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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE ENERO DEL AÑO 2009 (28/01/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 9

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 28 de enero de 2009 389355 que no cuentan con la cobertura presupuestal en el vigente ejercicio fi scal; Que, la Cuadragésima Disposición Final de la Ley Nº 29289, autoriza al Instituto Nacional Penitenciario – INPE a incrementar la asignación de riesgo de seguridad y vigilancia hasta por la suma de Ciento Cincuenta y 00/100 Nuevos Soles (S/. 150,00) a favor de los trabajadores activos, la misma que se dispone se haga efectivo mediante una propuesta de reestructuración con cargo al presupuesto asignado al INPE; la misma que no es factible de efectivizarse por cuanto el presupuesto asignado al INPE para el año fi scal 2009, sólo le permite solventar los gastos ineludibles y primordiales inherentes al tratamiento y seguridad penitenciaria; Que, la Sexagésima Sétima Disposición Final de la Ley Nº 29289, autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas a transferir de la Reserva de Contingencia la suma de Dieciséis Millones Seiscientos Mil y 00/100 Nuevos Soles (S/. 16 600 000,00) a favor del Instituto Nacional Penitenciario – INPE, para cubrir los mayores costos de la ración alimenticia de los internos de los establecimientos penitenciarios a nivel nacional; Que, la Reserva de Contingencia prevista en el Ministerio de Economía y Finanzas cuenta con recursos disponibles que permiten fi nanciar las necesidades antes señaladas, por lo que es necesario autorizar una transferencia de partidas a favor del Instituto Nacional Penitenciario; De conformidad con lo establecido por el artículo 45º de la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto y la Ley N° 29289, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009; DECRETA: Artículo 1°.- Objeto Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009, a favor del Pliego Instituto Nacional Penitenciario, hasta por la suma de TREINTA Y CINCO MILLONES SETECIENTOS VEINTIÚN MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 35 721 000,00), de acuerdo al siguiente detalle: DE LA: SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 009 : Ministerio de Economía y Finanzas UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración General FUNCIÓN 03 : Planeamiento, Gestión y Reserva de Contingencia PROGRAMA FUNCIONAL 008 : Reserva de Contingencia SUBPROGRAMA FUNCIONAL 0014 : Reserva de Contingencia ACTIVIDAD 000010 : Administración del Proceso Presupuestario del Sector Público FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios (En Nuevos Soles) CATEGORIA DEL GASTO GASTOS CORRIENTES 0. Reserva de Contingencia 35 721 000,00 --------------------- TOTAL 35 721 000,00 =========== A LA: SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 061 : Instituto Nacional Penitenciario UNIDAD EJECUTORA 001 : Sede Central Administración Lima FUNCIÓN 02 : Justicia PROGRAMA FUNCIONAL 006 : Gestión SUBPROGRAMA FUNCIONAL 0008 : Asesoramiento y Apoyo ACTIVIDAD 000267 : Gestión Administrativa FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios (En Nuevos Soles) CATEGORIA DEL GASTO GASTOS CORRIENTES 1. Personal y Obligaciones Sociales 19 121 000,00 3. Bienes y Servicios 16 600 000,00 -------------------- TOTAL 35 721 000,00 ============ Artículo 2°.- Procedimiento para la aprobación institucional 2.1. El Titular del Pliego habilitado en la presente Transferencia de Partidas, aprueba mediante resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1º de la presente norma, a nivel funcional programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la resolución será remitida dentro de los cinco (05) días de aprobada a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23º de la Ley Nº 28411 – Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. 2.2. La Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos comprendidos en la presente Transferencia de Partidas, solicitaran a la Dirección Nacional del Presupuesto Público las codifi caciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Actividades, Componentes, Finalidades de Meta y Unidades de Medida. 2.3. La Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados, instruirán a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes “Notas para Modifi cación Presupuestaria” que se requieran como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 3°.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintisiete días del mes de enero del año dos mil nueve. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República LUIS CARRANZA UGARTE Ministro de Economía y Finanzas 306256-2 Autorizan transferencia de partidas a favor del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo DECRETO SUPREMO N° 016-2009-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 29289, se ha aprobado el Presupuesto del Sector Público correspondiente al Año Fiscal 2009; Que, la Vigésima Novena Disposición Final de la Ley Nº 29289, establece que el presupuesto de partida de los Programas Sociales Programa de Emergencia Social Productivo Construyendo Perú y Capacitación Laboral Juvenil – PROJOVEN, será hasta SETENTA MILLONES y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 70 000 000,00) respectivamente, con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia a fi n de impulsar y dar continuidad a sus actividades y efectúen las evaluaciones correspondientes; Que, el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo viene solicitando recursos a efectos de posibilitar el adecuadofi nanciamiento para la continuidad y operatividad de los Programas Sociales Programa de Emergencia Social Productivo Construyendo Perú y Capacitación Laboral Juvenil – PROJOVEN, por lo que es necesario autorizar una transferencia de partidas por la suma de