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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 28 de enero de 2009 389398 del Cuadro de Asignación de Personal (CAP), del Organigrama Estructural, de las funciones de los órganos operativos de las Direcciones Regionales Sectoriales, se aprueban mediante Ordenanza Regional; Que, el Artículo 34º del Decreto Supremo 043-2006- PCM, establece que los lineamientos para la aprobación del Reglamento y Organizaciones de Funciones (ROF) de las Direcciones Regionales Sectoriales, las cuales se aprueban mediante Ordenanza Regional; Que, la Dirección Regional de Vivienda, Construcción y Saneamiento; es una unidad orgánica que depende en jerarquía de la Gerencia Regional de Desarrollo Social del Gobierno Regional de Apurímac y cuenta con personería jurídica; Que, con Ofi cio Nº 324-2008-DRVCS/G.R.APU, la Dirección Regional de Vivienda, Construcción y Saneamiento de Apurímac, solicita la aprobación de los documentos de gestión institucional; Reglamento de Organización y Funciones y Organigrama Estructural, con informe favorable de opinión, recomendándose la aprobación de los documentos de gestión institucional por parte de la Sub Gerencia de Desarrollo Institucional, Estadística e Informática y visto bueno de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, y en merito a sus atribuciones, la Comisión Ordinaria de Presupuesto, Planeamiento y Acondicionamiento Territorial, ha emitido el dictamen favorable correspondiente. Que, estando a lo establecido por el Artículo 191º de la Constitución Política del Estado, a los Artículos 9º, 15º y 21º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867 y Leyes Modifi catorias; y estando a lo expuesto, acordado y aprobado, con el voto unánime de los miembros integrantes autorizados del Consejo Regional de Apurímac, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta; Ha dado la Ordenanza Regional siguiente: Artículo Primero.- Aprobar, los Documentos de Gestión Institucional de la Dirección Regional de Vivienda, Construcción y Saneamiento del Gobierno Regional de Apurímac de conformidad al siguiente detalle: - Reglamento de Organizaciones y Funciones (ROF), que comprende 04 Títulos, 06 Capítulos, 28 Artículos, 05 Disposiciones Complementarias, Transitorias y Finales. - Estructura Orgánica, donde se refl eja los órganos y/o dependencias estructurados. Documentos que en anexo adjunto forman parte integrante de la presente Ordenanza Regional. Artículo Segundo.- Encargar, a la Gerencia General Regional, Gerencia Regional de Planeamiento Presupuesto y Acondicionamiento Territorial y Dirección Regional de Vivienda, Construcción y Saneamiento, para que implementen la presente Ordenanza Regional. Artículo Tercero.- Publicar y Difundir, la presente Ordenanza en el Diario Ofi cial El Peruano, el Diario Judicial de la región y en el portal Electrónico de la Institución, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 42º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales. Comuníquese al Señor Presidente del Gobierno Regional de Apurímac para su promulgación. En Abancay a los diecisiete días del mes de diciembre del año dos mil ocho. TEODOR HUARACA HUAMANÍ Presidente del Consejo Regional de Apurímac AL SEÑOR PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE APURIMAC POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la sede central del Gobierno Regional de Apurímac, a los 31 días del mes de diciembre del año dos mil ocho. DAVID SALAZAR MOROTE Presidente Gobierno Regional de Apurímac 305757-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Modifican la Ordenanza Nº 1208-MML que modificó el Plano de Zonificación del distrito de Puente Piedra ORDENANZA Nº 1215 EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA; POR CUANTO EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA; Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 22 de enero del 2009, el Dictamen Nº 002-2009-MML-CMDUVN de la Comisión Metropolitana de Desarrollo Urbano, Vivienda y Nomenclatura; Aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE MODIFICA LA ORDENANZA Nº 1208-MML DEL DISTRITO DE PUENTE PIEDRA Artículo Único.- Dejar sin efecto en todos sus extremos, el Articulo Segundo de la Ordenanza Nº 1208- MML que modifi có el Plano de Zonifi cación del Distrito de Puente Piedra y que fuera publicada en el Diario Ofi cial El Peruano con fecha 26 de diciembre del 2008. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. En Lima a los 26 días del mes de enero de 2009. LUIS CASTAÑEDA LOSSIO Alcalde de Lima 305657-1 Aprueban Índice de Usos para la ubicación de actividades urbanas correspondientes al Área de Tratamiento Normativo III del distrito de Santiago de Surco ORDENANZA Nº 1216 EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA; POR CUANTO EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA; Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 22 de enero del 2009 los Dictámenes Nos. 239 y 265-2008-MML- CMDUVN de la Comisión Metropolitana de Desarrollo Urbano, Vivienda y Nomenclatura; Ha dado la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL INDICE DE USOS PARA LA UBICACIÓN DE ACTIVIDADES URBANAS CORRESPONDIENTE AL AREA DE TRATAMIENTO NORMATIVO III DEL DISTRITO DE SANTIAGO DE SURCO Artículo 1º.- Aprobación Aprobar el Indice de Usos para la Ubicación de Actividades Urbanas el cual será de aplicación en el Area de Tratamiento Normativo III del Distrito de Santiago de