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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 9 de febrero de 2009 390575 por parte de las entidades de la Administración Pública”, estableciéndose los criterios básicos para su elaboración, correspondiendo al Gobierno Regional su aprobación; Que, mediante Ofi cio Nº 1837-2008-REGION ANCASH – DIRES/OPE, la Dirección Regional de Salud de Ancash, solicita la aprobación de su Reglamento de Organización y Funciones (ROF) documento que cuenta con las características exigidas por las normas que regulan su formulación; Que, mediante Informe Nº 055-2008-REGION ANCASH/GRPPAT/SGDI-IN.055.TE, la Sub Gerencia de Desarrollo Institucional, luego del proceso de revisión del referido documento de gestión y encontrándola conforme a los alcances del Decreto Supremo Nº 043-2006- PCM, otorga opinión favorable para la aprobación del Reglamento de Organización y Funciones de la Dirección Regional de Salud de Ancash; En uso de las atribuciones establecidas en la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modifi catorias, Leyes Nºs. 27902, 28961, 28968 y 29053; y, de conformidad con el Dictamen Nº 004- 2008 - CR/ CPPAT. de la Comisión de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial; y estando a lo acordado por mayoría en la sesión ordinaria, llevada a cabo el día 6 del mes de noviembre del año dos mil ocho; ORDENA: Artículo Primero.- APROBAR el Reglamento de Organización y Funciones de la Dirección Regional de Salud de Ancash, el mismo que consta de cuatro (4) Títulos y cincuenta y tres (53) artículos y en veintisiete (27) folios, forman parte integrante de la presente Ordenanza Regional, incluido el Organigrama Estructural; Artículo Segundo.- AUTORIZAR, a la Secretaria del Consejo Regional de Ancash, realizar los trámites Administrativos para la publicación de la presente Ordenanza, así como disponer su publicación en el Portal Electrónico del Gobierno Regional de Ancash. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional de Ancash para su promulgación. Huaraz, a los veintiocho días del mes de noviembre de 2008. HERNAN J. MORENO LÁZARO Consejo Regional de Ancash Presidente POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la casa del Gobierno Regional de Ancash a los diez días del mes de diciembre de 2008. CESAR J. ALVAREZ AGUILAR Gobierno Regional de Ancash Presidente 310591-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Convocan a proceso electoral para elegir a representantes de las Organizaciones de la Sociedad Civil como Miembros de la Asamblea Metropolitana de Lima - AML para el período 2009 - 2010 DECRETO DE ALCALDÍA Nº 016 Lima, 5 de febrero del 2009 EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización, y la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; disponen un Régimen Especial para la provincia de Lima, según el cual, las competencias y funciones reconocidas al Gobierno Regional, son transferidos a la MML; entendiéndose toda mención contenida en la legislación nacional referida a los Gobiernos Regionales como también hecha a la Municipalidad Metropolitana de Lima, MML, en lo que le resulte aplicable; Que, la Ley Nº 27902, Ley que modifi ca la Ley Nº 27867, establece la estructura orgánica básica de la MML; dentro de la cual se encuentra la Asamblea Metropolitana de Lima - AML, a la que corresponderá ejercer las competencias y funciones del Consejo de Coordinación Regional, como órgano consultivo y de coordinación de la MML, y las que norme la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, para su campo específi co; Que, el Edicto Nº 254, del 25 de Abril del 2003, norma las equivalencias entre la MML y su régimen especial que la asimila a Gobierno Regional; y crea el Programa de Gobierno Regional de Lima Metropolitana, PGRLM, como órgano desconcentrado de la MML a cargo de los asuntos regionales, el que actuará como secretaría técnica de la AML, siendo responsable de su preparación, comunicación, invitación, organización y funcionamiento, como establece el Art. 7 de la Ordenanza Nº 524, del 22 de Junio del 2003, que aprueba el Reglamento de Conformación, Instalación y Funcionamiento de la AML; Que, conforme al Art. 6º de la referida Ordenanza Nº 524; ha vencido el período de dos años, 2007-2008, con arreglo al cual han venido ejerciendo el cargo de miembros de la AML, los representantes de las Organizaciones de la Sociedad Civil; Que, en consecuencia, y de acuerdo con lo señalado por el Art. 14º de la Ordenanza Nº 524, deben celebrarse elecciones entre las Organizaciones inscritas en el Libro de Registro Metropolitano de Organizaciones de la Sociedad Civil, para designar a sus nuevos representantes ante la AML, para el período 2009-2010; las que deben convocarse por Decreto de Alcaldía, a fi n de dejar expedita la posibilidad de convocar a la AML, al poder contarse con la participación de todos sus miembros, desde que sus otros integrantes, el Alcalde Metropolitano y los Alcaldes Distritales de la Metrópoli, son miembros plenos durante la vigencia de su mandato; Que, es necesario expedir el correspondiente Decreto de Alcaldía, a efectos de dar inicio a dicho proceso para elegir a los representantes de las Organizaciones de la Sociedad Civil, a fi n de que ejerzan el cargo de miembros de la AML para el período 2009-2010; De conformidad con la Ley Orgánica de Munici- palidades - Ley Nº 27972, y según lo dispuesto por la Ordenanza Nº 524-2003. DECRETA: Artículo Primero.- Convocar al Proceso Electoral para elegir a los representantes de las Organizaciones de la Sociedad Civil, para ejercer el cargo de Miembros de la Asamblea Metropolitana de Lima, AML, para el período 2009-2010. El referido proceso se realizará en las Ofi cinas del Programa de Gobierno Regional de Lima Metropolitana, sito en el Jr. Camaná Nº 390 3er. Piso, Cercado de Lima, el día Martes 17 de Febrero del 2009, de 9.00 a.m. a 5.00 p.m. y será conducido por el Programa de Gobierno Regional de Lima Metropolitana, conforme a lo dispuesto por la Ordenanza Nº 524- 2003. Artículo Segundo.- El Programa de Gobierno Regional de Lima Metropolitana deberá publicar en el Diario Ofi cial El Peruano y en otro diario de mayor circulación de ámbito metropolitano, el Padrón Electoral, conteniendo la relación de Organizaciones de la Sociedad Civil que participarán en el proceso electoral.