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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 8 de enero de 2009 387865 de los mismos bienes, servicios y obras, 2) Que, en razón de costos de oportunidad, resulta más efi ciente adquirir o contratar con otra Entidad y 3) Que la adquisición resulta técnicamente idónea y viable (…); Que, CENTROMIN PERU S.A., es propietario del inmueble ubicado en la Mz. “A”, Lote 3 del Parque Industrial Taparachi - Juliaca, distrito de Juliaca, provincia de San Román, departamento de Puno, con un área total de 10 000 m2, cuya descripción, fábrica, linderos y medidas perimétricas corren inscritos en la Partida Electrónica Nº 05003107, Ficha Nº 1498 del Registro de Predios de la Zona Registral Nº XIII – Sede Tacna, Ofi cina Registral de Juliaca; Que, mediante Contrato de Comodato OL-C-302-2005 CENTROMIN PERU S.A., entregó de forma gratuita al INDECI, parte del área del terreno de dicho inmueble (6 000 m2), a efectos de ser destinada al funcionamiento del Almacén General de la Dirección Regional de Defensa Civil Puno (actualmente Dirección Regional INDECI Puno), cuya vigencia culminó 31.ENE.2008, y posteriormente, a través de un Contrato de Arrendamiento con la intervención del Proyecto Nº PER/02/05300014428, “Mejoramiento de la Gestión del INDECI”, con vigencia desde el 01.FEB.2008, el mismo que se prorrogó mediante las respectivas adendas hasta el 31.DIC.2008, con una renta mensual de S/. 4 284,000 (Cuatro mil doscientos ochenta y cuatro con Nuevos Soles); Que, CENTROMIN PERU S.A., propuso al INDECI la venta directa del referido inmueble, por lo que el INDECI inició la gestión ante la Presidencia del Consejo de Ministros para la asignación de recursos presupuestales que permitan concretar la referida adquisición, y a efectos de garantizar la propuesta el INDECI y CENTROMIN PERU S.A. suscribieron el “Convenio de Cooperación respecto del Almacén de la Dirección Regional de Defensa Civil PUNO”; Que, mediante el Ofi cio Nº 5835-2007-INDECI/12.0 del 22.NOV.2007, el Jefe Institucional del INDECI, señala respecto al inmueble materia de adquisición, que es de suma importancia para el INDECI, en razón a que su ubicación es estratégica, tiene gran capacidad de almacenaje para un apoyo efectivo en caso de un desastre en el Sur del país, constituye un factor vital para la atención de cualquier emergencia, desde Juliaca a Madre de Dios, Cusco, Arequipa, Tacna y Puno; Que, además, señala también que la necesidad de contar con este almacén estratégico obedece a la recurrencia de eventos naturales e inducidos por el hombre en la zona Sur del país, sobre todo en la época de inundaciones (fuertes lluvias) y bajas temperaturas (heladas), sin dejar de considerar la alta probabilidad de ocurrencia sísmica en la zona de la Frontera del Perú; Que, mediante el Informe Técnico Nº 129-2008-PCM/ OGPP-OPI, de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto responsable de la Ofi cina de Programación e Inversión (OPI) de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobó el estudio y declaró la viabilidad del Proyecto “Fortalecimiento de la Capacidad de Atención oportuna de bienes de ayuda humanitaria en caso de emergencia en la Región Puno”; Que, el Jefe Institucional del INDECI comunicó a la Junta Liquidadora de la empresa CENTROMIN PERU S.A, mediante el Ofi cio Nº 6940-2008-INDECI/1.0 del 16.DIC.2008, que la Ofi cina de Proyectos de Inversión Pública Sectorial de la Presidencia del Consejo de Ministros aprobó el estudio y declaró la viabilidad del Proyecto “Fortalecimiento de la Capacidad de Atención oportuna de bienes de ayuda humanitaria en caso de emergencia en la Región Puno”, autorizando al INDECI a efectivizar la compra del referido inmueble de propiedad de CENTROMIN PERU S.A, por un valor actualizado de S/. 829 385.32 (Ochocientos veintinueve mil trescientos ochenta y cinco con 32/100 Nuevos Soles); Que, la Oficina de Planificación y Presupuesto, mediante el Informe de Disponibilidad Presupuestal Nº 00989 2008 del 23.DIC.2008, otorgó opinión favorable, teniendo como Fuente de Financiamiento: Recursos Ordinarios; Que, mediante el Informe Técnico Nº 155-2008/ INDECI/12.0, el Director Nacional de Logística, señaló que a efectos de efectivizar la compra Directa del inmueble de propiedad de CENTROMIN PERU S.A, constituido por el lote semi rústico ubicado en la Mz. “A”, Lote 3 del Parque Industrial Taparachi - Juliaca, distrito de Juliaca, provincia de San Román, departamento de Puno, valorizado en S/. 829 385.32 (Ochocientos veintinueve mil trescientos ochenta y cinco con 32/100 Nuevos Soles), resulta necesario realizar el trámite de exoneración del proceso de selección por la causal de Contratación Directa entre Entidades del Estado; Que, al amparo de la normativa citada y en aplicación de los artículos 139º, 146º, 147º y 148º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 084- 2004-PCM, y conforme lo sustentado por la Dirección Nacional de Logística, encargada de las contrataciones y adquisiciones de la Entidad, colige que la declaración de viabilidad es concordante con los lineamientos de políticas sectoriales, estrategias, objetivos y políticas de desarrollo del INDECI, adicionalmente que la adquisición del inmueble de a CENTROMIN PERU S.A. permitirá contar con el fortalecimiento de la capacidad de atención del Instituto Nacional de Defensa Civil en la Región Puno a través de la rentabilidad social del proyecto (indicador de costo efectividad), con la consecuente sostenibilidad técnica, fi nanciera e institucional del proyecto; Que, al respecto cabe precisar que el valor del inmueble está determinado en los Informes Técnicos Nº 129-2008-PCM/OGPP-OPI, de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto responsable de la Ofi cina de Programación e Inversión (OPI) de la Presidencia del Consejo de Ministros, en el Nº 155-2008/INDECI/12.0, de la Dirección Nacional de Logística del INDECI, y en el Informe de Disponibilidad Presupuestal Nº 00989 2008 emitido por la Ofi cina de Planifi cación y Presupuesto del INDECI, que señala que será fi nanciado por la Fuente de Financiamiento: Recursos Ordinarios; Que, de conformidad con los Informes Técnicos y Legal de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto responsable de la Ofi cina de Programación e Inversión (OPI) de la Presidencia del Consejo de Ministros, de la Dirección Nacional de Logística y de la Ofi cina de Asesoría Jurídica, respectivamente, y contando con la disponibilidad presupuestal correspondiente según el Informe de Disponibilidad Presupuestaria Nº 00989 2008 de la Ofi cina de Planifi cación y Presupuesto, corresponde emitir el resolutivo correspondiente; De conformidad en el inciso a) del artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM y los artículos 139º, 146º, 147º y 148º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, en uso de las atribuciones conferidas en el Reglamento de Organización y Funciones del INDECI, aprobado por el Decreto Supremo Nº 059-2001-PCM y modifi cado por los Decretos Supremos Nºs 005-2003-PCM y 095-2005- PCM, y con la visación de Sub Jefatura, de la Dirección Nacional de Logística, de la Ofi cina de Planifi cación y Presupuesto y de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo 1º.- APROBAR la adquisición del inmueble constituido por el lote semi rústico ubicado en la Mz. “A”, Lote 3 del Parque Industrial Taparachi - Juliaca, distrito de Juliaca, provincia de San Román, departamento de Puno, valorizado en S/. 829 385.32 (Ochocientos veintinueve mil trescientos ochenta y cinco con 32/100 Nuevos Soles), conforme a lo expuesto en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- EXONERAR del proceso de selección por causal de Contratación Directa entre Entidades del Sector Público, para la adquisición del inmueble constituido por el lote semi rústico ubicado en la Mz. “A”, Lote 3 del Parque Industrial Taparachi - Juliaca, distrito de Juliaca, provincia de San Román, departamento de Puno, y autorizar a la Dirección Nacional de Logística a efectuar mediante acciones inmediatas la adquisición mencionada, por un valor de S/. 829 385.32 (Ochocientos veintinueve mil trescientos ochenta y cinco con 32/100 Nuevos Soles), monto que se encuentra debidamente presupuestado según el Informe de Disponibilidad Presupuestal Nº 00989