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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 24 de febrero de 2009 391378 Artículo 3º.- Facultar al Ministro para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refi ere el Artículo 1º, sin exceder el total de días autorizados. Artículo 4°.- El citado Ofi cial Superior deberá cumplir con lo dispuesto en el Artículo 6° del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM de fecha 5 de junio de 2002 y Cuarta Disposición Final del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004, modifi cado con Decreto Supremo Nº 008- 2004-DE/SG de fecha 30 de junio de 2004. Artículo 5°.- La presente Resolución Suprema, no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 6°.- La presente Resolución Suprema, será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República YEHUDE SIMON MUNARO Presidente del Consejo de Ministros ANTERO FLORES ARÁOZ E. Ministro de Defensa 316177-3 Autorizan viaje de Oficial de la Marina de Guerra para realizar visita profesional a la Armada Nacional de Colombia RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 081-2009-DE/MGP Lima, 23 de febrero de 2009 Visto el Ofi cio P.200-138 del Director General del Personal de la Marina de fecha 29 de enero de 2009; CONSIDERANDO: Que, en el Acta de la XII Reunión del Acuerdo de Asistencia Mutua realizada en la ciudad de Cartagena de Indias - COLOMBIA, del 11 al 15 de agosto de 2008, se suscribió el Acuerdo A-8-XII-E, relativo a la visita de autoridades de la Marina de Guerra del Perú a la República de Colombia, para el año 2009; Que, en función al referido Acuerdo, mediante Ofi cio Nº 1845 /MD-CG-CARMA-SECAR-JONA-OFAIN de fecha 2 de octubre de 2008, el Comandante de la Armada Nacional de Colombia cursa la invitación al Comandante General de la Marina, para que el Director General del Personal de la Marina realice una visita Profesional a la República de Colombia, a partir del 9 al 12 de marzo de 2009; Que, en el orden de ideas antes expuesto, resulta conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Vicealmirante Carlos Roberto TEJADA Mera, para que en su calidad de Director General del Personal de la Marina, realice una visita Profesional a la Armada Nacional de Colombia, en la ciudad de Bogotá - COLOMBIA, a partir del 9 al 12 de marzo de 2009; por cuanto la participación del citado Ofi cial Almirante, fortalecerá los vínculos de amistad e incrementará la relación y medidas de confi anza mutua entre ambos países, en benefi cio de la Seguridad Nacional, dentro del ámbito de competencia de la Marina de Guerra del Perú; Que, el viaje antes citado se encuentra incluido en el Rubro 5: Medidas de Confi anza Mutua, Item 98 del Plan Anual de Viajes al Extranjero del Sector Defensa Año 2009, aprobado con Resolución Suprema Nº 028-2009-DE de fecha 19 de enero de 2009; De conformidad con la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, Ley Nº 29075 - Ley que establece la Naturaleza Jurídica, Función, Competencia y Estructura Orgánica Básica del Ministerio de Defensa, Ley N° 29289 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009, Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio de 2002 y Cuarta Disposición Final del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con Decreto Supremo Nº 002-2004- DE/SG de fecha 26 de enero 2004, modifi cado con Decreto Supremo Nº 008-2004-DE/SG de fecha 30 de junio de 2004; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Vicealmirante Carlos Roberto TEJADA Mera, CIP. 09708418, DNI. 43345036, para que en su calidad de Director General del Personal de la Marina, realice una visita Profesional a la Armada Nacional de Colombia, en la ciudad de Bogotá - COLOMBIA, a partir del 9 al 12 de marzo de 2009. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Marina de Guerra del Perú, efectuará los pagos que correspondan de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes: Lima - Bogotá (COLOMBIA) - Lima US$. 234.80 x 1 persona Viáticos: US$. 200.00 x 4 días x 1 persona Tarifa Única de Uso de Aeropuerto: US$. 30.25 x 1 persona Artículo 3º.- Facultar al Ministro de Defensa para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refi ere el Artículo 1º, sin exceder el total de días autorizados. Artículo 4°.- El citado Ofi cial Almirante deberá cumplir con lo dispuesto en el Artículo 6° del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM de fecha 5 de junio de 2002 y Cuarta Disposición Final del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004, modifi cado con Decreto Supremo Nº 008- 2004-DE/SG de fecha 30 de junio de 2004. Artículo 5°.- La presente Resolución Suprema, no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 6°.- La presente Resolución Suprema, será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República YEHUDE SIMON MUNARO Presidente del Consejo de Ministros ANTERO FLORES ARÁOZ E. Ministro de Defensa 316177-4 Amplían autorización de viaje de Oficiales de la FAP para su permanencia en Argentina, en misión de estudios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 082-2009-DE/FAP Lima, 23 de febrero de 2009 Vista la Papeleta de Trámite Nº 4692-SGFA de fecha 28 de octubre de 2008, del Secretario General de la Fuerza Aérea del Perú; CONSIDERANDO: Que, se autorizó el viaje al exterior en Misión de Estudios a la República de Argentina, del 17 de marzo al 31 de diciembre de 2008, con Resolución Suprema Nº 069-2008 DE/FAP de fecha 29 de febrero de 2008, al Comandante FAP ORCHARD FORNO Lizardo Fabián y con Resolución Suprema Nº 081-2008 DE/FAP de fecha 13 de marzo de 2008, al Comandante FAP ROJAS CHILET Gabriel Enrique, para que participen en el Curso de Especialización en Gestión Logística para la Defensa, a desarrollarse en el Instituto Universitario de la Armada de dicho país, del 17 de marzo de 2008 al 17 de marzo de 2010;