Norma Legal Oficial del día 09 de enero del año 2009 (09/01/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 74

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NORMAS LEGALES
VISTO:

El Peruano MORDAZA, viernes 9 de enero de 2009

Ulterior, de acuerdo a lo dispuesto en la Ley Nº 29227 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 0092008-JUS. Articulo 2º.- Deudores Tributarios.- Son deudores tributarios en calidad de contribuyentes, los vecinos que soliciten a la Municipalidad Distrital de Bellavista la realizacion del Procedimiento No Contencioso de Separacion Convencional y Divorcio Ulterior. Articulo 3º.- Nacimiento de la Obligacion Tributaria.La obligacion tributaria nace en el momento de solicitar a la Municipalidad Distrital de Bellavista la realizacion del Procedimiento No Contencioso de Separacion Convencional y Divorcio Ulterior. Articulo 4º.- Monto de la Tasa.- Las Tasas que se deben abonar en virtud de la presente Ordenanza son las siguientes: - 6.43% de la UIT por el tramite de Separacion Convencional - 2.71% de la UIT por el tramite de Divorcio Ulterior. Articulo 5º.- Rendimiento del Tributo.- El rendimiento de las Tasas de Separacion Convencional y Divorcio Ulterior constituyen rentas de la Municipalidad Distrital de Bellavista y seran destinados al equipamiento, implementacion y mejoramiento del servicio ofrecido al usuario en dichos procedimientos. Articulo 6º.Inafectaciones.No existen inafectaciones para el pago de las Tasas de Separacion Convencional y Divorcio Ulterior. Articulo 7º.- Incorporacion en el TUPA.- Incorporar en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad Distrital de Bellavista los procedimiento Nº 26 y 27 de la Direccion de Servicios Sociales - Division de Registros Civiles, denominados "Separacion Convencional" y "Divorcio Ulterior", conforme al anexo adjunto que forma parte integrante de la presente norma. Articulo 8º.- Plazo.- El plazo MORDAZA para la atencion de solicitudes de Separacion Convencional sera de 30 dias habiles y para la atencion de solicitudes de Divorcio Ulterior sera de 15 dias habiles. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y FINALES Primero.- Las exoneraciones genericas otorgadas o que se otorguen, no comprenden las tasas a que se refiere la presente Ordenanza Segundo.- Facultese al MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia dicte las normas reglamentarias pertinentes. Tercera.- Deroguese todas las disposiciones que se opongan a la presente Ordenanza. Cuarta.- Disponer la publicacion del texto completo de la presente Ordenanza y su anexo, en el MORDAZA institucional de la Municipalidad Distrital de Bellavista (www.munibellavista.gob.pe) y en el MORDAZA del Estado Peruano (www.peru.gob.pe). POR TANTO: Mando se publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 297077-1

EL CONCEJO DISTRITAL DE BELLAVISTA

El Informe Nº 515-2008-MUDIBE/UA de la Unidad de Abastecimiento, el Informe Nº 426-08-MUDIBE-OAF de la Oficina de Administracion y Finanzas, los Informes Nº 010 y 88-2008-MUDIBE/P.V.L. del Programa Vaso de Leche y el Informe legal Nº 168-2008-MDB-OAJ de la Oficina de Asesoria Juridica. CONSIDERANDO: Que, mediante Informe Nº 515-2008-MUDIBE/UA el Jefe de la Unidad de Abastecimiento comunica la necesidad de adquirir productos para el Programa Vaso de Leche para cubrir el abastecimiento durante los meses de enero y febrero de 2009, bajo la modalidad de desabastecimiento inminente, en tanto se ejecuta el MORDAZA de seleccion que se va a efectuar para la adquisicion de dichos productos hasta el 31 de diciembre de 2009; pedido que corroborado por la Oficina de Administracion y Finanzas a traves del Informe Nº 426-08-MUDIBE-OAF y por la Jefatura del Programa del Vaso de Leche a traves del Informe Nº 8820008-MUDIBE/P.V.L. Que, a traves del mencionado Informe, se solicita la declaracion de desabastecimiento inminente por los meses de enero y febrero de 2009, a fin de viabilizar la adquisicion de 24,984 tarros de leche y 4,063.72 kilogramos de hojuela de quinua enriquecida, por un monto total del S/. 81,096.00 Que, de acuerdo a lo indicado por la Jefatura del Programa Vaso de Leche, en el Informe Nº 010-2008MUDIBE/GM-PVL, se han producido cambios en los representantes del Programa, del Ministerio de Salud y de la Municipalidad Distrital de Bellavista ante el Comite de Administracion del Programa Vaso de Leche, situacion a la que se anade la ausencia del representante de los productores agropecuarios de la Region; circunstancias que no han permitido a la Entidad convocar oportunamente el MORDAZA de seleccion para la adquisicion de los insumos del mencionado Programa. Que, de conformidad con lo establecido por el articulo 21º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante D.S. Nº 083-2004-PCM, se considera como situacion de desabastecimiento inminente aquella situacion extraordinaria e imprevisible en la que la ausencia de determinado bien, servicio u obra compromete en forma directa o inminente la continuidad de las funciones, servicios, actividades u operaciones productivas que la entidad tiene a su cargo; circunstancia que se habria configurado en el presente caso con los insumos necesarios para el Programa Vaso de Leche de Bellavista. Que, mediante Informe Legal Nº 168-2008-MDBOAJ, el Director de la Oficina de Asesoria Juridica senala que los hechos MORDAZA senalados configuran una situacion extraordinaria e imprevisible, que da lugar a que la Municipalidad Distrital de Bellavista se encuentre desabastecida inminentemente de los insumos del Programa de Vaso de Leche, comprometiendo en forma directa e inminente la continuidad del servicio de dicho Programa. En tal sentido, sugiere se declare en situacion de desabastecimiento inminente la adquisicion de productos para el Programa de Vaso de Leche, durante los meses de enero y febrero de 2009. Que, atendiendo a los informes que anteceden, se recomienda acceder a la propuesta de declaracion de desabastecimiento inminente, con la atingencia que en caso el MORDAZA de seleccion cuya convocatoria debe realizarse a la brevedad posible, concluya MORDAZA, el contrato que se celebre debera quedar sin efecto automaticamente. Estando a lo expuesto, con el MORDAZA unanime de sus integrantes, en ejercicio de las facultades que la Ley Organica de Municipalidades y el Reglamento Interno del Concejo le confiere;

Declaran en situacion de desabastecimiento inminente la adquisicion de productos para el Programa del Vaso de Leche
ACUERDO DE CONCEJO Nº 054-2008-CDB Bellavista, 29 de diciembre de 2008

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