Norma Legal Oficial del día 28 de enero del año 2009 (28/01/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 51

El Peruano MORDAZA, miercoles 28 de enero de 2009

NORMAS LEGALES

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para su aplicacion e implementacion. Articulo Quinto.- DISPONER la publicacion de la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial El Peruano, asi como en los Portales Electronicos del Gobierno Regional Amazonas y la Direccion Regional de Salud Amazonas. Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional de Amazonas para su Promulgacion. En Chachapoyas, a los 31 dias del mes de diciembre del 2008. MORDAZA MORDAZA CHUQUIMBALQUI. Consejero Delegado del Consejo Regional Amazonas POR TANTO: Registrese, publiquese y cumplase. Dado en la Sede Central del Gobierno Regional de Amazonas, a los 9 dias de enero del 2009. MORDAZA R. MORDAZA MORDAZA Presidente del Gobierno Regional Amazonas 305201-1

MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, siendo esto asi y con las facultades conferidas por el Art. 15º de la Ley Nº 27867 Ley Organica de Gobiernos Regionales, el Pleno del Consejo Regional por mayoria simple; ACORDO: Primero.- DESIGNAR al Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Consejero por la Provincia de Luya, como Consejero Delegado del Consejo Regional Amazonas, para el periodo comprendido entre el 01 de enero del 2009 hasta el 31 de diciembre del ano 2009. Segundo.- DISPENSAR el presente acuerdo del tramite de lectura y aprobacion del acta. Tercero.- PUBLICAR el presente Acuerdo en el Diario Oficial El Peruano y en el MORDAZA electronico del Gobierno Regional Amazonas. Firmaron: Ing. MORDAZA R. MORDAZA MORDAZA, Presidente del Gobierno Regional Amazonas, Dr. MORDAZA MORDAZA Chuquimbalqui, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA de MORDAZA, MORDAZA Tiwi Pujupat y MORDAZA Kuji Jawian, Consejeros Regionales. POR TANTO Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA CHUQUIMBALQUI Consejero Delegado 305203-1

Designan Consejero Delegado del Consejo Regional Amazonas para el ano 2009
ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 001-GRA/CR-SO Chachapoyas, 5 de enero del 2009. VISTO: La Ley Nº 28968, Ley que modifica el numeral 1) del articulo 21º y la undecima disposicion transitoria, complementaria y final de la Ley Nº 27867 Ley Organica de Gobiernos Regionales y el MORDAZA parrafo del Art. 13º de la Ley Nº 29053; CONSIDERANDO: Primero: Que los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas juridicas de derecho publico, con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, constituyendo para su administracion economica y financiera un pliego presupuestal; Segundo: Que, el Consejo Regional es el organo normativo y fiscalizador del Gobierno Regional, le corresponde las atribuciones que establece la ley de la materia y aquellas que le MORDAZA delegadas, integrado por los Consejeros regionales, los mismos que anualmente eligen entre ellos, a un Consejero Delegado que convoca y preside las sesiones de consejo regional, los representa y tramita sus acuerdos, conforme lo contempla la undecima disposicion transitoria, complementaria y final de la Ley Nº 28968, el Art. 13º de la Ley Nº 29053 normas que modifican la Ley Nº 27867 Ley Organica de Gobiernos Regionales; Tercero: Que son atribuciones del Consejo Regional, aprobar, modificar o derogar normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional, conforme lo prescribe el Inc. a) de la Ley Nº 27867 Ley Organica de Gobiernos Regionales; Cuarto: Que los acuerdos de Consejo Regional expresan la decision de este organo sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interes publico, ciudadano e institucional o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o MORDAZA institucional, conforme lo contempla el Art. 39º de la MORDAZA acotada; Quinto: Que, el Consejo Regional de Amazonas en un acto democratico, plasmado en la Sesion Ordinaria de fecha 05 de Enero del 2009, por mayoria simple de sus miembros ha elegido al Consejero Delegado para el periodo 2009, conforme a Ley, recayendo el cargo en el senor Consejero Regional por la Provincia de Luya Sr.

GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Aprueban Documentos de Gestion Institucional de la Direccion Regional de Vivienda, Construccion y Saneamiento del Gobierno Regional de MORDAZA
ORDENANZA REGIONAL Nº 033-2008-CR-APURIMAC EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA POR CUANTO: EL CONSEJO REGIONAL DE MORDAZA, en Sesion Ordinaria de fecha 15 de diciembre del ano Dos Mil Ocho, llevada a cabo en la MORDAZA de Abancay. CONSIDERANDO: Que, el Articulo 191º de la Constitucion Politica del Estado concordante con el Articulo 2º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, establece que los Gobiernos Regionales que emanan de la voluntad popular, son personas juridicas de derecho publico, con autonomia politica, economica y administrativa en asuntos de su competencia, constituyendo para su administracion economica y financiera un pliego presupuestal; Que, el Articulo 38º de la Ley Nº 27867 - Ley Organica de Gobierno Regionales establece que las ordenanzas regionales MORDAZA asuntos de caracter general, la organizacion y la administracion del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia; Que, el Numeral 01) del Articulo 1º de la Ley Nº 27658, Ley MORDAZA de la Modernizacion de Gestion del Estado, declara al Estado Peruano en MORDAZA de modernizacion en sus diferentes instancias, dependencias, entidades, organizaciones y procedimientos, con la finalidad de mejorar la gestion publica y construir un Estado democratico y descentralizado; Que, el Articulo 15º del Decreto Supremo Nº 043-2006PCM, senala que los lineamientos para la elaboracion y aprobacion de los documentos de gestion institucional, del Reglamento de Organizaciones y Funciones (ROF),

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