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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 28 de enero de 2009 389359 Modifican el artículo 3º de la R.M. Nº 0002-2009-ED RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0018-2009-ED Lima, 26 de enero de 2009 CONSIDERANDO: Que, por Resolución Ministerial Nº 0002-2009-ED, de fecha 08 de enero de 2009, se delega en la Secretaría General del Ministerio de Educación, durante el Año Fiscal 2009, facultades y atribuciones del Titular del Pliego 010: Ministerio de Educación; Que, el artículo 2° de la citada Resolución Ministerial designó a los responsables de las Unidades Ejecutoras del Presupuesto Institucional del Pliego 010: Ministerio de Educación; Que, resulta necesario modifi car al responsable de la Unidad Ejecutora 108: Programa Nacional de Infraestructura Educativa consignado en el artículo 3° de la citada Resolución Ministerial; De conformidad con el Decreto Ley Nº 25762, modifi cado por la Ley Nº 26510 y el Decreto Supremo Nº 006-2006-ED y sus modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo Único.- Modifi car el artículo 3° de la Resolución Ministerial Nº 0002-2009-ED, de fecha 08 de enero de 2009, de acuerdo al texto siguiente: “Artículo 3°.- Designar a los responsables de las Unidades Ejecutoras del Presupuesto Institucional del Pliego 010: Ministerio de Educación, correspondiente al Año Fiscal 2009, conforme se indica a continuación: UNIDAD EJECUTORA DESCRIPCIÓN TITULAR DE UNIDAD EJECUTORA 108 Programa Nacional de Infraestructura Educativa Jefe de la Ofi cina de Infraestructura Educativa Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ ANTONIO CHANG ESCOBEDO Ministro de Educación 305760-1 ENERGIA Y MINAS Otorgan concesión temporal a favor de Compañía Energética del Centro S.A.C. para desarrollar estudios a nivel de factibilidad relacionados a la actividad de generación de energía eléctrica en la futura Central Hidroeléctrica Belo Horizonte RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 039-2009-MEM/DM Lima, 20 de enero de 2009 VISTO: El Expediente Nº 21169708, sobre otorgamiento de concesión temporal de generación para desarrollar estudios de la futura Central Hidroeléctrica Belo Horizonte, de acuerdo con el Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, presentado por COMPAÑÍA ENERGÉTICA DEL CENTRO S.A.C., persona jurídica inscrita en la Partida Nº 12181814 del Registro de Personas Jurídicas de la Ofi cina Registral de Lima; CONSIDERANDO: Que, COMPAÑÍA ENERGÉTICA DEL CENTRO S.A.C., mediante documento con registro de ingreso Nº 1828567, de fecha 10 de octubre de 2008, ha presentado solicitud sobre otorgamiento de concesión temporal para realizar estudios relacionados con la actividad de generación de energía eléctrica de la futura Central Hidroeléctrica Belo Horizonte, para una potencia instalada estimada de 180 MW, al amparo de lo dispuesto por el artículo 30º del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM; Que, los estudios mencionados en el considerando que antecede se desarrollarán en los distritos de Monzón, Rupa-Rupa y José Crespo y Castillo, provincias de Huamalies y Leoncio Prado, departamento de Huánuco, en la zona comprendida dentro de las coordenadas UTM (PSAD 56) que fi guran en el Expediente; Que, en virtud de lo dispuesto en el artículo 23º del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, el titular de la concesión temporal asume la obligación de realizar estudios de factibilidad, de acuerdo con un cronograma de estudios; Que, la Dirección General de Electricidad, luego de haber verifi cado y evaluado que el peticionario ha cumplido con los requisitos establecidos en el Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, ha emitido el Informe Nº 263-2008-DGE-DCE; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 23º del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, y el artículo 36º del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas; Con la opinión favorable del Director General de Electricidad y del Vice Ministro de Energía; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar concesión temporal a favor de COMPAÑÍA ENERGÉTICA DEL CENTRO S.A.C., que se identifi cará con el código Nº 21169708, para desarrollar estudios a nivel de factibilidad relacionados a la actividad de generación de energía eléctrica en la futura Central Hidroeléctrica Belo Horizonte, con una potencia instalada estimada de 180 MW, los cuales se realizarán en los distritos de Monzón, Rupa-Rupa y José Crespo y Castillo, provincias de Huamalies y Leoncio Prado, departamento de Huánuco, por un plazo de veinticuatro (24) meses contados a partir de la vigencia de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los estudios se realizarán al amparo de la presente concesión temporal, y comprenderán la zona delimitada por las siguientes coordenadas UTM (PSAD 56): VÉRTICE ESTE NORTE 1 374 525,30 8 981 837,50 2 375 934,55 8 986 111,00 3 380 460,90 8 990 598,00 4 382 405,40 8 990 836,90 5 384 270,50 8 989 341,90 6 383 455,40 8 986 869,80 7 381 519,50 8 987 081,80 8 378 684,45 8 984 551,50 9 377 469,40 8 980 866,60 Artículo 3º.- El concesionario está obligado a realizar los estudios, respetando las normas técnicas y de seguridad, preservando el medio ambiente y salvaguardando el Patrimonio Cultural de la Nación, así como al cumplimiento de las obligaciones establecidas en la Ley de Concesiones Eléctricas, su Reglamento y demás normas legales pertinentes. De conformidad con el artículo 36º del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, si vencido el plazo mencionado en el artículo 1º de la presente Resolución, el concesionario no cumpliera con las obligaciones contraídas en su solicitud, respecto a la ejecución de los estudios y al cumplimiento del Cronograma de Ejecución de Estudios, la Dirección General de Electricidad ejecutará la garantía otorgada. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 36º del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, será publicada en el Diario Ofi cial “El Peruano”, por una sola