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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE FEBRERO DEL AÑO 2009 (09/02/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 24

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 9 de febrero de 2009 390582 e) Los representantes de organizaciones sociales, Iglesia, las Organizaciones No Gubernamentales (ONG’s) y la cooperación técnica nacional e internacional. f) Dos representantes comunales por cada una de las siete Zonas de Villa María del Triunfo. Artículo Segundo.- REQUERIR a los representantes de los sectores y programas sociales del Distrito de Villa María del Triunfo que acrediten dos representantes (titular y/o alterno), mediante comunicación expedida por el máximo representante de la entidad correspondiente a nivel local y/ o zonal, quienes bajo responsabilidad deberá participar en todas las actividades que efectúe la ‘Instancia de Articulación para la Reducción de la Pobreza - Villa María del Triunfo’. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Instancia de Articulación para la Reducción de la Pobreza - Villa María del Triunfo la elaboración del Reglamento y Plan de Trabajo respectivo, en un plazo de 60 días calendarios a partir de la promulgación de la presente Ordenanza. Artículo Cuarto.- ENCOMENDAR a la Instancia de Articulación para la Reducción de la Pobreza - Villa María del Triunfo la formulación de un Plan Articulado Local de Reducción de la Pobreza, el mismo que formará parte del Plan de Desarrollo Local Concertado. Artículo Quinto.- DEROGAR la Ordenanza Nº 050- MVMT de fecha 24 de marzo del 2008, debido a que la normatividad sobre la cual se sustenta no aborda la reducción de la pobreza en forma integral, sino únicamente se dirige a la lucha contra la desnutrición crónica infantil en niños y niñas menores de cinco años, ubicados en zonas rurales. Regístrese, comuníquese, cúmplase, publíquese. JUAN JOSÉ CASTILLO ÁNGELES Alcalde 310540-4 Conforman la Comisión Especial de Promoción de la Inversión Privada de la Municipalidad DECRETO DE ALCALDÍA Nº 004-2009/MVMT Villa María del Triunfo, 27 de enero del 2009 EL ALCALDE DEL DISTRITO DE VILLA MARÍA DEL TRIUNFO VISTOS: el Informe Nº 008-2009-GM/MVMT de la Gerencia Municipal; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 027-MVMT de fecha 24 de septiembre del 2007 se declara de interés, la Promoción de la Inversión Privada en el Distrito de Villa María del Triunfo, creándose al mismo tiempo el Comité Especial de Promoción de la Inversión Privada CEPRI, de la Municipalidad Distrital de Villa María del Triunfo encargado de la ejecución de los procedimientos aplicados a las modalidades de participación de la Inversión Privada en la jurisdicción del Distrito de Villa María del Triunfo; Que, conforme a lo dispuesto en el Artículo 4º de la Ordenanza Nº 027-MVMT mediante Decreto de Alcaldía se aprobará la conformación del Comité Especial de Promoción de la Inversión Privada CEPRI; Que, mediante el documento del vistos la Gerencia Municipal propone a los funcionarios que conformaran a partir de la fecha el órgano señalado precedentemente;; En uso de las facultades conferidas por el Art. 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA: Artículo Primero.- CONFORMAR la Comisión Especial de Promoción a la Inversión Privada de la Municipalidad Distrital de Villa María del Triunfo, la misma que esta integrada por los siguientes funcionarios: GERENTE MUNICIPAL, quien lo presidirá GERENTE DE PLANEAMIENTO Y PRESUPUESTO, Secretario Técnico GERENTE DE DESARROLLO ECONOMICO GERENTE DE DESARROLLO URBANO GERENTE DE ADMINISTRACION Artículo Segundo.- DEJESE sin efecto los Decretos de Alcaldía Nºs. 001-2008/MVMT y 012-2007/MVMT, y cualquier otra disposición que se oponga al presente Decreto. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. JUAN JOSÉ CASTILLO ÁNGELES Alcalde 310540-5 REQUISITO PARA PUBLICACIÏN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS Se comunica al Congreso de la República, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autónomos y Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para efecto de publicar sus dispositivos y sentencias en la Separata de Normas Legales y Separatas Especiales respectivamente, deberán además remitir estos documentos en disquete o al siguiente correo electrónico. normaslegales@editoraperu.com.pe LA DIRECCIÓN DIARIO OFICIAL