Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE FEBRERO DEL AÑO 2009 (06/02/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 31

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 6 de febrero de 2009 390417 se reproducen, en aplicación de la Ley Nº 26790 - Ley de Modernización de la Seguridad Social en Salud, del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 728 - Ley de Productividad y Competitividad, se ha determinado que no existe relación laboral con los señores Acuña Espinoza Irma, Amoros Seminario Emilio Felipe, Damian Cabanillas Henry Omar, Damian Cabanillas Josue Evert, Damian Llontop Baltazar Lucio, Diaz Hernandez Luis Alberto, Fernandez Julca Ramon, Hernandez Vera Isaac, Larrea De la Cruz Eleodoro, Mendoza Ueki Raquel Noemí, Mendoza Vera Segundo Fidel, Ñavincopa Vega Fiorella Anany, Odar Rios Angel Alfonso, Orrillo Delgado Segundo German, Piscoya Jurupe Alfredo, Pisfi l Fabian Walter Rodrigo, Reaño Alvitez Jorge Fernando, Rojas Banda Luis Alberto, Saavedra Pisfi l Walter Tito, Ucañay Huamanchumo Luz Marina, Vasquez Quiroz Rigoberto, Vera Carpio Maria Victoria y Zuñe Castañeda José Luis, por lo que no cumplen con los requisitos para ser considerados Asegurados Titulares ante Essalud. Que, en uso de las facultades conferidas por el Decreto Legislativo Nº 501 Ley General de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria y normas modifi catorias, el Texto Único Ordenado del Estatuto de la SUNAT aprobado por Resolución de Superintendencia Nº 041-98/SUNAT y normas modifi catorias, el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la SUNAT aprobado por Decreto Supremo Nº 115-2002-PCM, la Resolución de Superintendencia Nº 190-2002/SUNAT, y la Ley Nº 27334 que amplía las funciones de la SUNAT y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 039-2001-EF y normas modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo Único.- Declarar la baja de ofi cio en el: a) Registro de Entidades Empleadoras: Al contribuyente, respecto a su calidad de empleador de trabajadores agrarios, CAMACHO CASTRO GUILLERMO HERNAN identifi cado con RUC Nº 10164024593, por los períodos comprendidos de enero 2007 a diciembre 2007. b) Registro de Asegurados Titulares y Derechohabientes ante el ESSALUD respecto del empleador CAMACHO CASTRO GUILLERMO HERNAN, a las siguientes personas: Datos de la persona dada de baja Períodos a dar de baja Documento de Identidad Apellidos Nombres Del Al Tipo Nº Paterno Materno DNI 16439102 Acuña Espinoza Irma 01-2007 a 12-2007 DNI 16484913 Amoros Seminario Emilio Felipe 01-2007 a 12-2007 DNI 41716370 Damian Cabanillas Henry Omar 01-2007 a 12-2007 DNI 40100588 Damian Cabanillas Josue Evert 01-2007 a 12-2007 DNI 17619895 Damian Llontop Baltazar Lucio 01-2007 a 12-2007 DNI 16495959 Diaz Hernandez Luis Alberto 01-2007 a 12-2007 DNI 17402022 Fernandez Julca Ramon 01-2007 a 12-2007 DNI 16653068 Hernandez Vera Isaac 01-2007 a 12-2007 DNI 16433672 Larrea De la Cruz Eleodoro 01-2007 a 12-2007 DNI 16737130 Mendoza Ueki Raquel Noemi 01-2007 a 12-2007 DNI 16572070 Mendoza Vera Segundo Fidel 01-2007 a 12-2007 DNI 43808303 Ñavincopa Vega Fiorella Anany 01-2007 a 12-2007 DNI 08389647 Odar Rios Angel Alfonso 01-2007 a 12-2007 DNI 16416708 Orrillo Delgado Segundo German 01-2007 a 12-2007 DNI 17432521 Piscoya Jurupe Alfredo 01-2007 a 12-2007 DNI 16647597 Pisfi l Fabian Walter Rodrigo 01-2007 a 12-2007 DNI 16675502 Reaño Alvitez Jorge Fernando 01-2007 a 12-2007 DNI 16684173 Rojas Banda Luis Alberto 01-2007 a 12-2007 DNI 16655256 Saavedra Pisfi l Walter Tito 01-2007 a 12-2007 DNI 16520446 Ucañay Huamanchumo Luz Marina 01-2007 a 12-2007 DNI 16754235 Vasquez Quiroz Rigoberto 01-2007 a 12-2007 DNI 16759129 Vera Carpio Maria Victoria 01-2007 a 12-2007 DNI 16501257 Zuñe Castañeda Jose Luis 01-2007 a 12-2007 Regístrese, notifíquese1 y comuníquese. PATRICIA SALAZAR ROMERO Intendente (e) Intendencia Regional Lambayeque 1 Conforme al artículo 2º de la Ley Nº 29135, la presente Resolución podrá ser impugnada de acuerdo a la Ley de Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444 309785-1 Declaran bajas de diversas personas de los Registros de Entidades Empleadoras responsables de las Aportaciones a la Seguridad Social y de Asegurados Titulares y Derechohabientes ante el ESSALUD RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA Nº 074-024-0000331 Chiclayo, 12 de enero del 2009 Visto el resultado de la fiscalización, Programa Verificación de Remuneraciones - Essalud, efectuada al contribuyente GUILLERMO MATALLANA NANEZ, con R.U.C. Nº 10164136243 y con domicilio fiscal en Cal. Melchor Sevilla Nº 257 Res. Diego Ferre - Chiclayo. CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el artículo 5º de la Ley General de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria - SUNAT, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 501, modifi cado por el artículo 1º de la Ley Nº 27334, la SUNAT ejerce las funciones de administración de las aportaciones al Seguro Social de Salud - ESSALUD y de la Ofi cina de Normalización Previsional - ONP; Que, mediante los incisos a), b) y c) del artículo 4º del reglamento de la Ley Nº 27334, aprobado por el Decreto Supremo Nº 039-2001-EF, la SUNAT proporcionará a ESSALUD y ONP, según corresponda: a) El Registro de Entidades Empleadoras: contribuyentes y/o responsables de las Aportaciones a la Seguridad Social; b) El Registro de Asegurados Titulares y Derechohabientes ante el ESSALUD; y c) El Registro de Afi liados Obligatorios y Facultativos ante la ONP. Que, asimismo el primer párrafo del artículo 5º y del artículo 12º del Decreto Supremo Nº 039-2001-EF, establecieron que la administración de las Aportaciones a la Seguridad Social, incluye lo relacionado a la inscripción y/o declaración de las entidades empleadoras y de sus trabajadores y/o pensionistas, sin distinción del período tributario, para lo cual corresponde a la SUNAT la elaboración y aprobación de las normas y los procedimientos necesarios para llevar a cabo dicha función; Que, en virtud del artículo 10º de la Resolución de Superintendencia Nº 191-2005/SUNAT, la SUNAT de oficio, podrá dar de baja la inscripción del Trabajador del Hogar del Registro de Empleadores de Trabajadores del Hogar, Trabajadores del Hogar y sus Derechohabientes, cuando presuma que en base a la información que conste en sus registros, o cuando determine en el ejercicio de su facultad de fiscalización, que no existe relación laboral que genere obligaciones tributarias. Que, en uso de las facultades conferidas por el Decreto Legislativo Nº 501 Ley General de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria y normas modifi catorias, el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la SUNAT aprobado por Decreto Supremo Nº 115-2002-PCM, la Resolución de Superintendencia Nº 190-2002/SUNAT, y la Ley Nº 27334 que amplía las funciones de la SUNAT y su Reglamento