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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE FEBRERO DEL AÑO 2009 (06/02/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 29

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 6 de febrero de 2009 390415 SE RESUELVE: Artículo 1º.- Modifi car – en los extremos pertinentes - el Artículo 1º de la Resolución Directoral N° 151-2008- MTC/12 del 29 de agosto de 2008, que otorgó a AEROVIAS DE MÉXICO S.A. de C.V., Permiso de Operación, de conformidad con el “Memorándum de entendimiento sobre Transporte Aerocomercial entre las Autoridades Aeronáuticas de los Estados Unidos Mexicanos y de la República del Perú” suscrito con fecha 10 de septiembre del 2003, ratifi cada mediante Resolución Ministerial N° 913-2003-MTC/02 del 31 de octubre del 2003, sujeto a las siguientes características: RUTAS, FRECUENCIAS Y DERECHOS AEROCOMERCIALES: CON DERECHOS DE TRÁFICO DE TERCERA Y CUARTA LIBERTAD DEL AIRE: - MÉXICO D.F. – LIMA y vv., con nueve (9) frecuencias semanales. MATERIAL AERONÁUTICO: - BOEING 737-700. - BOEING 737-800. - BOEING 767-200. - BOEING 767-300. - BOEING 777-200. Artículo 2º.- Los demás términos de la Resolución Directoral N° 151-2008-MTC/12 del 29 de agosto de 2008, continúan vigentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. ERNESTO LÓPEZ MAREOVICH Director General de Aeronáutica Civil 308593-1 ORGANISMOS EJECUTORES INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA CIVIL Aprueban Formatos “Ficha Técnica de Actividad de Emergencia” y “Ficha Técnica de Informe de Ejecución de Actividades de Emergencia” RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 020-2009-INDECI 23 de enero de 2009 VISTO: El Memorándum Nº 015-2009-INDECI/14.0 del 09.ENE.2009, de la Dirección Nacional de Proyectos Especiales, sus antecedentes; y, CONSIDERANDO: Que, la Cuarta Disposición Final de la Ley N° 29291 - Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009, señala que la Reserva de Contingencia incluye hasta la suma de CINCUENTA MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 50 000 000,00) a favor del Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI, para destinarla a realizar acciones durante el Año Fiscal 2009, a efectos de brindar una respuesta oportuna ante desastres de gran magnitud, que permita mitigar los efectos dañinos por el inminente impacto de un fenómeno natural o antrópico, declarado por el organismo público técnico-científi co competente, así como rehabilitar la infraestructura pública, comprendiéndose en caso de ser necesario, la mitigación de los efectos dañinos a la actividad agropecuaria altoandina, la respuesta oportuna en la provisión de forraje, alimentos para ganado, vacunas y vitaminas para animales; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 794- 2008-EF/15, de fecha 30 de diciembre de 2008, se aprobó la Directiva Nº 004-2008-EF/68.01 “Directiva que establece criterios y procedimientos para el uso de los recursos a que se refiere la Cuarta Disposición Final de la Ley Nº 29291, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009”; Que, conforme a lo señalado en el literal i) del inciso b) del numeral 7.1 del Artículo 7º de la mencionada Directiva, el INDECI deberá establecer la “Ficha Técnica de Actividad de Emergencia” y la “Ficha Técnica de Informe de Ejecución de Actividad de Emergencia”, las cuales permitirán a las Entidades solicitar y sustentar ante el INDECI, el uso de los recursos a que se refi ere la Cuarta Disposición Final de la Ley Nº 29291, así como informarle sobre la ejecución de la actividad, respectivamente; Que, mediante el Memorándum del Visto, la Dirección Nacional de Proyectos Especiales ha remitido los proyectos de “Ficha Técnica de Actividad de Emergencia”, el Instructivo para su llenado y la “Ficha Técnica de Informe de Ejecución de Actividad de Emergencia”, cuya elaboración ha sido debidamente coordinada con las unidades orgánicas competentes; Con la visación de la Sub Jefatura, de las Direcciones Nacionales de Prevención, Proyectos Especiales y Operaciones y de las Ofi cinas de Asesoría Jurídica y Planifi cación y Presupuesto; De conformidad con la Ley N° 29291, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009, la Directiva Nº 004-2008-EF/68.01, aprobada por Resolución Ministerial Nº 794-2008-EF/15 y en uso de las atribuciones conferidas por el Reglamento de Organización y Funciones del INDECI, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 059-2001-PCM, modifi cado por los Decretos Supremos N°s 005-2003-PCM y 095-2005- PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar, por las razones señaladas en la parte considerativa de la presente Resolución, los Formatos denominados “Ficha Técnica de Actividad de Emergencia” y la “Ficha Técnica de Informe de Ejecución de Actividad de Emergencia”, los mismos que como Anexos forman parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2º.- La Ficha Técnica de Actividad de Emergencia aprobada en el artículo precedente consta del correspondiente Instructivo, el mismo que deberá ser considerado para el llenado de la mencionada Ficha. Artículo 3º.- Encargar a la Secretaría General, en coordinación con la Ofi cina de Estadística y Telemática, la publicación de los Formatos aprobados por la presente Resolución en el Portal WEB Institucional. Artículo 4º.- Disponer que la Dirección Nacional de Logística, se encargue de la contratación del servicio de publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo 5º.- La Dirección Nacional de Proyectos Especiales notifi cará la presente Resolución a los profesionales del INDECI, a que se refi ere el numeral 11.4, artículo 11º de la Directiva Nº 004-2008-EF/68.01 “Directiva que establece criterios y procedimientos para el uso de los recursos a que se refi ere la Cuarta Disposición Final de la Ley Nº 29291, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público, para el Año Fiscal 2009”. Artículo 6º.- La Secretaría General registrará la presente Resolución en el Archivo General del INDECI y remitirá copia autenticada por Fedatario a la Sub Jefatura, a las Direcciones Nacionales de Prevención, de Proyectos Especiales y de Operaciones, y a las Ofi cinas de Asesoría Jurídica y Planifi cación y Presupuesto, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese. LUIS FELIPE PALOMINO RODRÍGUEZ Jefe del Instituto Nacional de Defensa Civil 309793-1