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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE FEBRERO DEL AÑO 2009 (19/02/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 63

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 19 de febrero de 2009 391205 y secundarias de energía eléctrica pública y domiciliaria, los cuales serán ejecutados de acuerdo a los planes de expansión de dicha compañía PAVIMENTACIÓN PISTAS, VEREDAS Y ORNAMEN- TACION DE PARQUE: Sub Rasante.- Para conseguir un suelo estabilizado y teniendo listo el corte a nivel de Sub rasante, será necesario efectuar una evaluación de la superfi cie del terreno natural, eliminando el que contenga restos orgánicos, escarifi cando y mejorando su calidad en un espesor de 0.20 m, mediante la adición de material granular, mezclándose con riego sucesivos y cercanos al optimo contenido de humedad, hasta alcanzar como mínimo el 95% de la Densidad Proctor Modifi cado de Laboratorio para un índice C.B.R. mínimo de 20 Las partículas sólidas de esta capa tendrán un diámetro máximo de 2”. Base.- Posterior a la capa anterior debe colocarse una capa de base afi rmada de 0.20 m de espesor, compactado, provenientes de cantera seleccionada, que contenga proporciones adecuadas de material gruesos (con diámetros máximo de 1 ½”), fi nos y ligantes en proporciones adecuadas. La mezcla y compactación se efectuara con riegos sucesivos cercanos al óptimo contenido de humedad y hasta alcanzar como mínimo el 95% de la Densidad Proctor Modifi cado de Laboratorio para un índice de C.B.R. de 80. Se procurara una superfi cie lisa y uniforme con el conveniente bombeo del centro a los extremos, cuidando mantener el nivel de las tapas de buzones para la aplicación de una futura capa asfáltica de 2” de espesor. Superfi cie de Rodadura.- Suelo estabilizado. Aceras.- Será de concreto simple de 4” de espesor con una resistencia a la compresión axial de f´c=140 Kg./ cm2, construido sobre una base granular de 4” de espesor compactada al 100% de la densidad seca del proctor estándar. Sardineles.- Se construirá sardineles de 30cm. de profundidad con mezcla y acabados igual que las aceras. En caso que la acera esté en medio de jardines se construirá en ambos lados. El vertido del concreto deberá realizarse de modo que requiera el menor manipuleo posible evitando a la vez la segregación de los agregados. Bermas laterales.- Las bermas laterales deberán construirse, con un pavimento de las mismas características de las calzadas adyacentes. Así también éstas quedarán en tierra nivelada compactada. Rampas Peatonales.- En los extremos de los abanicos de las aceras, se construirán rampas peatonales, que conectarán los niveles superiores de las aceras y las calzadas, de conformidad con las normas técnicas NTE U.190 adecuación urbanística para personas con discapacidad, aprobadas por R.M. Nº 069-2001- MTC/15.04 de fecha 07 de Febrero de 2001. Ornamentación del Parque.- El Parque comprenderá la ejecución de veredas perimetrales, senderos, colocación de bancas, sembrío de árboles diversos, iluminación y área de recreación activa. Artículo Tercero.- ESTABLECER, que el Aporte Reglamentario de Recreación Pública tiene un área de 9,584.50 m2, constituido por el parque Nº 1 con 2,381.20 m2 y el Parque Nº 2 con 7,203.30 m2; que el aporte del Ministerio de Educación tiene un área de 4,000.00 m2 que se encuentra ubicado en el Lote 35 de la manzana “L”; el aporte de Parques Zonales con un área total de 2,084.00 m2, distribuido de la siguiente manera; Lotes del 1 al 7 y del 50 al 54 de la manzana “A” y por último el aporte de Otros Fines con un área de 4,074.60 m2, ubicado en el lote 1 de la manzana “ J-1”. Artículo Cuarto.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano en el plazo de treinta (30) días contados a partir de su notifi cación, que estará a cargo de los interesados. Artículo Quinto.- TRANSCRIBIR a la Municipalidad Metropolitana de Lima para las acciones de su competencia; a la Ofi cina Registral de Lima y Callao para los efectos de la Inscripción, al Ministerio de Educación, Serpar-Lima, a la Sub Gerencia de Fiscalización de esta Corporación Municipal y a los interesados para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y cúmplase. MARIO FERNANDO CASTRO VASQUEZ Gerente de Desarrollo Urbano 313412-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE JOSE LEONARDO ORTIZ Designan responsable de la elaboración y actualización del portal de transparencia de la Municipalidad RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA N° 020-2009-MDJLO/A José Leonardo Ortiz, 6 de enero del 2009 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE JOSE LEONARDO ORTIZ; VISTO: El Informe Nº 029-2008-MDJLO/DAYF emitido por la Dirección de Administración y Finanzas; y CONSIDERANDO: Que con la dación de la Ley Nº 27806 “Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública”, se busca promover la transparencia de los actos del Estado y regulara el derecho fundamental del acceso a la información consagrado en el art. 2 de la Constitución Política del Perú; Que, igualmente con la norma antes acotada también se busca otorgar mayor transparencia al manejo de las fi nanzas públicas a través de la creación de mecanismos para acceder a la información de carácter fi scal, a fi n de que los ciudadanos puedan ejercer supervisión sobre las fi nanzas públicas y permitir una adecuada rendición de cuentas; Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 1494- 2007-MDJLO/A de fecha 09 de Noviembre del 2007 se designó al servidor empleado Robert Vásquez Anaya como responsable de la elaboración y actualización del portal web de esta Municipalidad, el mismo que ha sido destituido mediante proceso administrativo disciplinario, por tal consideración se hace necesario emitir la Resolución de Alcaldía que designa a la nueva persona que se encargará de dicha labor en reemplazo del mencionado ex – servidor, debiendo ser publicada en el Diario Ofi cial El Peruano de conformidad al Art. 4 del D.S Nº 072-2003-PCM; Que, estando a las consideraciones expuestas y en uso a las atribuciones conferidas en el Art. 20 Inc. 6) de la Ley 27972 Ley Orgánica de Municipalidades, SE RESUELVE: Artículo Primero.- DESIGNAR al señor JORGE LUIS LOZANO MEJIA en su calidad de encargado de la Ofi cina de Informática como responsable de la elaboración y actualización del portal de transparencia de la Municipalidad Distrital de José Leonardo Ortiz debiendo tener en cuenta los lineamientos establecidos en la Ley Nº 27806 “Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública” y su Reglamento. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Ofi cina de Imagen Institucional de esta Municipalidad proceda a