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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE ENERO DEL AÑO 2009 (07/01/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 54

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 7 de enero de 2009 387804 Nº 049-2008-CD-OSITRAN, el Consejo Directivo de OSITRAN autorizó la prepublicación del Proyecto de Resolución Tarifaria, la Exposición de Motivos y la relación de los documentos que constituyen el sustento de la Propuesta de Revisión de Tarifas del AIJCH Versión 2.0. El 6 de noviembre del año 2008, en el Auditorio del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, se realizó la Audiencia Pública sobre la Propuesta de Revisión de Tarifas del AIJCH. El 25 de noviembre del año 2008, mediante diversas comunicaciones, la Asociación de Empresas de Transporte Aéreo Internacional (AETAI), la Asociación Internacional de Transporte Aéreo (IATA), la Asociación Latinoamericana de Transporte Aéreo (ALTA), la Asociación Peruana de Empresas Aéreas (APEA), LAN y LAP. Es necesario mencionar que los comentarios remitidos se centraron principalmente en la determinación del stock de capital inicial, el cálculo del WACC y las condiciones de aplicación del factor de productividad. II. ASPECTOS METODOLÓGICOS II.1. Fundamentos Las bases para llevar a cabo la revisión de las tarifas han sido establecidas por el Reglamento de Tarifas de OSITRAN (RETA). Dicho Reglamento establece, que entre otros, se deben tomar en consideración los siguientes principios tarifarios: i) sostenibilidad, ii) equidad y iii) efi ciencia. En virtud del principio de sostenibilidad, el nivel de tarifas debe cubrir los costos económicos que sean necesarios para la prestación del servicio (incluyendo la retribución al capital), de manera que asegure la continuidad de la oferta del servicio. Con relación al principio de efi ciencia, la revisión de las tarifas deberá apuntar a determinar un nivel de tarifa que tienda a igualar el costo marginal de producción de los servicios, procurándose una mejor asignación de recursos en la inversión y administración de la infraestructura de transporte de uso público por parte de las Entidades Prestadoras. Cabe mencionar que en concordancia con este principio, el Regulador en sus decisiones tarifarias debe promover una efi ciencia productiva por parte del Concesionario, reconociendo niveles de inversión así como niveles de operación efi cientes de la infraestructura. El principio de equidad está asociado al rol subsidiario del Estado, es decir, las tarifas deberán permitir que los servicios derivados de la explotación de la Infraestructura de Transporte de Uso Público sean accesibles a la mayor cantidad posible de usuarios. II.2. Metodología y principales resultados El factor de productividad del AIJCH será equivalente a la suma de la diferencia entre la productividad total de factores de la empresa y la economía, y la diferencia del precio de los insumos utilizados por la economía y la empresa. El cálculo de la productividad total de factores del Concesionario considerará el enfoque single till (todos los servicios provistos en el AIJCH), el enfoque restringido (productos elaborados e insumos utilizados por LAP), el enfoque primal (productividad física), el índice de Fisher para la agregación de productos e insumos, información histórica (2001-2007), un tratamiento especial para los años 2001 y 2005, y se utilizará información de la economía americana para las comparaciones respectivas. Para efectos de calcular el índice de producto físico, se consideraron los precios efectivamente recibidos por el Concesionario por la venta de servicios (precios implícitos) y las unidades vendidas (información operativa). Para el período 2001-2007, el índice de producción física registró una variación promedio de 8,04%. Para efectos de calcular el índice de utilización física de insumos, se consideraron como inputs la mano de obra, los productos intermedios y el capital. Para el período 2001-2007, el índice de utilización física de insumos registró una variación promedio de 9,04%. En el caso de la mano de obra, se utilizó el precio efectivamente pagado por el Concesionario por la fuerza laboral empleada (planilla) y la cantidad de horas hombre utilizadas en la producción de servicios (información operativa). En el caso de los productos intermedios, se utilizó el Indice de Precios al Consumidor ajustado como proxy del precio efectivo pagado por LAP, y el gasto en materiales defl actado por este índice como proxy de las unidades adquiridas. En el caso del capital, se utilizó el precio de alquiler del capital (propuesto por Christensen) como proxy del precio efectivo pagado por el Concesionario, y el stock de capital reconstruido defl actado por el Indice de Precios al Por Mayor ajustado, como proxy de las unidades adquiridas. Para el período 2001-2007, la productividad total de factores de LAP registró una variación promedio de -1,00%. La productividad total de factores de la economía peruana, según el cálculo realizado por OSIPTEL, ascendió a 1,69% para el período 2001-2007. El índice de precios de insumos utilizados por el Concesionario alcanzó a 0,45% para el período 2001- 2007. El índice de precios de insumos utilizados por la economía peruana, aplicando la identidad de Christensen, ascendió a 3,68% Aplicando la expresión de 4 componentes de Bernstein y Sappington, el factor de productividad (X) del Concesionario estimado en el período 2001-2007 ascendió a 0,53%. Dicho factor será de aplicación en el quinquenio comprendido entre el 01 de enero de 2009 al 31 de diciembre de 2013. En este contexto, el promedio ponderado de las tarifas que conforman cada una de las canastas de servicios, no podrá superar anualmente durante el período 2009-2013 la suma de la infl ación al consumidor de Estados Unidos (RPI) y el factor de productividad determinado (X). CÁLCULO DEL FACTOR DE PRODUCTIVIDAD PARA EL AIJCH Empresa Economía Diferencia Productividad total de factores -1,00% 1,69% -2,69% Indice de precios de los insumos 0,45% 3,68% 3,23% Factor de productividad 0,53% El presente mecanismo regulatorio se aplicará considerando 3 canastas de servicios: una para pasajeros (TUUA nacional e internacional), una para aerolíneas (aterrizaje y despegue, estacionamiento y uso de puentes de embarque) y la última para carga (TUUA de carga). RELACIÓN DE DOCUMENTOS Y NORMAS LEGALES QUE SUSTENTAN LA RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO Documentos • Alvarez, A. (2001). “La Medición de la Efi ciencia y la Productividad”. Ediciones Pirámide. • Armstrong, M. y Sappington, D. (2005). “Recent Developments in the Theory of Regulation”. Handbook of Industrial Organization. • Armstrong, M.; Cowan, S.; y Vickers, J. (1994). “Regulatory Reform: Economic Análisis and British Experience”. MIT Press. • Averch, H. y Jonson, L. (1962). “Behaviour of the Firm Under Regulatory Constraint”. American Economic Review, vol. 25, Nº 3. • Baldwin, J. y Gu, W. (2007). “Multifactor Productivity in Canada: An Evaluation of Alternative Methods of Estimating Capital Services”. Statistics Canada. Minister of Industry. • Baron, D. y Myerson, R. (1982). “Regulating a Monopolist with Unknown Cost”. Econometrica, vol. 50, Nº 4. • Beesley, M. y Littelchild, S. (1989). “The Regulation of Privatizad Monopolies in The United Status”. RAND Journal of Economics, vol. 20, Nº 3. • Berstein, J. y Sappington, D. (1999). “Setting the X Factor in Price-Cap Regulation Plans”. Journal of Regulatory Economics, Nº 16. • Christenssen Associates (2001). “Determination of the X Factor for the Regulation of Telefonica del Peru”.