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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 28 de enero de 2009 389391 VISTO : El Ofi cio N° 037-2009-GG/PJ y el Proyecto de Directiva que norma el proceso de formulación, seguimiento, y evaluación del Plan Operativo de las Dependencias del Poder Judicial para el Año 2009, elaborado por la Gerencia General; CONSIDERANDO : Que. es necesario establecer las orientaciones metodológicas para la formulación, seguimiento y evaluación del Plan Operativo de las Dependencias del Poder Judicial para el Año 2009, a fi n de que los órganos jurisdiccionales y administrativos del Poder Judicial cuenten con un instrumento básico que oriente la gestión institucional; Que, a fi n de facilitar la aplicación del proceso de planeamiento operativo institucional, es necesario la difusión de dichas orientaciones metodológicas, propiciando la utilización de la tecnología de información a través de la Página Web Institucional; De conformidad con las facultades previstas en el inciso 4° del Artículo 76° de la Ley Orgánica del Poder Judicial, modifi cado por Ley N° 27465; RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar la Directiva N° 01- 2009-GG-PJ “NORMAS PARA LA FORMULACIÓN, SEGUIMIENTO Y EVALUACION DEL PLAN OPERATIVO 2009 DE LAS DEPENDENCIAS DEL PODER JUDICIAL” formulada por la Gerencia General del Poder Judicial, que forma parte de la presente Resolución. Artículo Segundo.- La Gerencia General publicará la citada Directiva, así como sus respectivos formatos y la Guía Metodológica de las Estadísticas Jurisdiccionales de Gestión 2009, en la Página Web del Poder Judicial (www.pj.gob.pe), Artículo Tercero.- Encargar a la Gerencia de Planifi cación de la Gerencia General su difusión, seguimiento y evaluación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER VILLA STEIN Presidente del Poder Judicial 306101-1 CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA Designan Juez Suplente del 5° Juzgado Especializado de Familia Corte Superior de Justicia de Lima Presidencia Ofi cina de Coordinación Administrativa y de Asuntos Jurídicos RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 058-2009-P-CSJL/PJ Lima, 27 de enero de 2009 REQUISITOS PARA PUBLICACIÏN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS Se comunica al Congreso de la República, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autónomos y Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para efecto de publicar sus dispositivos y Sentencias en la Separata de Normas Legales y Separatas Especiales, respectivamente, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1.- Las normas y sentencias por publicar se recibirán en la Dirección del Diario Ofi cial, de lunes a viernes, en el horario de 10.30 a.m. a 5.00 p.m., adjuntando la solicitud y los documentos refrendados por la persona acreditada en el Diario Ofi cial. 2.- Las normas y sentencias cuya publicación se solicite para el día siguiente no deberán exceder de diez (10) páginas. 3.- Todas las normas y sentencias que se remitan al Diario Ofi cial para la publicación correspondiente deberán estar contenidas en un disquete y redactadas en WORD. 4.- Para las publicaciones cuyos originales excedan de 10 páginas, el contenido del disquete o correo electrónico será considerado copia fi el del original para su publicación. 5.- Si la entidad no remitiese la norma o sentencia en disquete, deberá enviar el documento al correo electrónico: normaslegales@editoraperu.com.pe. 6.- Si las normas contuvieran tablas o cuadros, éstas deberán estar trabajadas en EXCEL, con una línea por celda sin justifi car y, si se agregasen gráfi cos, su presentación será en formato EPS o TIF a 300 DPI y en escala de grises. 7.- Las tablas o cuadros deberán ser elaborados a 24 cm. de alto x 15 cm. de ancho, en caso se trate de una página apaisada a 15 cm. de ancho x 24 cm. de alto. Asimismo, la tipografía mínima a utilizar deberá ser de 7 puntos. LA DIRECCIÓN DIARIO OFICIAL