Norma Legal Oficial del día 09 de febrero del año 2009 (09/02/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

El Peruano MORDAZA, lunes 9 de febrero de 2009

NORMAS LEGALES

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Articulo 2º.- Aplicar una sancion equivalente al 5% de la UIT a quienes practiquen juegos de carnavales en la via publica y que cometan actos y/o conductas vandalicas y/o que afecten la integridad fisica y/o el patrimonio de las personas, debiendo incluirse la misma en el Reglamento de Aplicacion de Sanciones de la Municipalidad. Articulo 3º.- Exhortar a los vecinos de MORDAZA MORDAZA del Triunfo Villamariana a que durante la celebracion de los Juegos de Carnavales usen concientemente el agua potabilizada por ser este un recurso escaso para la poblacion. Articulo 4º.- La Municipalidad de MORDAZA MORDAZA del Triunfo coordinara con la Policia Nacional del Peru a fin de que dicha Institucion preste el apoyo que requiera el personal de Serenazgo en las intervenciones que se lleven a cabo en ejecucion de la presente Ordenanza. Articulo 5º.- La Municipalidad efectuara la denuncia pertinente ante el Ministerio Publico a fin de sancionar penalmente a las personas que infrinjan la presente Ordenanza, disponiendo al mismo tiempo la publicacion de los nombres de los infractores en el Mural y MORDAZA de la Municipalidad y en un Diario de circulacion Nacional. Articulo 6º.- Facultar al MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia establezca los mecanismos necesarios para la correcta aplicacion de la presente Ordenanza. Articulo 7º.- Encargar a las Gerencias de Servicios a la MORDAZA y Gestion Ambiental y de Rentas el cumplimiento de la presente Ordenanza. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 310540-3

Conforman la Instancia de Articulacion para la Reduccion de la Pobreza - MORDAZA MORDAZA del Triunfo
ORDENANZA Nº 076-MVMT MORDAZA MORDAZA del Triunfo, 30 de enero del 2009 EL CONCEJO MUNICIPAL DE MORDAZA MORDAZA DEL TRIUNFO; VISTO: En Sesion Ordinaria Concejo de la fecha, el Informe Nº 005-2009-GLCP-CT-AD/MVMT de la Gerencia de Lucha contra la Pobreza, Cooperacion Tecnica y Agencias de Desarrollo, respecto a la conformacion de una Instancia de Articulacion del Gobierno Local para la Reduccion de la Pobreza; y, CONSIDERANDO: Que, el 22 de MORDAZA de 2002, diversas autoridades politicas y representantes de las principales organizaciones sociales del Peru, suscribieron el `Acuerdo Nacional', que prescribe una serie de principios que deberan respetarse y guiar las politicas publicas, que son: (1) Democracia y Estado de Derecho; (2) Equidad y Justicia Social; (3) Competitividad del Pais; y (4) Estado Eficiente, Transparente y Descentralizado; los mismos que orientan el cumplimiento de diversos objetivos, referidos, entre otros, a la reduccion de la pobreza; la promocion de la igualdad de oportunidades sin discriminacion; el acceso universal a una educacion publica gratuita y de calidad, a los servicios de salud y el seguro universal, y al empleo pleno, MORDAZA y productivo; la promocion de la seguridad alimentaria y nutricion; el fortalecimiento de la familia, promocion y proteccion de la ninez, la adolescencia y la juventud; la busqueda de la competitividad, productividad y formalizacion de la actividad economica; el desarrollo sostenible y la gestion ambiental; el desarrollo de la vivienda e infraestructura; y la afirmacion de un Estado transparente y eficiente;

Que, mediante Ordenanza Nº 050-MVMT del 24 de marzo de 2008, en el MORDAZA de lo previsto en los Decretos Supremos Nos. 055 y 080-2007-PCM, que aprueba la Estrategia Nacional CRECER y su Plan de Operaciones, respectivamente, se conformo el Consejo Distrital de Coordinacion y Concertacion de Lucha contra la Pobreza y Desnutricion Cronica Infantil del Distrito de MORDAZA MORDAZA del Triunfo, para la realizacion de acciones orientadas unicamente a la lucha contra la desnutricion cronica infantil en ninas y ninos menores de cinco anos, con enfasis en las zonas rurales; Que, de conformidad con lo establecido en el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, modificado por el Articulo Unico de la Ley Nº 28607, en concordancia con lo previsto en el Articulo 40º de la Ley Nº 27783 - Ley de Bases de la Descentralizacion, y en los Articulos I y II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades, las Municipalidades Provinciales y Distritales son los organos de Gobierno Local con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de sus competencias; Que, el Articulo X del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades, dispone que los Gobiernos Locales promueven el desarrollo integral, para viabilizar el crecimiento economico, la justicia social y la sostenibilidad ambiental, y que tanto las municipalidades provinciales y distritales promueven permanente e integralmente el desarrollo local, en coordinacion y asociacion con los niveles de Gobierno Nacional y Regional, con el objeto de facilitar la competitividad local y propiciar las mejores condiciones de MORDAZA de su poblacion; Que, de acuerdo con los Articulos 5º y 9º de la citada Ley, el Concejo Municipal constituye el organo normativo y fiscalizador de los Gobiernos Locales, que tiene entre sus funciones aprobar, modificar o derogar las ordenanzas, asi como aprobar los espacios de concertacion y participacion vecinal, y reglamentar su funcionamiento; Que, segun el Censo de 2005, efectuado por el Instituto Nacional de Estadistica e Informatica (INEI), de las 97,634 personas empadronadas en las zonas MORDAZA marginales del distrito de MORDAZA MORDAZA del Triunfo, el 36.8% (35 mil 929 personas) se encuentran en situacion de pobreza; Que, en ese sentido, es necesario contar con una `Instancia de Articulacion para la Reduccion de la Pobreza - MORDAZA MORDAZA del Triunfo', la misma que permita y facilite la concertacion de objetivos, medios y esfuerzos de todas las entidades publicas y privadas que actuan en el ambito territorial del Distrito de MORDAZA MORDAZA del Triunfo, dirigidos a la reduccion de la pobreza en forma integral; Que, de acuerdo con las atribuciones conferidas en el incisos 8) y 34) del Articulo 9º de la Ley Organica de Municipalidades, luego de las deliberaciones correspondientes, el Pleno del Concejo Municipal aprobo por MAYORIA, la siguiente: ORDENANZA Articulo Primero.- CONFORMAR la Instancia de Articulacion para la Reduccion de la Pobreza - MORDAZA MORDAZA del Triunfo, la cual sera responsable de la articulacion y coordinacion de las acciones realizadas por las entidades publicas y privadas que actuan en dicho ambito territorial, dirigidas a la reduccion de la pobreza en forma integral. La Instancia de Articulacion para la Reduccion de la Pobreza - MORDAZA MORDAZA del Triunfo esta conformada por: a) El MORDAZA, quien ademas la preside; en caso de ausencia del Senor MORDAZA presidira la instancia el Regidor que presida la Comision Ordinaria de Regidores de Desarrollo Humano. b) La/el Gerente de Lucha contra la Pobreza, Cooperacion Tecnica y Agencias de Desarrollo, quien podra reemplazar al MORDAZA en caso de ausencia. c) Los representantes zonales y/o locales de los sectores y programas sociales con intervencion Distrital, segun el anexo que forma integrante de la presente ordenanza. d) Los representantes de las empresas privadas en el MORDAZA de la Responsabilidad Social Empresarial (RSE) que realizan.

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