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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 9 de febrero de 2009 390567 Autorizan cesión de la autorización temporal de uso de área acuática y franja ribereña a favor de Terminal Portuario Punta Végueta S.A. RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 104-2009 MTC/02 Lima, 5 de febrero de 2009 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 101-2007- MTC de fecha 4 de diciembre de 2007, se otorgó a la empresa SANTA SOFÍA PUERTOS S.A. una autorización temporal de uso de área acuática y franja ribereña ubicada a la altura del distrito de Végueta, provincia de Huaura, departamento de Lima, en un área de 804,134.86 metros cuadrados; Que, con fecha 3 de diciembre de 2008, la empresa SANTA SOFÍA PUERTOS S.A. solicitó a la Autoridad Portuaria Nacional -en adelante APN-, aprobar la cesión de la autorización temporal de uso de área acuática y franja ribereña, concedida a su favor mediante Resolución Suprema Nº 101-2007-MTC de fecha 4 de diciembre de 2007, a favor de la empresa TERMINAL PORTUARIO PUNTA VEGUETA S.A., al amparo del procedimiento administrativo Nº 25 del Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA de la APN, aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2005-MTC, modifi cado por Resolución Ministerial Nº 061-2008- MTC/01; Que, a través del Informe Legal Nº 663-2008-APN/ UAJ de fecha 10 de diciembre de 2008, la Unidad de Asesoría Jurídica de la APN manifestó su conformidad con la documentación de índole legal presentada por la empresa SANTA SOFÍA PUERTOS S.A., con el objeto que se autorice la cesión de su autorización temporal de uso de área acuática y franja ribereña otorgada mediante Resolución Suprema Nº 101-2007-MTC de fecha 4 de diciembre de 2007; Que, mediante Informe Nº 037-2008-APN/DT de fecha 15 de diciembre de 2008, la Dirección Técnica de la APN señaló que la solicitud de cesión de la autorización temporal de uso de área acuática y franja ribereña otorgada por Resolución Suprema Nº 101-2007- MTC de fecha 4 de diciembre de 2007, presentada por la empresa SANTA SOFÍA PUERTOS S.A., a favor de TERMINAL PORTUARIO PUNTA VEGUETA S.A., ha sido encontrada conforme. En consecuencia, recomendó elevar dicho informe a consideración del Directorio de la APN, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 33º del Reglamento de la Ley del Sistema Portuario Nacional - Decreto Supremo Nº 003-2004-MTC, modifi cado por el Decreto Supremo Nº 027-2008-MTC; Que, mediante Acuerdo de Directorio Nº 586-133- 22/12/2008/D adoptado en sesión de Directorio de fecha 22 de diciembre de 2008, el Directorio de la APN acordó aprobar el Informe Nº 037-2008-APN/DT de fecha 15 de diciembre de 2008, a través del cual se recomienda aprobar la cesión de la autorización temporal de uso de área acuática y franja ribereña, otorgada a la empresa SANTA SOFÍA PUERTOS S.A. mediante Resolución Suprema Nº 101-2007-MTC de fecha 4 de diciembre de 2007, a favor de TERMINAL PORTUARIO PUNTA VEGUETA S.A. En consecuencia, se dispuso remitir el expediente administrativo al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a fi n de que se emita la Resolución Ministerial correspondiente; Que, a través del Ofi cio Nº 024-2009-APN/PD presentado con fecha 16 de enero de 2009, con número de registro P/D Nº 006292, la APN remitió al Ministerio de Transportes y Comunicaciones el expediente administrativo correspondiente a la solicitud de cesión de la autorización temporal de uso de área acuática y franja ribereña, otorgada a la empresa SANTA SOFÍA PUERTOS S.A. mediante Resolución Suprema Nº 101-2007-MTC de fecha 4 de diciembre de 2007, a favor de TERMINAL PORTUARIO PUNTA VEGUETA S.A., a efectos de que se emita la Resolución Ministerial correspondiente; Que, mediante Informe Nº 006-2009-MTC/13 de fecha 21 de enero de 2009, la Dirección General de Transporte Acuático recomendó aprobar la cesión de la autorización temporal de uso de área acuática y franja ribereña, otorgada a la empresa SANTA SOFÍA PUERTOS S.A. mediante Resolución Suprema Nº 101-2007-MTC de fecha 4 de diciembre de 2007, a favor de TERMINAL PORTUARIO PUNTA VEGUETA S.A.; Que, a través del Memorando Nº 108-2009-MTC/25 de fecha 27 de enero de 2009, la Dirección General de Concesiones en Transportes recomendó aprobar la cesión de la autorización temporal de uso de área acuática y franja ribereña, otorgada a la empresa SANTA SOFÍA PUERTOS S.A. mediante Resolución Suprema Nº 101- 2007-MTC de fecha 4 de diciembre de 2007, a favor de TERMINAL PORTUARIO PUNTA VEGUETA S.A. Que, el literal v) del artículo 24º de la Ley del Sistema Portuario Nacional - Ley Nº 27943, establece que corresponde a la Autoridad Portuaria Nacional, en su calidad de organismo público descentralizado encargado del Sistema Portuario Nacional, adscrito al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, normar las autorizaciones portuarias, habilitaciones portuarias y licencias de obras portuarias; Que, el artículo 29º del Reglamento de la Ley del Sistema Portuario Nacional - Decreto Supremo Nº 003- 2004-MTC, modifi cado por el Decreto Supremo Nº 027- 2008-MTC, señala que las personas jurídicas que pretendan desarrollar infraestructura portuaria en áreas acuáticas y franjas ribereñas, deberán obtener previamente una autorización para el uso de áreas acuáticas y franja ribereña, habilitación portuaria y licencia portuaria; Que, el artículo 33º del Reglamento de la Ley del Sistema Portuario Nacional - Decreto Supremo Nº 003- 2004-MTC, modifi cado por el Decreto Supremo Nº 027- 2008-MTC, las autorizaciones temporales o defi nitivas de uso de área acuática y franja ribereña pueden ser cedidas, transferidas o gravadas por su titular, conforme a las reglas del Código Civil, debiendo contar con la aprobación previa del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, según el citado artículo, para tales efectos, el titular de la autorización deberá presentar una solicitud dirigida a la Autoridad Portuaria competente, quien deberá pronunciarse en un plazo máximo de quince (15) días hábiles de presentada la solicitud de cesión, transferencia o gravamen, a través de un informe técnico aprobado por su Directorio. Dicho informe técnico deberá ser elevado al Ministerio de Transportes y Comunicaciones en un plazo máximo de tres (03) días hábiles contados desde la adopción del acuerdo correspondiente; Que, asimismo, el artículo 33º señala que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones evaluará la información remitida por la Autoridad Portuaria competente y autorizará, en caso de considerarlo pertinente, la cesión, transferencia o gravamen de la autorización de uso de área acuática o franja ribereña, a través de la expedición de una Resolución Ministerial, en un plazo de quince (15) días hábiles computados desde que la Autoridad Portuaria competente le remitió el informe técnico anteriormente indicado. Una vez efectuada la transferencia, cesión o gravamen, el titular del derecho deberá comunicarlo a la Autoridad Portuaria competente, quien remitirá el expediente administrativo a la Autoridad Portuaria Nacional en un plazo máximo de tres (03) días hábiles, a efectos que se inscriba en el registro de autorizaciones de uso de área acuática o franja ribereña; Que, en el presente caso, con fecha 3 de diciembre de 2008, la empresa SANTA SOFÍA PUERTOS S.A. solicitó a la APN, aprobar la cesión de su autorización temporal de uso de área acuática y franja ribereña, concedida mediante Resolución Suprema Nº 101-2007-MTC de fecha 4 de diciembre de 2007, a favor de la empresa TERMINAL PORTUARIO PUNTA VEGUETA S.A., al amparo del procedimiento administrativo Nº 25 del Texto