Norma Legal Oficial del día 28 de enero del año 2009 (28/01/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 44

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 28 de enero de 2009

asi como a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines consiguientes. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. SS. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 306122-1

Aprueban Directiva "Sistema de Notificaciones Electronicas del Poder Judicial (SINOE-PJ)"
RESOLUCION ADMINISTRATIVA N° 336-2008-CE-PJ MORDAZA, 31 de diciembre de 2008 VISTO: El Oficio N° 1999-2008-GG-PJ, cursado por el Gerente General del Poder Judicial; y, CONSIDERANDO: Primero: Que, este Organo de Gobierno mediante Resolucion Administrativa N° 214-2008-CE-PJ, de fecha 30 de MORDAZA del ano en curso, instauro el Servicio de Notificaciones Electronicas en el Poder Judicial, disponiendo que la Gerencia General presente el proyecto de directiva para establecer su aplicacion; Segundo: Al respecto, la Gerencia General del Poder Judicial remite a este Organo de Gobierno el Proyecto denominado "Implementacion de Notificaciones Electronicas en el Poder Judicial", del cual forma parte del Proyecto de Directiva del Sistema de Notificaciones Electronicas del Poder Judicial "SINOE-PJ"; y, Tercero: Que, el Poder Judicial ejerce la funcion de administrar justicia, desarrollando actividades que se traducen en la prestacion de servicios a los justiciables, a traves de unidades organicas que cuentan con personal especializado en el desarrollo de las actividades inherentes a las mismas; Cuarto: Que, la Sub Gerencia de Servicios Judiciales de la Gerencia de Servicios Judiciales y Recaudacion de la Gerencia General, es la dependencia encargada de programar, ejecutar, supervisar y evaluar la prestacion del Servicio de Notificaciones a nivel nacional; Quinto: Las notificaciones realizadas por medios tradicionales (cedula fisica) tardan en demasia en llegar a los domicilios reales o procesales senalados por las partes, debido en gran medida a la sobre carga procesal o por el procedimiento establecido para su diligenciamiento; ante ello los abogados o sujetos procesales tienen que dirigirse a las centrales de notificacion o a los organos jurisdiccionales a fin de tomar conocimiento del contenido de las resoluciones expedidas en sus respectivos procesos, con el consecuente perjuicio economico que implica; sumandose la escasa seguridad existente en las notificaciones realizadas por cedula fisica, pues son susceptibles de extraviarse en el trayecto, traspapelarse en la oficina de casillas procesales, o ser objeto de adulteraciones, falsificaciones, etc.; Sexto: El articulo 157° del Codigo Procesal Civil, establece que la notificacion de las resoluciones judiciales, en todas las instancias, y aun en la Corte Suprema de Justicia de la Republica, se realizan por cedula; precisandose en el articulo 163 del mismo cuerpo legal, que salvo el traslado de la demanda o de la reconvencion, citacion para resolver posiciones y la sentencia, las otras resoluciones pueden, a pedido de parte, ser notificadas ademas, por telegrama, facsimil, correo electronico y otro medio idoneo, siempre que los mismos permitan confirmar su recepcion;

Setimo: Por otro lado, el articulo 26° de la Ley N° 27584, Ley que regula el MORDAZA Contencioso Administrativo, modificada por Decreto Legislativo N° 1067, preve que las notificaciones emanadas de un MORDAZA contencioso administrativo se efectuaran mediante sistema de comunicacion electronica o telematica, tales como correo electronico, Internet u otro medio idoneo que permita confirmar fehacientemente su recepcion; con las excepciones precisadas en la misma MORDAZA (excepciones del traslado de la demanda, inadmisibilidad, improcedencia, la citacion de audiencia, el auto que se pronuncia sobre el saneamiento procesal, fijacion de puntos controvertidos, saneamiento probatorio y/o el juzgamiento anticipado; la sentencia, y otras resoluciones que el juez disponga motivadamente); Octavo: Que es proposito de este Organo de Gobierno, coadyuvar a la mejor organizacion, metodos y procesos utilizados en las actividades operativas componentes del servicio de imparticion de justicia, empleando para el logro de tales fines, de ser necesario, las nuevas tecnologias de informacion, conforme al acelerado cambio que plantea, a la ciencia juridica, la nueva civilizacion tecnologica; Por tales consideraciones, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en aras de brindar cada vez un mejor servicio a los justiciables y en uso de las atribuciones conferidas por el Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, de conformidad con el informe de la senorita Consejera MORDAZA MORDAZA Munoz, en sesion ordinaria de la fecha, sin la intervencion del senor Consejero MORDAZA MORDAZA MORDAZA por encontrarse de licencia, por unanimidad; RESUELVE: Articulo Primero.- Aprobar la Directiva N° 015-2008CE-PJ "Sistema de Notificaciones Electronicas del Poder Judicial (SINOE-PJ); que en anexo adjunto forma parte integrante de la presente resolucion. Articulo Segundo.- Transcribase la presente resolucion al Presidente del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Cortes Superiores de Justicia de la Republica, Gerencia General del Poder Judicial, Oficina de Inspectoria General del Poder Judicial y a la Procuraduria Publica encargada de los Asuntos Judiciales del Poder Judicial, para su conocimiento y fines consiguientes. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. SS. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA
Nota.: La Directiva N° 015-2008-CE-PJ, "Sistema de Notificaciones Electronicas del Poder Judicial (SINOE-PJ), esta publicada en el MORDAZA de Internet del Poder Judicial, www.pj.gob.pe.

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CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
Aprueban Directiva "Normas para la Formulacion, Seguimiento y Evaluacion del Plan Operativo 2009 de las Dependencias del Poder Judicial"
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA REPUBLICA PRESIDENCIA RESOLUCION ADMINISTRATIVA DE LA PRESIDENCIA DEL PODER JUDICIAL R.A. Nº 030-2009-P-PJ MORDAZA, 19 de enero de 2009

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