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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE FEBRERO DEL AÑO 2009 (06/02/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 17

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 6 de febrero de 2009 390403 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Nº 011-2008-EF/93.01 se aprobó el proyecto del Plan Contable Gubernamental 2009, se dispuso su difusión en la página Web de la Dirección Nacional de Contabilidad Pública, y se encargó a la Dirección de Normatividad de la Dirección Nacional de Contabilidad Pública, el acopio, procesamiento y evaluación de los comentarios de los interesados, así como la formulación de la propuesta de modifi caciones al proyecto del indicado Plan Contable Gubernamental en caso necesario; Que, concluido el proceso de evaluación se incorporan las sugerencias recibidas de los contadores profesionales y entidades representativas de la profesión; y En uso de la atribución conferida en el inciso a) del artículo 7º de la Ley Nº 28708, Ley General del Sistema Nacional de Contabilidad; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el uso obligatorio del Plan Contable Gubernamental 2009, el mismo que forma parte de la presente Resolución, disponer su difusión en la página Web de la Dirección Nacional de Contabilidad Pública: http://cpn.mef.gob.pe, y su vigencia a partir del ejercicio del año 2009. Artículo 2º.- Están comprendidas en el alcance del Plan Contable Gubernamental 2009, las entidades públicas usuarias del Plan Contable Gubernamental vigente hasta el 31 de diciembre 2008, así como los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos y el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI), en el marco de lo dispuesto por la quincuagésima cuarta disposición fi nal de la Ley Nº 29289, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fi scal 2009. Artículo 3º.- Las entidades usuarias del Plan Contable Gubernamental 2009, comprendidas en el artículo anterior, elaborarán la hoja de trabajo para la adecuación de los saldos obtenidos al cierre contable del ejercicio 2008 estableciendo las equivalencias respecto al Plan Contable Gubernamental 2009, para el registro del asiento de apertura. Artículo 4º.- Recomendar la difusión del Plan Contable Gubernamental 2009 aprobado mediante la presente Resolución, a la Junta de Decanos de Colegios de Contadores Públicos del Perú, a los Colegios de Contadores Públicos Departamentales y a las Facultades de Ciencias Contables y Financieras de las Universidades del País. Artículo 5º.- Se derogan o se dejan en suspenso según corresponda, las normas que se opongan a lo establecido por la presente Resolución o que limiten su aplicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. OSCAR A. PAJUELO RAMÍREZ Contador General de la Nación 310304-1 Aprueban el “Cuadro de Plazos en la Fase de Cierre y Conciliación del Presupuesto del Sector Público del Año Fiscal 2008”, el “Anexo Nº 01: Entidades sujetas a la Directiva” y el “Anexo Nº 02: Cronograma de Reuniones para efecto del Cierre y Conciliación - Año Fiscal 2008” y modifican la “Directiva para el Cierre y Conciliación del Presupuesto del Sector Público” RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 006-2009-EF/76.01 Lima, 2 de febrero de 2009 CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, se establecen los principios, así como los procesos y procedimientos que regulan el Sistema Nacional de Presupuesto; Que, asimismo, el artículo 13º numeral 13.2 literales a) y c) de la Ley Nº 28112, en concordancia con los artículos 3º y 4º de la Ley Nº 28411, disponen que la Dirección Nacional del Presupuesto Público es el órgano rector y constituye la más alta autoridad técnico-normativa del Sistema Nacional de Presupuesto, y cuenta con las atribuciones de programar, dirigir, coordinar y evaluar la gestión del proceso presupuestario, así como emitir las directivas y normas complementarias pertinentes; Que, mediante Resolución Directoral Nº 013-2008- EF/76.01 se aprobó la Directiva Nº 004-2008-EF/76.01 “Directiva para el Cierre y Conciliación del Presupuesto del Sector Público”, así como los anexos, formatos y modelos, la misma que contiene pautas y procedimientos de carácter general y de vigencia permanente; Que, resulta necesario aprobar un nuevo “Cuadro de Plazos en la Fase de Cierre y Conciliación del Presupuesto del Sector Público del Año Fiscal 2008”, para los niveles de Gobierno Nacional y Gobierno Regional, así como los nuevos “Anexo Nº 01: Entidades sujetas a la Directiva” y “Anexo Nº 02: Cronograma de Reuniones para efecto del Cierre y Conciliación - Año Fiscal 2008”, a fi n de permitir la formalización del Cierre y Conciliación Presupuestaria Anual correspondiente al Año Fiscal 2008; Que, es pertinente precisar el momento en que el Pliego presenta a la Dirección Nacional del Presupuesto Público la información presupuestaria y fi nanciera de ingresos y gastos a la que se refi ere el artículo 5º de la Directiva Nº 004-2008-EF/76.01, así como suspender el artículo 19º de la referida Directiva para el Cierre y Conciliación Presupuestaria Anual correspondiente al Año Fiscal 2008; Que, en coordinación con la Dirección Nacional de Contabilidad Pública, se ha determinado como fecha para la culminación del Período de Regularización, correspondiente al ejercicio presupuestario 2008, el 16 de marzo de 2009, de acuerdo a lo dispuesto por el literal b) del artículo 29º de la Ley Nº 28411; En uso de las facultades conferidas en el artículo 13º de la Ley Nº 28112 - Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público, los artículos 3º y 4º de la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto y el artículo 17º del Decreto Legislativo Nº 183 - Ley Orgánica del Ministerio de Economía y Finanzas; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el “Cuadro de Plazos en la Fase de Cierre y Conciliación del Presupuesto del Sector Público del Año Fiscal 2008”, el “Anexo Nº 01: Entidades sujetas a la Directiva” y el “Anexo Nº 02: Cronograma de Reuniones para efecto del Cierre y Conciliación - Año Fiscal 2008”. Artículo 2º.- Modifi car el numeral 5.3 del artículo 5º de la Directiva Nº 004-2008-EF/76.01 “Directiva para el Cierre y Conciliación del Presupuesto del Sector Público”, aprobada por Resolución Directoral Nº 013-2008- EF/76.01, conforme al siguiente texto: “Artículo 5º.- Responsabilidades de las dependencias del pliego para el Cierre Presupuestario (...) 5.3 La Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en el Pliego, consolida la citada información, debiendo presentarla a la Dirección Nacional del Presupuesto Público en las Reuniones para efecto del Cierre y Conciliación como parte de los documentos a los que hace referencia el literal a) del artículo 13º de la presente Directiva. (...)” Artículo 3º.- Suspender el artículo 19º de la Directiva Nº 004-2008-EF/76.01 “Directiva para el Cierre y Conciliación del Presupuesto del Sector Público” para el Cierre y