Norma Legal Oficial del día 06 de febrero del año 2009 (06/02/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 24

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 6 de febrero de 2009

PRODUCE
Delegan diversas facultades a la Secretaria General, al Director General de la Oficina General de Administracion y al Director de la Oficina de Logistica de la Oficina General de Administracion del Ministerio
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 055-2009-PRODUCE MORDAZA, 4 de febrero del 2009 VISTOS: El Memorando Nº 0597-2009-PRODUCE/ SG de la Secretaria General, el Oficio Nº 289-2009PRODUCE/OGA de la Oficina General de Administracion, la Nota Nº 129-2009-PRODUCE/OGA-OL de la Oficina de Logistica de la Oficina General de Administracion y el Informe Nº 048-2009-PRODUCE/OGAJ-NKICS de la Oficina General de Asesoria Juridica y; CONSIDERANDO: Que, el Decreto Legislativo Nº 1017- Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 184-2008-EF, vigentes desde el 1 de febrero de 2009, constituyen el MORDAZA normativo que contiene las disposiciones y lineamientos que deben observar las Entidades del Sector Publico en los procesos de contrataciones de bienes, servicios u obras y regula las obligaciones y derechos que derivan de los mismos; Que, el articulo 5º de la acotada Ley prescribe que el Titular de la Entidad podra delegar, mediante resolucion, la autoridad que dichas normas le otorgan, no pudiendo ser objeto de delegacion, la aprobacion de exoneraciones, la declaracion de nulidad de oficio y las autorizaciones de prestaciones adicionales de obra y otros supuestos que se establezcan en el Reglamento, lo cual es concordante con lo dispuesto en el articulo 5º del citado Reglamento; Que, atendiendo a las disposiciones MORDAZA senaladas, resulta necesario delegar en los funcionarios y dependencias encargadas de las contrataciones del Ministerio, las facultades otorgadas por las normas MORDAZA mencionadas, con la finalidad de establecer los niveles de decision en dicha materia y garantizar la celeridad de las contrataciones del sector en el MORDAZA de la nueva normativa vigente; Que, estando a lo MORDAZA senalado y a lo informado por la Oficina de Logistica de la Oficina General de Administracion, a traves del documento de vistos, corresponde aprobar la delegacion de facultades propuesta por dicha Oficina; Contando con el visado de las Oficinas Generales de Administracion y de Asesoria Juridica; De conformidad a lo dispuesto en la Ley Nº 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General, el Decreto Legislativo Nº 1017 - Ley de Contrataciones del Estado, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 184-2008-EF y de conformidad con el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2006-PRODUCE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Delegar, a partir de la fecha, en la persona de la Secretaria General las facultades que en materia de contratacion publica a continuacion se detallan: · Aprobar, modificar y evaluar el Plan Anual de Contrataciones de la Entidad, conforme a lo dispuesto por el articulo 8º de la Ley y articulos 8º y 9º del Reglamento. · Resolver los recursos de apelacion interpuestos por los participantes de procesos de seleccion convocados por la Entidad que no MORDAZA de competencia del Tribunal de Contrataciones del Estado, conforme a lo dispuesto

por el articulo 53º de la Ley y los articulos 104º y 113º del Reglamento. · Aprobar previamente al otorgamiento de la buena pro, las propuestas de los postores que superen el valor referencial en los procesos de seleccion para la ejecucion de obras, hasta el limite del diez por ciento (10%) del mismo, siempre que se cuente con la asignacion suficiente de recursos, de acuerdo a lo prescrito por el articulo 33º de la Ley y el articulo 76º del Reglamento. · Aprobar el MORDAZA de estandarizacion de bienes de acuerdo a lo prescrito por el articulo 11º del Reglamento de la Ley. Articulo 2º.- Delegar, a partir de la fecha, en la persona del Director General de la Oficina General de Administracion las facultades que en materia de contratacion publica a continuacion se detallan: · Aprobar los expedientes de contratacion de los procesos de seleccion de Licitacion Publica, Concurso Publico y Adjudicacion Directa a que se refiere el articulo 19º del Reglamento. · Aprobar las bases administrativas de los procesos de seleccion de Licitacion Publica, Concurso Publico, Adjudicacion Directa y Adjudicacion de Menor Cuantia conforme a lo dispuesto por el articulo 26º de la Ley y el articulo 35º del Reglamento. · Designar a los Comites Especiales en el caso de los procesos de seleccion de Licitacion Publica, Concurso Publico y Adjudicacion Directa, asi como cuando lo considere pertinente en los procesos de Adjudicacion de Menor Cuantia, conforme a lo prescrito por el articulo 24º de la Ley y articulo 27º del Reglamento. · Aprobar la cancelacion de los procesos de seleccion de Licitacion Publica, Concurso Publico y Adjudicacion Directa, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 34º de la Ley y el articulo 79º del Reglamento. · Disponer la reduccion de bienes, servicios y obras, asi como la ejecucion de prestaciones adicionales de bienes y servicios, hasta por el veinticinco por ciento (25%) del monto contratado, siempre que se cuente con la asignacion presupuestal necesaria, conforme a lo prescrito por el articulo 41º de la Ley y el articulo 174º del Reglamento. · Aprobar la resolucion de contratos celebrados para la adquisicion de bienes, contratacion de servicio y ejecucion de obras, de conformidad con el articulo 44º de la Ley. Articulo 3º.- Delegar, a partir de la fecha, en el Director de la Oficina de Logistica de la Oficina General de Administracion las facultades que en materia de contratacion publica a continuacion se detallan: · Aprobar expedientes de contratacion de los procesos de seleccion de Adjudicacion de Menor Cuantia a que se refiere el articulo 19º del Reglamento. · Aprobar la cancelacion de los procesos de seleccion de Adjudicacion de Menor Cuantia, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 34º de la Ley y el articulo 79º del Reglamento. · Celebrar contratos derivados de procesos de seleccion para la adquisicion de bienes y la contratacion de servicios y obras, incluida la suscripcion de ordenes de compra y servicios, asi como suscribir adendas para su modificacion conforme a lo prescrito en el articulo 35º de la Ley y los articulos 138º, 139º y 143º del Reglamento. · Resolver las solicitudes de ampliacion del plazo conforme a lo dispuesto en el articulo 41º de la Ley y los articulos 175º y 201º del Reglamento. · Celebrar contratos complementarios de bienes y servicios conforme a lo dispuesto por el articulo 182º del Reglamento. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA CONTERNO MARTINELLI Ministra de la Produccion 309957-1

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