Norma Legal Oficial del día 28 de enero del año 2009 (28/01/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

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NORMAS LEGALES
DEBE DECIR:

El Peruano MORDAZA, miercoles 28 de enero de 2009

vez y por cuenta del interesado, y entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energias y Minas 304794-1

"La publicacion oficial de las normas legales de caracter general se realiza en el Diario Oficial El Peruano, con las excepciones previstas en la ley". 306257-1

PRODUCE JUSTICIA
FE DE ERRATAS DECRETO SUPREMO Nº 001-2009-JUS

Designan representante del Ministerio ante el Directorio de FONCOPES y formalizan designacion de otros miembros del Directorio
RESOLUCION MINISTERIAL N° 036-2009-PRODUCE MORDAZA, 23 de enero del 2009 VISTOS: la Nota Nº 040-2009-PRODUCE/DVP del Despacho Viceministerial de Pesqueria y el Informe Nº 029-2009-PRODUCE/OGAJ-NKICS de la Oficina General de Asesoria Juridica y; CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Legislativo Nº 1084 - Ley sobre Limites Maximos de Captura por Embarcacion publicado en el Diario Oficial El Peruano el 28 de junio de 2008, se establecio el mecanismo de ordenamiento pesquero aplicable a la extraccion de los recursos de anchoveta y anchoveta MORDAZA (engraulis ringens y anchoa nasus) destinada al Consumo Humano Indirecto, con el fin de mejorar las condiciones para su modernizacion y eficiencia; promover su desarrollo sostenido como fuente de alimentacion, empleo e ingresos; y, asegurar un aprovechamiento responsable de los recursos hidrobiologicos, en MORDAZA con la preservacion del medio ambiente y la conservacion de la biodiversidad; Que, asimismo, el acotado Decreto Legislativo crea el Fondo de Compensacion para el Ordenamiento Pesquero (FONCOPES) que estara destinado a financiar exclusivamente los Programas de Beneficios establecidos en la mencionada Ley y la operacion y actividades de la institucion del mismo nombre (FONCOPES), cuyos organos de gobierno son: a) su Directorio, que es su organo supremo, y b) su Gerencia, que tendra a su cargo ejecutar las decisiones del Directorio, siendo que el Directorio estara conformado por ocho (8) miembros elegidos por periodos de tres (3) anos renovables. Asi, cuatro (4) de sus miembros representaran a los titulares de permisos de pesca a los que se hubiera atribuido un LMCE; dos (2) a los trabajadores de las empresas armadoras incluidas dentro de la medida; uno (1) al Servicio Nacional de Adiestramiento en Trabajo Industrial-SENATI; y uno (1) al Ministerio que lo presidira; Que, el articulo 25º del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1084, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2008-PRODUCE, establece el MORDAZA para la eleccion de los miembros del Directorio, disponiendo que el mismo estara a cargo del Ministerio de la Produccion; Que, mediante la nota de vistos el Viceministro de Pesqueria solicita la designacion de la abogada MORDAZA MORDAZA MORDAZA Letona Pereyra como representante del Ministerio de la Produccion, asi como la formalizacion de la designacion del resto de los directores del FONCOPES, toda vez que se habria cumplido el procedimiento que establece el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1084 para la designacion de los miembros del Directorio del citado Fondo; Que, en tal sentido, corresponde dictar el acto administrativo por el cual se designe a la representante del Ministerio de la Produccion ante el Directorio del Fondo de Compensacion para el Ordenamiento Pesquero - FONCOPES y se materialice la designacion del resto de los directores designados; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1084 - Ley sobre Limites Maximos de

Mediante Oficio Nº 059-2009-SCM-PR, la Secretaria del Consejo de Ministros solicita se publique Fe de Erratas del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, publicado en nuestra edicion del dia 15 de enero de 2009. Articulo 4º.- Alcance del concepto de las normas legales DICE: "(...) En tal sentido, se deben publicar obligatoriamente en el Diario Oficial El Peruano: (...) 7. Las Resoluciones Administrativas que aprueban Reglamentos, Directivas, cuando MORDAZA de ambito general, siempre que MORDAZA dictadas en ejercicio de las facultades previstas en sus leyes de creacion o normas complementarias; (...) 9. Las normas de caracter general emitidas por los Gobiernos Locales y Gobiernos Regionales. (...)" DEBE DECIR: "(...) En tal sentido, se deben publicar obligatoriamente en el Diario Oficial El Peruano: (...) 7. Las Resoluciones Administrativas que aprueban Reglamentos, Directivas, cuando MORDAZA de ambito general, siempre que MORDAZA dictadas en ejercicio de las facultades previstas en sus leyes de creacion o normas complementarias, conforme a ley; (...) 9. Las normas de caracter general emitidas por los Gobiernos Locales y Gobiernos Regionales, conforme a ley. (...)" Articulo 8º.- Publicacion Oficial de las normas legales DICE: "La publicacion oficial de las normas legales de caracter general se realiza en el Diario Oficial El Peruano".

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