antes indicado la municipalidad distrital hará de conocimiento, la solicitud de cambio de zonifi cación, entre los propietarios de los inmuebles vecinos, quienes podrán opinar dando su conformidad o formulando observaciones técnicamente sustentadas por escrito; Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 000018 del 05 de octubre de 1995, se aprueba el Plan Urbano Director de la Provincia Constitucional del Callao para el período 1995-2010, en el cual contemplan la zonifi cación y defi ne la clasifi cación de las vías y secciones viales; Que, mediante expediente Nº 10922858 el Banco de Crédito del Perú, debidamente representado por la señora Patricia Ugarte Cornejo y el señor Jorge Rodríguez Elías, solicita cambio de zonifi cación respecto del predio ubicado en la Av. Elmer Faucett Nº 717-725, en el Cercado del Callao, Provincia Constitucional del Callao, de Industria Elemental y Liviana (IEL) a Comercio Provincial (CP); Que, en la sesión de la fecha se adoptó el Acuerdo de Concejo Nº 000294, el mismo que aprobó el cambio de zonifi cación de los predios ubicados en la Av. Elmer Faucett Nº 717-725 y el predio ubicado entre el Jr. Chulucanas y la Av. Elmer Faucett, en el Cercado del Callao, Provincia Constitucional del Callao, de Industria Elemental y Liviana (IEL) a Comercio Provincial (CP), de acuerdo al Plano PZ – 02, el mismo que forma parte integrante de la presente Ordenanza, el cual tiene como antecedentes el Dictamen Nº 30-2009-MPC/SR-CP, de la Comisión de Población, el Informe Nº 217-2009-MPC- GGDU-GPUC-CVA de la Gerencia de Planeamiento Urbano y Catastro, dependiente de la Gerencia General de Desarrollo Urbano, asimismo, el Memorando Nº 1939-2009-MPC/GGAJC de la Gerencia General de Asesoría Jurídica y Conciliación que hace suyo el Informe Legal Nº 596-2009-MPC/GGAJC/SGAA, de la Sub Gerencia de Asuntos Administrativos, opinando todos ellos que el cambio de zonifi cación solicitado es procedente al encontrarse de acuerdo a Ley; Estando a lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, el Concejo Provincial del Callao, ha dado la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL CAMBIO DE ZONIFICACIÓN DE LOS PREDIOS UBICADOS EN LA AV. ELMER FAUCETT Nº 717-725 Y EL PREDIO UBICADO ENTRE EL JR. CHULUCANAS Y LA AV. ELMER FAUCETT, EN EL CERCADO DEL CALLAO, PROVINCIA CONSTITUCIONAL DEL CALLAO Artículo 1º.- Apruébase el cambio de zonifi cación de los predios ubicados en la Av. Elmer Faucett Nº 717-725 y el predio ubicado entre el Jr. Chulucanas y la Av. Elmer Faucett, en el Cercado del Callao, Provincia Constitucional del Callao, de Industria Elemental y Liviana (IEL) a Comercio Provincial (CP), de acuerdo al Plano PZ – 02, el mismo que forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo 2º.- Modifícase en lo pertinente el Plan Urbano Director de la Provincia Constitucional del Callao 1995 al 2010 aprobado por Ordenanza Municipal Nº 000018 de fecha 5 de octubre de 1995. Artículo 3º.- Encárgase a la Gerencia Municipal y a la Gerencia General de Desarrollo Urbano, el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza. Artículo 4º.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación. POR TANTO: Mando se publique y cumpla. FELIX MORENO CABALLERO Alcalde del Callao