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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 19 de febrero de 2009 391188 los respectivos formularios y fi jar el plazo máximo de su entrega con la información requerida; Contando con la opinión técnica de la Dirección Nacional de Censos y Encuestas y las visaciones de la Sub - Jefatura de Estadística y de la Ofi cina Técnica de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en los Artículos 81º y 83º del Decreto Supremo Nº 043-2001-PCM, Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática; En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 6º del Decreto Legislativo Nº 604; “Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática”. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar la ejecución de la Encuesta “Estadística Industrial Mensual 2009”, la que será ejecutada por la Ofi cina General de Tecnología de la Información y Estadística del Ministerio de la Producción, dirigida a una muestra de empresas seleccionadas a nivel nacional, cuya relación se encuentra publicada en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción - http://www. produce.gob.pe - la misma que forma parte de la presente Resolución. Artículo 2º.- Aprobar los formularios I-1, I-2 y I-3 de la mencionada Encuesta, los que forman parte integrante de la presente Resolución. Artículo 3º.- Las personas naturales y jurídicas obligadas a presentar la información requerida, podrán obtener su información a través de un aplicativo Web que estará disponible en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción, cuya dirección es http://www.produce. gob.pe utilizando para ello la respectiva CLAVE que le será proporcionada por la Ofi cina General de Tecnología de la Información y Estadística-OGTIE del Ministerio de la Producción, ubicada en calle Uno Oeste Nº 060-Urb. Córpac, San Isidro, Lima y en el resto del país en las Direcciones Regionales de la Producción, Sub Regionales de la Producción y Direcciones Zonales de la Producción - DIREPRO. En su defecto, si la empresa tiene algún aplicativo y/o Sistema de información en producción, podrá optar la utilización de tramas de texto acorde con el formulario que le brindaría la OGTIE. Artículo 4º.- Los formularios debidamente absueltos deberán ser remitidos en Lima a la Ofi cina General de Tecnología de la Información y Estadística, considerando que la primera parte sobre el movimiento productivo será a más tardar el décimo (10) día hábil de fi nalizado cada mes, y la segunda parte referida sólo a la Opinión Empresarial a más tardar el quinto (05) día hábil de fi nalizado cada mes. La constancia de presentación de la información se podrá imprimir una vez que la información este consolidada por el Ministerio. Artículo 5º.- Sólo para aquellas empresas que no tengan facilidad de acceso a Internet, de manera excepcional y por un tiempo determinado y previa coordinación con la Ofi cina General de Tecnología de la Información y Estadística del Ministerio de la Producción, podrán solicitar el envío del formulario físico a la siguiente dirección de correo electrónico: est_manufactura@ produce.gob.pe. Artículo 6º.- Las personas naturales y jurídicas a que se refi ere el artículo 1º de la presente Resolución, que incumplan con la presentación del formulario diligenciado en el plazo y términos indicados, serán sancionadas conforme a lo dispuesto por los artículos 87º, 89º y 90º del D.S. Nº 043-2001-PCM. Regístrese y comuníquese. RENÁN QUISPE LLANOS Jefe 313928-2 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS Modifican la Res. Nº 402-2003- SUNARP-SN y designan funcionaria responsable de brindar información en la Oficina Registral de Maynas de la Zona Registral Nº IV - Sede Iquitos RESOLUCIÓN DE LA GERENCIA GENERAL DE LA SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS PÚBLICOS Nº 014 -2009-SUNARP/GG Lima, 17 de febrero de 2009 VISTO, el Ofi cio Nº 025-2009-SUNARP/Z.R.NºIV/JZ, de fecha 5 de febrero de 2009, remitido por la Jefa (e) de la Zona Registral Nº IV - Sede Iquitos; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, Ley Nº 27806, se promueve la transparencia de los actos del Estado, regulándose el derecho fundamental del acceso a la información establecido en el numeral 2 del artículo 5º de la Constitución Política del Perú; Que, asimismo, mediante Decreto Supremo Nº 043- 2003-PCM, de fecha 24 de abril de 2003, se aprobó el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, estableciendo en su artículo 8º que las entidades de la Administración Pública deberán identifi car al funcionario responsable de brindar la información que se solicite; Que, mediante Resolución del Superintendente Nº 402- 2003-SUNARP/SN, se designó a la señora CPC Iris Ida Pita Díaz, ex Gerente de Administración y Finanzas, como funcionaria responsable de brindar información, dentro del marco legal de la Ley Nº 27806, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM, en la Ofi cina Registral de Maynas de la Zona Registral Nº IV - Sede Iquitos; Que, mediante documento de Visto, la Jefa (e) de la Zona Registral Nº IV - Sede Iquitos, señala que la funcionaria citada en el considerando precedente ha dejado de laborar para la institución, motivo por el cual es necesario designar en su reemplazo a la persona que asuma dicho encargo, conforme a Ley; Que, mediante la Resolución Nº 201-2007-SUNARP/ SN, de fecha 6 de julio de 2007, se delegó a la Gerencia General, entre otras funciones, la facultad de designar a los funcionarios responsables de brindar información de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27806 y su Texto Único Ordenado, aprobado por el Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM; Que, estando a lo dispuesto en las normas citadas y conforme al artículo 14 inciso k) del Estatuto de la SUNARP, aprobado por Resolución Suprema Nº 135- 2002-JUS; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Modifi car la Resolución Nº 402- 2003-SUNARP-SN, de fecha 18 de agosto de 2008, que designó a la señora CPC Iris Ida Pita Díaz, ex Gerente de Administración y Finanzas de la Zona Registral Nº IV - Sede Iquitos, como funcionaria responsable de brindar información, dentro del marco legal de la Ley Nº 27806, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 072- 2003-PCM, en la Ofi cina Registral de Maynas de la Zona Registral de Iquitos. Artículo Segundo.- Designar, en reemplazo de la ex funcionaria citada en el artículo precedente, al señor Lic. Adm.Humberto Saldaña Ramírez, Gerente de Administración y Finanzas de la Zona Registral Nº IV -