Norma Legal Oficial del día 28 de enero del año 2009 (28/01/2009)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 59

El Peruano MORDAZA, miercoles 28 de enero de 2009

NORMAS LEGALES
POR CUANTO:

389405

-Descuento del 20% del monto insoluto, correspondiente a los anos 2004, 2005 y 2007. -Descuento del 50% del monto insoluto, correspondiente al ano 2006. Multas Tributarias: Condonacion del 100% del monto total de las Multas Tributarias, siempre que el contribuyente cumpla con presentar la Declaracion Jurada correspondiente dentro del plazo de vigencia de la presente Ordenanza. Multas Administrativas: Condonacion del 50% del monto total de las Multas Administrativas, impuestas hasta el 31 de diciembre del 2008, respecto a las infracciones establecidas en el RAS ­Regimen de Aplicacion de Sanciones, siempre y cuando el infractor subsane o regularice la infraccion incurrida, dentro de la vigencia de la presente Ordenanza. Articulo Tercero.GASTOS Y COSTAS PROCESALES Las deudas Tributarias y Administrativas que se encuentren en cobranza coactiva, se acogeran al Beneficio establecido en la presente Ordenanza, incluyendo la exoneracion de Costas coactivas. Articulo Cuarto.- VIGENCIA DEL BENEFICIO Los contribuyentes se podran acoger al presente Beneficio desde la entrada en vigencia de la presente Ordenanza hasta el 28 de febrero del 2009. Articulo Quinto.- PAGOS ANTERIORES Los montos pagados con anterioridad a la vigencia de la presente Ordenanza no seran materia de devolucion y/o compensacion alguna. Articulo Sexto.DESISTIMIENTO DE RECLAMACION El pago al contado de cualquier deuda, en aplicacion de la presente Ordenanza, supone el desistimiento de los recursos inpugnatorios o no contenciosos, que se hayan interpuesto contra dichas deudas. DISPOSICIONES FINALES Primero.- Encargar a Secretaria General, Gerencia de Administracion, Gerencia de Rentas y Subgerencia de Relaciones Publicas e Imagen Institucional el cumplimiento de la presente Ordenanza. Segundo.- Facultese a la Alcaldesa para que mediante Decreto de Alcaldia dicte las disposiciones complementarias necesarias para la adecuada aplicacion de la presente Ordenanza. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA CHUMBIMUNE MORDAZA Alcaldesa 305511-1

Mediante Oficio Nº 2144-2008-INGEMMET-DCMUTM, recibido el 04 de noviembre de 2008, la Direccion de Concesiones Mineras ha puesto en conocimiento de esta Municipalidad que se ha presentado un petitorio minero en el distrito de Chachas, provincia de MORDAZA con una extension de 1000 hectareas, habiendose advertido que dicho petitorio se encuentra en posible Area MORDAZA y Expansion MORDAZA del centro poblado de Chachas; Al respecto, el articulo 3º del Decreto Supremo Nº 008-2002-EM establece que cuando se evidencie la posibilidad de que un petitorio minero se encuentre en area MORDAZA, ello debe ser puesto en conocimiento de la Municipalidad Provincial correspondiente para que esta emita y publique, cuando asi corresponda, la ordenanza que califique el area como MORDAZA en cuyo caso el petitorio debera ser declarado inadmisible; Asimismo, conforme con el articulo 79, inciso 1 de la Ley Organica de Municipalidades, corresponde a las Municipalidades Provinciales aprobar los Planes de Acondicionamiento Territorial, los Planes de Desarrollo MORDAZA de la provincia y calificar las areas urbanas y de expansion MORDAZA de sus respectivas jurisdicciones, lo que debe hacerse conforme las normas contenidas en el Reglamento de Acondicionamiento Territorial y Desarrollo MORDAZA aprobado por Decreto Supremo Nº 027-2003-VIVIENDA (que ha derogado y sustituido al Decreto Supremo Nº 007-85-VC y, que a su vez ha sido modificado sucesivamente por Decreto Supremo Nº 012-2004-Vivienda y por Decreto Supremo Nº 028-2005-Vivienda), el mismo que constituye el instrumento tecnico de gestion a nivel nacional en el cual se han establecido los procedimientos minimos que deben seguir las Municipalidades en el ejercicio de sus competencias en materia de planeamiento y acondicionamiento territorial y desarrollo urbano; Habiendose verificado que efectivamente el area del petitorio minero se superpone a las areas urbanas y de expansion MORDAZA del centro poblado de Chachas, corresponde a la Municipalidad Provincial de MORDAZA emitir la Ordenanza Municipal que las califique como tales, de acuerdo a la Ley Nº 27015 (modificada por Ley Nº 27560), Ley que Regula las Concesiones Mineras en Areas Urbanas y de Expansion MORDAZA y el Decreto Supremo Nº 008-2002-EM, por lo que el Concejo Municipal de MORDAZA, en sesion celebrada el de enero de 2009, aprobo la siguiente: ORDENANZA Articulo 1º.- Definir las areas urbanas y de expansion MORDAZA del centro poblado de Chachas, conforme con los datos y coordenadas que aparecen en el Plano Georeferenciado que acompana a la presente formando parte de MORDAZA y que observa los requisitos y caracteristicas establecidas por el articulo 2º del Decreto Supremo Nº 008-2002-EM. Articulo 2º.- Disponer la publicacion de la presente en el Diario Oficial El Peruano, dejandose establecido que dicha publicacion debera incluir el plano aprobado y la identificacion de un minimo de cuatro (4) puntos de su perimetro, con coordenadas UTM (Norte, Este). Articulo 3º.- Remitir la presente asi como el plano aprobado, luego de la publicacion en el Diario Oficial El Peruano, a la autoridad administrativa minera para su ingreso al sistema catastral. Articulo 4º.- Poner la presente en conocimiento de la Gerencia Municipal, Gerencia de Administracion y Gerencia de Desarrollo MORDAZA para su cumplimiento. POR TANTO: Mando se publique y cumpla. GILDER EDY MORDAZA COLLADO MORDAZA 305502-1

PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE MORDAZA
Definen areas urbanas y de expansion MORDAZA del Centro Poblado de Chachas
ORDENANZA N° 031-2009-MPC Aplao, 24 de enero de 2009 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE MORDAZA

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.