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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 6 de febrero de 2009 390409 para el Desarrollo Alternativo - CADA en los programas de reducción gradual y concertada; Que, habiendo culminado la vigencia de la Resolución Ministerial N° 0012-2008-lN/1101 del 15 de enero de 2008, que aprueba el Plan Anual para Operaciones de Reducción del Espacio Cocalero Ilegal en el Perú 2008 del Proyecto Especial “CORAH”, resulta pertinente evaluar el diseño del nuevo Plan y su dispositivo de aprobación para el período 2009; Que, en la formulación del “Plan Anual de Reducción del Espacio Cocalero Ilegal en el Perú 2009” se han considerado los lineamientos emitidos por el Comité Interinstitucional conformado por representantes de DEVIDA, Ministerio Público y el Ministerio del Interior representado por la OFECOD-CORAH, DIGIMIN y la PNP, y otros participantes; Que, la Presidencia Ejecutiva del Consejo Directivo de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas — DEVIDA, mediante Ofi cio N° 042-2009-DV-PE del 21 de enero de 2009, ha comunicado al Despacho Ministerial su conformidad con el “Plan Anual de Reducción del Espacio Cocalero Ilegal en el Perú 2009”, por lo que se debe proceder a su aprobación y a disponer su ejecución, en coordinación con los organismos involucrados; Que, en el mismo documento se incluye la conformidad con el contenido del “Plan Complementario de Reducción del Espacio Cocalero Ilegal en el Perú 2009”, sujeto al fi nanciamiento que se pueda obtener del Tesoro Público, lo que deviene en condición por alcanzar para su ejecución; Que, la actual situación de Orden y Seguridad en las zonas cocaleras existentes y en las que se vienen generando en el país por el accionar del narcotráfi co y el terrorismo, hacen aconsejable el monitoreo, seguimiento y evaluación permanente de la ejecución del Plan Anual, planes complementarios, específi cos o alternos y especiales que se ejecuten a fi n de determinar en función a la fl exibilidad de los mismos, las necesidades de reorientación, previstas y/o imprevistas que sean necesarias en cada coyuntura para alcanzar los objetivos y meta propuesta; De conformidad a lo prescrito en el inciso “a” del artículo 5° y en la Segunda Disposición Complementaria, Transitoria y Final del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 370 - Ley del Ministerio del Interior, aprobado por Decreto Supremo N° 003-2004-lN; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aprobar el “Plan Anual de Reducción del Espacio Cocalero Ilegal en el Perú 2009”, que constituye el documento normativo, ejecutivo y de actividades que debe desarrollar el Proyecto Especial “CORAH”, durante el período operativo correspondiente al año 2009, el cual forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2°.- La ejecución y cumplimiento de las actividades contenidas en el “Plan Anual de Reducción del Espacio Cocalero Ilegal en el Perú 2009”, aprobado por el artículo precedente, serán evaluadas mensualmente por la Ofi cina Ejecutiva de Control de Drogas del Ministerio del Interior — OFECOD, en base a los reportes diarios e informes mensuales emitidos por la Dirección Ejecutiva del Proyecto Especial “CORAH”, a fi n de o determinar el grado de avance e identifi car los problemas que difi culten y/o impidan su ejecución, para adoptar las medidas adecuadas y correctivas del caso. Artículo 3°.- Las entidades comprometidas en el “Plan Complementario de Reducción del Espacio Cocalero Ilegal en el Perú 2009”, propuesto junto con el “Plan Anual de Reducción del Espacio Cocalero Ilegal en el Perú 2009” del Proyecto Especial “CORAH”, desde la publicación de la presente Resolución Ministerial, deberán realizar las acciones de coordinación, planeamiento y de gestión necesarias para obtener el fi nanciamiento correspondiente para su ejecución y desarrollar las medidas contenidas en el mismo. Regístrese, comuníquese y publíquese. REMIGIO HERNANI MELONI Ministro del Interior 310280-1 JUSTICIA Acceden a solicitud de extradición pasiva de ciudadano ecuatoriano y disponen su entrega a la República del Ecuador RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 030-2009-JUS Lima, 5 de febrero de 2009 VISTO; el Informe de la Comisión Ofi cial de Extradiciones y Traslado de Condenados Nº 014-2009/COE-TC del 29 de enero de 2009, sobre la extradición pasiva del ciudadano ecuatoriano DELFIN OLMEDO BERMEO IDROVO, formulada por las autoridades judiciales de la República del Ecuador; y, CONSIDERANDO: Que, por Resolución Consultiva de fecha 21 de enero de 2009, aclarada con Resolución de fecha 27 de enero de 2009, la Primera Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República declaró “procedente la solicitud de aplicación del procedimiento simplifi cado de entrega del ciudadano ecuatoriano DELFIN OLMEDO BERMEO IDROVO a las autoridades judiciales de la República del Ecuador; en consecuencia: Concluido el procedimiento de extradición pasiva” (Expedición Nº 08-2009); Que, mediante Informe Nº 014-2009/COE-TC del 29 de enero de 2009, la Comisión Ofi cial de Extradiciones y Traslado de Condenados propone acceder a la solicitud de extradición pasiva del referido procesado; Que, el Tratado de Extradición entre la República del Perú y la República del Ecuador en su artículo XIII señala: “Si la persona reclamada consiente en su entrega al Estado requirente, el Estado requerido podrá entregarla a la brevedad posible, sin más trámite”; Que, estando a lo dispuesto por el inciso 6) del artículo 521 del Código Procesal Penal, promulgado por el Decreto Legislativo Nº 957, el inciso 5) del artículo 34 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial aprobado por Decreto Supremo Nº 017-93-JUS, el Tratado de Extradición entre la República del Perú y la República del Ecuador, suscrito en Quito el 4 de abril de 2001 y aprobado por Resolución Legislativa Nº 27582, del 5 de diciembre de 2001 y ratifi cado por el Decreto Supremo Nº 009-2001-RE, vigente desde el 12 de diciembre de 2002; y lo dispuesto en el literal “a” del artículo 28º del Decreto Supremo Nº 016-2006-JUS; En uso de la facultad conferida en el inciso 8) del artículo 118º de la Constitución Política del Perú; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Acceder a la solicitud de extradición pasiva en aplicación del procedimiento simplifi cado de entrega del ciudadano ecuatoriano DELFIN OLMEDO BERMEO IDROVO quien es requerido por las autoridades judiciales de la República del Ecuador y declarado procedente por la Primera Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República, por la presunta comisión del Delito de Perjurio en agravio del Estado Ecuatoriano y disponer su entrega a la República del Ecuador, de conformidad con el Tratado vigente y lo estipulado por las normas legales peruanas aplicables al caso. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por los Ministros de Justicia y de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República ROSARIO DEL PILAR FERNÁNDEZ FIGUEROA Ministra de Justicia ANTERO FLORES-ARÁOZ ESPARZA Ministro de Defensa Encargado del Despacho del Ministerio de Relaciones Exteriores 310331-12