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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 9 de febrero de 2009 390576 Artículo Tercero.- El Programa de Gobierno Regional de Lima Metropolitana, deberá dar cuenta de los resultados del proceso electoral al Concejo Metropolitano. Regístrese, comuníquese y cúmplase. LUIS CASTAÑEDA LOSSIO Alcalde de Lima 310617-1 Establecen conformidad de resolución que aprueba proyecto de regularización de habilitación urbana ejecutada de terreno ubicado en el distrito de Ate RESOLUCIÓN Nº 334-2008-MML-GDU-SPHU Lima, 18 de diciembre de 2008 LA SUBGERENTE DE PLANEAMIENTO Y HABILITACIONES URBANAS VISTO, el Codifi cado Nº 149280-2008, mediante el cual la Municipalidad Distrital de Ate, remite los actuados administrativos, conteniendo la Resolución de Gerencia Nº 194, de fecha 9 de setiembre de 2008, aprobando el Proyecto de Regularización de la Habilitación Urbana Ejecutada, de la Primera Etapa, solicitada por la URBANIZADORA GRANJA AZUL S.A.; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Gerencia Nº 00010, de fecha 22 de marzo de 2007(fs. 26 y 27), emitida por la Municipalidad Distrital de Ate, se resuelve Aprobar, de conformidad con el Plano signado con el Nº 007-2007- SGPUC-GDU/MDA, el Planeamiento Integral, con fi nes de Habilitación Urbana por Etapas, del terreno matriz de 313,516.00 m²; asimismo, aprueba el Plano signado con el Nº 008-2007-SGPUC-GDU/MDA, el Proyecto de Regularización de la Habilitación Urbana Ejecutada, de la Primera Etapa, de la Urbanización denominada “ASOCIACIÓN RESIDENCIAL EL GOLF”, para Uso Residencial de Densidad Media “R-4”, del terreno de 24,590.61 m², que forma parte de un área mayor de 313,516.00 m², ubicado en el Pasaje San Antonio, Caserío de Santa Clara del distrito de Ate, provincia y departamento de Lima; Que, con Resolución Nº 200-2007-MML-GDU-SPHU, de fecha 13 de junio del 2007 (fs. 49 y 50), expedida por esta Corporación, se resuelve Establecer La No Conformidad de la Resolución de Gerencia Nº 00010, de fecha 22 de marzo de 2007, emitida por la Municipalidad Distrital de Ate, por incumplir los planes urbanos en lo referente al aporte reglamentario para Ministerio de Educación, por cuanto éste no se ha dejado dentro de la etapa materia del proceso de Habilitación Urbana, de conformidad a lo dispuesto en la Ordenanza Nº 502-MML, que aprueba el cambio de zonifi cación específi co de E-1 a R-4, para el terreno de 20,683.48 m²; Que, mediante Resolución de Gerencia Nº 194, de fecha 9 de setiembre de 2008 (fs. 54 al 56), expedida por la Municipalidad Distrital de Ate se resuelve Aprobar, de conformidad con el Plano signado con el Nº 060-2008- SGPUC-GDU/MDA, el Planeamiento Integral, con fi nes de Habilitación Urbana por Etapas, del terreno matriz de 313,516.00 m²; asimismo, aprueba el Plano signado con el Nº 061-2008-SGPUC-GDU/MDA, el Proyecto de Regularización de la Habilitación Urbana Ejecutada, de la Primera Etapa, de la Urbanización denominada “ASOCIACIÓN RESIDENCIAL EL GOLF”, para Uso Residencial de Densidad Media “R- 4”, del terreno de 24,590.61 m², que forma parte de un área mayor de 313,516.00 m², ubicado en el Pasaje San Antonio, Caserío de Santa Clara del distrito de Ate, provincia y departamento de Lima; Que, con Informe Nº 305-2008-MML-GDU-SPHU- DRD, de fecha 17 de diciembre del 2008 (fs. 73 al 76), la División de Revisión de Diseño de esta Subgerencia manifi esta, que la presente Regularización de Habilitación Urbana Ejecutada, de la Primera Etapa, de la Urbanización denominada Asociación Residencial El Golf, para Uso Residencial de Densidad Media “R-4”, del terreno de 24,590.61 m², que forma parte de un área mayor de 313,516.00 m², aprobada por la Municipalidad Distrital de Ate, mediante la Resolución de Gerencia Nº 194, de fecha 9 de setiembre de 2008, ha cumplido con levantar la única observación que motivo la emisión de la Resolución Nº 200-2007-MML-GDU-SPHU, de fecha 13 de junio del 2007; en consecuencia Cumple los Planes Urbanos, en lo concerniente a zonifi cación, vías y aportes reglamentarios, debiendo aclararse que el Planeamiento Integral, aprobado por la Municipalidad Distrital, en donde se determinan y ubican “Áreas No Habilitables”, éstas áreas Sólo podrán ser destinadas a “Arborización”, debido a la topografía del terreno; Que, mediante Informe Nº 501-2008-MML-GDU- SPHU-AL, de fecha 17 de diciembre del 2008 (fs. 77 al 79), el Área Legal de esta Subgerencia manifi esta, que el terreno de 24,590.61 m², materia del presente trámite, forma parte de un área mayor de 313,516.00 m², inscrito en la Partida Nº 11075200, del Registro de Predios de la Zona Registral Nº IX - Sede Lima (fs. 14 al 17), a favor de la URBANIZADORA GRANJA AZUL S.A.; Con el visto bueno de la División de Revisión de Diseño, del Área Legal y la Asesoría Legal de la Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas; y, De conformidad con lo dispuesto en las Leyes Nº 27972, Nº 27444, Nº 26878, Ordenanzas Metropolitanas Nº 157-MML, Nº 292-MML, Nº 341-MML, Nº 502-MML, Nº 812-MML, Nº 916-MML, Decreto de Alcaldía Nº 079 y Resolución Nº 33-2006-MML-GDU. SE RESUELVE: Artículo 1º.- ESTABLECER LA CONFORMIDAD, de la Resolución de Gerencia Nº 194, de fecha 9 de setiembre de 2008, expedida por la Municipalidad Distrital de Ate, que resuelve aprobar, de acuerdo con el Plano signado con el Nº 061-2008-SGPUC-GDU/MDA, el Proyecto de Regularización de la Habilitación Urbana Ejecutada, de la Primera Etapa, de la Urbanización denominada “ASOCIACIÓN RESIDENCIAL EL GOLF”, para Uso Residencial de Densidad Media “R-4”, del terreno de 24,590.61 m², que forma parte de un área mayor de 313,516.00 m², ubicado en el Pasaje San Antonio, Caserío de Santa Clara del distrito de Ate, provincia y departamento de Lima. Artículo 2º.- PRECISAR que el Planeamiento Integral aprobado por la Municipalidad Distrital de Ate, en donde determina y ubica “Áreas No Habilitables”, sólo podrán ser destinadas a “Arborización”, debido a la topografía del terreno. Artículo 3º.- NOTIFICAR la presente Resolución a la URBANIZADORA GRANJA AZUL S.A., y a la Municipalidad Distrital de Ate, para su conocimiento y fi nes. Artículo 4º.- DAR por agotada la vía administrativa. Artículo 5º.- OFICIAR con la presente Resolución a la Gerencia de Propiedad Inmueble de la IX Zona Registral Sede-Lima, Ministerio de Educación, SERPAR-LIMA, Instituto Metropolitano de Planifi cación - IMP y División Técnica de la Subgerencia de Adjudicación y Saneamiento Legal de Tierras de la Gerencia de Desarrollo Urbano de esta Corporación, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Artículo 6º.- PUBLICAR la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano, a cargo de la administrada, dentro de los 30 días siguientes de notifi cada la misma. Regístrese, comuníquese y cúmplase. SUSANA RAMÍREZ DE LA TORRE Subgerente Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas Gerencia de Desarrollo Urbano 310398-1